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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2007 (08/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de mayo de 2007 344835 y Ecología Urbana en Lima y Callao y el Programa de Reconstrucción de Viviendas, se entenderán hechas al Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. Tercera.- ExtinciónEl proceso de fusión, materia del presente Decreto Supremo, concluirá en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario, culminado el cual, el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios denominado Mi Barrio, el Proyecto de Mejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales -”Mejorando Mi Pueblo”-, el Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio”, el Programa de Protección Ambiental y Ecología Urbana en Lima y Callao y el Programa de Reconstrucción de Viviendas, quedarán extinguidos. Cuarta.- Derogatoria.- En concordancia con lo establecido en la Tercera Disposición Final Complementaria del presente Decreto Supremo, a la conclusión del proceso de fusión quedarán derogados el inciso b) del artículo 12.2° de la Resolución Ministerial Nº 175-2003-VIVIENDA, el Decreto Supremo N° V004-2004-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 022-2005-VIVIENDA, la Resolución Ministerial Nº 304-2005-VIVIENDA y las disposiciones que se oponga a lo dispuesto por el presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de mayo del año dos mil siete ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros yEncargado del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 57489-2 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Distrito de Palcamayo la apertura de Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 404-2007-JEF/RENIEC Lima, 2 de mayo de 2007 VISTO: el Informe N° 563-2007-SGREC/GOR/ RENIEC y el Informe N° 463-2007-GAJ/RENIEC, sobre Ampliación de Autorización de Proceso de Reinscripción a la O fi cina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Palcamayo, provincia de Tarma, departamento de Junín. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley N° 26497, los Registros de las O fi cinas de Registro de Estado Civil a que se re fi ere la Ley N° 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la O fi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Palcamayo, fue autorizada a reinscribir en la sección Nacimiento; Matrimonio y Defunción, por Resolución Jefatural Nº 160-99-JEF/RENIEC; Que, la solicitud de ampliación de reinscripción contenida en el informe de visto, ha sido evaluada positivamente por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones Registrales, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil la aprobación pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica del RENIEC, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado por Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la solicitud de la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Palcamayo, provincia de Tarma, departamento de Junín, para la Ampliación de Autorización de Reinscripción en la Sección de Nacimiento desde el 13 de setiembre de 1934 al 9 de noviembre de 1973 y del 3 de enero de 1983 al 25 de mayo de 1989; y en la Sección de Matrimonio desde el 31 de marzo de 1951 al 31 de diciembre de 1980. Artículo 2°.- Autorizar a la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Palcamayo, provincia de Tarma, departamento de Junín, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento y Matrimonio, con la fi nalidad de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3°.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato O fi cial con la consignación expresa por selladura “Reinscripción Ley N° 26242 – 26497”, el RENIEC, deberá proveer los libros o fi ciales requeridos expresamente por la O fi cina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 56837-4 MINISTERIO PUBLICO Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de internet y transmisión de datos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 504-2007-MP-FN Lima, 4 de mayo de 2007VISTO:El O fi cio Nº 291 -2007-MP-FN-GG, por el cual la Gerencia General solicita la declaratoria de Situación de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Internet y Transmisión de Datos del Ministerio Público; y, CONSIDERANDO:Que, como resultado del proceso de selección correspondiente al Concurso Público Nº 0007-2005-MP-FN-GG, con fecha 24 de enero de 2006, se celebró el Contrato Nº 002-2006-MP-FN-GECLOG con la empresa Telefónica Empresas Perú S.A.A., por un monto de S/.205,730.86 (Doscientos Cinco Mil Setecientos Treinta y 86/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley, con el fi n de proveer el Servicio de Internet y Transmisión