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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de marzo de 2007 342438 Que, el Artículo 26º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que la Administración Municipal puede adoptar una Estructura Gerencial, sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; rigiéndose por los Principios de Legalidad, Economía, Transparencia, Simplicidad, E fi cacia, E fi ciencia, Participación y Seguridad Ciudadana, así como por los principios contenidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. Que, el párrafo Primero del Artículo 40º de la precitada Ley, prescribe que “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna…”. Que, con Acuerdo de Concejo Nº 204-2004-MPH/CM se creó la O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED), con Acuerdo de Concejo Nº 060-2005-MPH/CM se aprobó la modi fi cación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Huaral, creándose la Gerencia de Participación Vecinal, con Acuerdo de Concejo Nº 147-2005-MPH/CM se creó la Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, y con Acuerdo de Concejo Nº 168-2005-MPH/ CM se creó la O fi cina de Programación e Inversiones; por lo que es pertinente adecuarlos en la nueva Estructura Orgánica y en el Reglamento de Organización y Funciones. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM de fecha 26 de julio del 2006, se establecen los lineamientos para la elaboración y aprobación del ROF en las diferentes Entidades de la Administración Pública; por lo que se modi fi cará la denominación establecida en el ROF vigente aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2004/MPH, donde se empleaban los términos Unidades y Divisiones, por los términos de Gerencias y Subgerencias, respectivamente; conforme a la propuesta presentada por la Subgerencia de Personal a través del Informe Nº 280-2007-MPH/GA/SGP. Que, la aprobación del ROF propuesto, tiene como fi nalidad fundamental que la entidad cuente con una Estructura Orgánica adecuada, con una de fi nición especí fi ca de sus Funciones y de las Unidades Orgánicas que la conforman; con el objeto de optimizar el uso de los recursos Públicos e identi fi car sus responsabilidades; cumpliendo con los criterios para su elaboración, dispuestos en el Artículo Nº 10 del Decreto Supremo precitado. Que, asimismo, dicho marco normativo estipula en su Artículo 30º que para la Modi fi cación del ROF se debe contar con un Informe Técnico Sustentatorio; el cual ha sido emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización e Informática, a través del Informe Nº 056-2007-MPH/OPPRI, indicando que la eliminación de algunas Subgerencias obedece a que éstas no cumplen con los criterios indicados para su existencia, constituyendo cargas presupuestales y fi nancieras innecesarias para esta Corporación Municipal, que van contra los criterios de Simplicidad y Flexibilidad que deben enmarcar el diseño de la Estructura Organizacional. Que, con Informe Legal Nº 099-2007-MPH/GAJ/ORCC, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se eleve el Proyecto y los Informes sustentatorios con la fi nalidad que sea aprobado en Sesión de Concejo, de conformidad a lo dispuesto por el Numeral 8, del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; previo Dictamen de la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento. Que, a través Informe Nº 019-2007-MPH/GM, la Gerencia Municipal indica que la Municipalidad cuenta a la fecha con una Estructura Orgánica y Funcional y un Reglamento de Organización y Funciones “ROF” desfasado, toda vez que fi nalmente éste último Instrumento de Gestión no ha concluido a nivel de una adecuación a las sucesivas modi fi caciones que se han desarrollado mediante Acuerdo de Concejo en la que se han ido incorporando nuevas o fi cinas y/o Gerencias. Que, con Dictamen Nº 003-2007-CAEP-CM, la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento recomienda al Pleno del Concejo Municipal, la aprobación de la Estructura Orgánica y funcional, así como el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) formulado por la Subgerencia de Personal. En uso de las facultades conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el Voto Mayoritario del Concejo Municipal se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Y SU REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo Primero.- APROBAR la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Huaral, que consta de VI Títulos, V Capítulos y 146 Artículos; según anexo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 009-2004/MPH de fecha 14 de abril del 2004. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME URIBE OCHOA Alcalde 42067-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUCMA Disponen la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche por desabastecimiento inminente ACUERDO MUNICIPAL N° 001-2007-MDL/A El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lucma, provincia de Mariscal Luzuriaga, departamento de Ancash. Visto; El Acta de Sesión Ordinaria de fecha quince de marzo del 2007. CONSIDERANDO:Que las municipalidades son competentes para acordar adquisiciones de bienes y servicios. Que, de acuerdo a la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y, Nueva Ley y Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado DD.SS. Nºs. 083-PCM, 084-2004-PCM y 184-2006-EF y las demás normas y con el voto mayoritario del Concejo Municipal del 15 de marzo del 2007. APROBÓ LO SIGUIENTE:Artículo Primero.- Hacer la compra de los insumos para el Programa Vaso de Leche por desabastecimiento eminente se debe comprar por emergencia. Artículo Segundo.- Dicha compra serán los mismos productos del año 2006 hasta llevar la licitación correspondiente al año 2007. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Municipalidad Distrital de Lucma, a los 16 días del mes de marzo del 2007. SENÓN A. GARCÍA ANTONIO Alcalde 42161-1