TEXTO PAGINA: 42
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de marzo de 2007 342432 través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, es necesario delegar en el Gerente Municipal la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático precisadas en el inciso 40.2) del artículo 40º de la Ley Nº 28411, las mismas que deberán efectuarse mediante Resolución de Gerencia y dándose cuenta al Despacho de Alcaldía; Estando a lo opinado por la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 045-2007-MPL/OAJ y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- Delegar en el señor Jean Lucien Amour Hernández – Gerente Municipal la facultad de aprobación de las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático precisadas en el inciso 40.2) del artículo 40º de la Ley Nº 28411, conforme a los considerandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 42543-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 0036-2007-MDSJM y fijan montos de remuneración del Alcalde y de dietas de Regidores ACUERDO DE CONCEJO Nº 000038-2007-MDSJM San Juan de Mira fl ores, 27 de marzo del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto, el proyecto de Acuerdo de Concejo presentada en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de marzo del 2007; CONSIDERANDO:Que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en su Artículo 41º señala que los Acuerdos de Concejo son decisiones referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0036-2007- MDSJM se fi jó el monto que percibiría como sueldo el Alcalde y la dieta de los regidores el cual hay que adecuar de acuerdo con los parámetros señalados en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM en donde se dictan medidas sobre los ingresos a percibir por todo concepto para los Alcaldes; Que, mediante Informe Nº 0196-2007-MDSJM-GAJ de la O fi cina de Asesoría Legal señala que el distrito, conforme la página Web del organismo RENIEC, tiene un total de 251,792 electores, por lo que le corresponde al Alcalde un ingreso máximo mensual de S/. 8,450.00, sin embargo, por estar ubicado el distrito dentro de la Provincia de Lima, el Alcalde puede tener una asignación adicional del 30% de ingreso máximo mensual por todo concepto, la misma que no excederá del 50% de una UISP o sea S/. 1,300.00, por tanto puede percibir una remuneración máxima de S/. 9,750.00 (Nueve Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) mensuales, en cuanto a la dieta de los señores regidores ésta no excederá del 30% mensual del ingreso señalado para el Alcalde; Que, mediante Memorándum Nº 123-2007-OPP- MDSJM de la Gerencia de Plani fi cación señala que a la fecha existe disponibilidad presupuestal para atender la fi jación de la remuneración del Alcalde y la dieta de los regidores en los montos señalados en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Informe Nº 196-2007-MDSJM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 123-2007-OPP-MDSJM de la Gerencia de Plani fi cación y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º numeral 28) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con la aprobación MAYORITARIA de los regidores del Concejo, con la dispensa de lectura y aprobación del acta; ACUERDA:Artículo 1º.- DEJESE sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 0036-2007-MDSJM de fecha 16 de marzo del 2007 en donde se fi jó el monto que percibiría como sueldo el Alcalde y la dieta de los señores regidores para el periodo 2007 – 2010. Artículo 2º.- FIJAR la remuneración mensual del señor Alcalde para el periodo 2007 – 2010 conforme lo señalado en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM en S/. 9,750.00 (Nueve Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 Nuevos soles). Artículo 3º.- FIJAR la dieta de los señores regidores para el período 2007 – 2010 en S/. 1,462.50 (Un Mil Cuatrocientos Sesentidos y 50/100 Nuevos Soles) por cada asistencia efectiva a Sesión de Concejo, de conformidad al Reglamento Interno del Concejo. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Administración el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo 5º.- El presente Acuerdo de Concejo será publicado en el Diario O fi cial el Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 42469-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Encargan la Oficina de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad al Gerente de Asesoría Jurídica RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 061-2007/MDV-ALC Ventanilla, 9 de enero de 2007 VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 050-2007/MDV- ALC, de fecha 4 de enero del 2007 e Informe Nº 39-2006-CEPAD/MDV e Informe Final Nº 38-2006-CEPD/MDV; y CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto, se resuelve declarar infundada la nulidad presentada por Don Eduin Wilmer Solórzano Maguiña, asimismo se resuelve cesar temporalmente en el ejercicios de sus funciones sin goce de sus remuneraciones a mencionado, en su condiciòn de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Ventanilla.