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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de mayo de 2007 344839 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión de 4 de mayo de 2007, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, se establecen disposiciones que aseguren la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del presupuesto; Que, el artículo 50° del Reglamento de la Ley Marco de Presupuesto Participativo aprobado mediante D.S. Nº 171-2003-EF, establece que el Gobierno Regional mediante Ordenanza dispondrá las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identi fi cación y acreditación de Agentes Participantes, particularmente de aquellos de la Sociedad Civil, estableciendo para tales efectos mecanismos de registro complementarios a los ya existentes; Que, mediante Resolución Directoral Nº 08-2007- EF/76.01 de 11 de abril de 2007 se aprobó el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008; Que, mediante Informe N° 120-2007-REGIÓN CALLAO/GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial recomienda aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 764-2007-GRC/GAJ-JVAB, considera que es legal y procedente aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008; Que, la Comisión Regional de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, a través del Dictamen N° 022-2007-GRC-CAPPAT propone al pleno del Consejo Regional la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008, teniendo en cuenta el sustento técnico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y el Informe Legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867; El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao ha aprobado la ordenanza regional siguiente: Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008, que en anexo adjunto constituye parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la adopción de las acciones pertinentes a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo 3°.- DISPONER que la Gerencia de Administración proceda a la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en el Diario de mayor circulación de la Región. Artículo 4°.- DEJAR sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 57073-1GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Convocan al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional La Libertad para el año fiscal 2008 ORDENANZA REGIONAL Nº 005 -2007-CR/RLL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 28 de marzo del 2007, la propuesta formulada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, relativa al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional La Libertad para el año fi scal 2008; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º, 198º y 199° de la Constitución Política del Estado establecen que los Gobiernos Regionales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de su ejecución, anualmente; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización en su Capítulo IV de Participación Ciudadana, Artículo 17° numeral 17.1° y 17.2° establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública; Que, en el Capítulo V Planes de Desarrollo y Presupuestos, Artículos 18º, 19º y 20º, numerales 20.1 y 20.2 de la Ley mencionada, establece que los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, se formulan y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados. El Ministerio de Economía y Finanzas dicta en forma anual las directivas que regulan la programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación y control de los presupuestos; Que, en la Ley Nº 26300 - Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano, en el Art. 2° Derechos de Participación de los Ciudadanos, se establecen los mecanismos de participación ciudadana en el ámbito de los Gobiernos Regionales y Locales y en el Art. 3° de Derechos de Control Ciudadanos; Que la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, el D.S. Nº 171-2003-EF, indica que el proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil y, que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identi fi cación y acreditación de los agentes Participantes en el Proceso, particularmente de aquellos de la Sociedad Civil; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 007-2003- CR/RLL del Gobierno Regional de La Libertad se aprobó el Plan de Desarrollo Regional Concertado, como instrumento normativo en proceso de actualización permanente, y guía de orientación para los procesos anuales de presupuesto participativo; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modi fi catoria Ley Nº 27902;