TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de marzo de 2007 342429 a tomar según la naturaleza de la ofensa. Si ésta hubiera sido en agravio del Consejero Delegado, se aplicará la suspensión temporal que el Consejo Regional determine.” “Artículo 78º- Si algún orador se apartara de la cuestión en debate, el Consejero Delegado le llamará al orden exhortándolo a concretarse al asunto en debate. Si el caso lo requiere, hará que se relea la proposición, si ésta fuera insu fi ciente, fi jará mediante intervención suya, breve y concisa, el o los puntos en debate. En el caso de que el orador persistiera en su actitud, el Consejero Delegado levantará la sesión o la suspenderá, según lo juzgue más conveniente.” “Artículo 79º.- A las Sesiones Públicas concurrirá el público hasta donde lo permita la capacidad del local, impidiéndose la entrada a las personas en estado inecuánime. Su asistencia solo será en calidad de observadores, sin derecho a voz y su intervención solo procederá previa autorización del Consejero Delegado por acuerdo del Consejo Regional.” “Artículo 81º.- Agotado el debate, el Consejero Delegado manifestará: “Sí ningún miembro del Consejo hace uso de la palabra se dará el punto por discutido” y luego, después de una pausa: “Discutido, se va a votar”. (…) “Artículo 83º.-Las votaciones se harán en las siguientes formas: - Ordinaria, levantando la mano o poniéndose de pie, a invitación del Consejero Delegado cuando sea dudoso el resultado;” (…) “Artículo 84º.- Las votaciones de los asuntos que afecten, de algún modo, la soberanía nacional, o que autoricen empréstitos, se harán en forma nominal dejándose constancia en el Acta. A parte de esto, cualquier miembro del Consejo Regional puede pedir que un asunto se vote en forma nominal, y el Consejero Delegado así lo dispondrá.” “Artículo 85º- La invitación para que los miembros del Consejo Regional expresen su voto en votación ordinaria, la hará el Consejero Delegado con las palabras: “Los Señores miembros del Consejo Regional que aprueben el artículo .........., se servirán manifestarlo”. Y luego: “Los que estén en contra”. Según el resultado, dirá: “Aprobado” o “Ha sido rechazado”. Concluirá el Consejero Delegado manifestando si el Proyecto o el asunto votado ha sido aprobado o rechazado” “Artículo 86º- En la votación nominal, después de darse el punto por discutido, y luego de leído, dirá el Consejero Delegado: “Los señores miembros del Consejo Regional que estén a favor (o que aprueben)... se servirán expresarlo con la palabra SI; y los que estén en contra con la palabra NO”. El Secretario llamará por lista a los miembros del Consejo Regional y éstos contestarán en la forma indicada, anotando el Secretario los nombres de los miembros según su pronunciamiento a fi rmativo o negativo. Concluida la votación, el Secretario, en voz baja, informará al Consejero Delegado sobre el resultado de la misma. El Consejero Delegado ordenará al Secretario la lectura de la relación de miembros del Consejo Regional que votaron por el Si y de quienes votaron por el No.Para recti fi car cualquier equivocación el Secretario volverá a contar las dos Votaciones. El Consejero Delegado informará de viva voz, sobre los resultados de la votación” “Artículo 88º- El Presidente y el Vicepresidente Regional tienen voz más no voto en el Consejo Regional.” “Artículo 95º.- El Acta de Sesión una vez que haya sido aprobada, será suscrita por el Consejero Delegado, y por los miembros del Consejo Regional asistentes a la Sesión, y por el Secretario del Consejo Regional.” “Artículo 116.- Los señores Consejeros Regionales, usarán como distintivo de su investidura, la Medalla de Consejero Regional, en las ceremonias o fi ciales; y permanentemente una miniatura de la misma en el ojal de la solapa los varones y en la parte superior izquierda del vestido de las damas. Estos distintivos, solo podrán ser ostentados durante el periodo para el que fueron elegidos.” Artículo 117.- La Medalla de Consejero Regional está diseñada sobre la base de una fi gura ovalada y oblonga de 53 milímetros de altura, 40 milímetros en su punto más ancho y 30 milímetros en el más angosto, conforman su diseño fi guras labradas en alto relieve en sus bordes que rodean a un fi lete esmaltado color rojo que lleva la inscripción Gobierno Regional de Piura y al centro una fi gura representativa a la libertad en alto relieve. En la parte superior va unido a un Escudo Nacional. “Artículo 118.- La miniatura a que se re fi ere el artículo 116° tiene 18 mm. de altura. Su diseño es fi el re fl ejo de la medalla de Consejero Regional, se debe consignar en ella el periodo para el que fuera elegido el representante regional.” “Artículo 119.- El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, cuenta con un Auditórium, en el que exclusivamente se realizan, las Sesiones del Consejo Regional, ordinarias y/o extraordinarias, las reuniones de las Comisiones Ordinarias, Especiales e Investigadoras, y las reuniones que autorice el Consejero Delegado del Consejo Regional.” “DISPOSICIÓN TRANSITORIA Lo que no esté contemplado en el presente Reglamento, se regirá por lo dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus Modi fi catorias Ley Nº 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y la Constitución Política del Perú.” Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. En Piura, a los trece días del mes de marzo del año dos mil siete. PORFIRIO ILDEFONSO AYALA MORAN Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional de Piura, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil siete. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional de Piura 42815-1