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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2007 (25/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de marzo de 2007 342183 anterior, la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los bonos denominados “Sexta Emisión de Bonos COFIDE”, se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra, contemplada en el artículo 37º, inciso a, del citado Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la exclusión de valores mobiliarios objeto de oferta pública del Registro Público del Mercado de Valores deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 52º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el Acuerdo del Directorio de CONASEV del 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los bonos denominados “Sexta Emisión de Bonos COFIDE” del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores señalados en el artículo anterior. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Corporación Financiera de Desarrollo S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Crédito del Perú, en su calidad de representante de obligacionistas; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. YVONKA HURTADO CRUZ Gerente de Mercados y Emisores 30459-1 Disponen registro del segundo prospecto marco correspondiente al “Primer Programa de Emisión de Bonos y Certificados de Depósito Negociables de Citibank Perú S.A.” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA Nº 028-2007-EF/94.45 Lima, 12 de marzo de 2007 VISTO: El expediente Nº 2004018804 presentado por Citibank del Perú S.A. y el Informe Interno Nº 142-2007-EF/94.45 del 12 de marzo de 2007 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 304 de la Ley General de Sociedades, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 089-2004-EF/94.11 de fecha 1 de septiembre de 2004 se aprobó el trámite anticipado, se inscribió el “Primer Programa de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” hasta por un monto total en circulación de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles, Euros o alguna otra moneda que determine el emisor, y se registró el prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores;Que, el 7 de marzo de 2007, Citibank del Perú S.A. completó su solicitud de renovación del trámite anticipado así como de registro del segundo prospecto marco correspondiente al “Primer Programa de Emisión de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.”, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante O fi cio Nº 11035-2006-SBS del 21 de junio de 2006, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opinó favorablemente respecto de la prorroga del plazo de vigencia por dos (2) años adicionales del “Primer Programa de Emisión de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.”, el cual considera la emisión de bonos corporativos hasta un monto máximo en circulación de US$ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) o su equivalente en diferente moneda; y, certi fi cados de depósito negociables hasta un monto máximo en circulación de US$ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) o su equivalente en diferente moneda; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Citibank del Perú S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, y sus normas complementarias, habiéndose veri fi cado asimismo que a la fecha el emisor cumple con la condición de entidad califi cada; Que, el artículo 2, numerales 2 y 3, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores así como a las aprobaciones de trámites anticipados relativos a la inscripción de valores mobiliarios, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV del 18 de diciembre del 2000, en la que se faculta al Gerente de Mercados y Emisores, a aprobar el trámite anticipado de inscripción de valores y/o a registrar los prospectos de bonos de arrendamiento fi nanciero, bonos subordinados y otros que se emitan por oferta pública y tengan opinión favorable de la Superintendencia de Banca y Seguros; así como a disponer la inscripción de tales valores y el registro de los prospectos que correspondan a su emisión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la renovación del trámite anticipado correspondiente a la oferta pública primaria de bonos y certi fi cados de depósito negociables de Citibank del Perú S.A. y disponer el registro del segundo prospecto marco correspondiente al “Primer Programa de Emisión de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” en el Registro Público del Mercado de Valores. Citibank del Perú S.A. deberá observar el límite del monto máximo de emisión por instrumento establecido por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones mediante O fi cio Nº 11035-2006-SBS del 21 de junio de 2006. Artículo 2º.- En tanto Citibank del Perú S.A. mantenga su condición de entidad cali fi cada y se trate de valores típicos, la inscripción de los valores y el registro de los complementos del prospecto marco a utilizar en el marco del programa, se entenderán efectuados a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de los valores y el registro de los prospectos correspondientes, se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 14, literal b, inciso 2), del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 3º.- La oferta pública de los valores a los que se refiere el artículo 2 de la presente resolución debe efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.