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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de mayo de 2007 344841 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General notifi car el presente Acuerdo a las Gerencias, Subgerencias, Unidades para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, y cúmplase.JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 57104-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de recolección de residuos sólidos domiciliarios, comerciales y los resultantes de las actividades de limpieza pública y su disposición final en relleno sanitario ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2007-AC-MDMM Magdalena del Mar, 3 de mayo de 2007POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Magdalena del Mar en Sesión Ordinaria Nº 10. VISTOS: El Informe Nº 199-2007-DL-MDMM del Departamento de Logística, el Informe Nº 341-07-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 105-2007-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 001-2007-CE-MDMM del Comité Especial designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 033-2007-A-MDMM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 014-2007-AC- MDMM de fecha 16 de enero de 2007, publicado con fecha 25 de enero de 2007, en el Diario O fi cial “El Peruano, este Concejo Municipal declaró en situación de Desabastecimiento Inminente por los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2007, el servicio de “Recolección de Residuos Sólidos, Domiciliarios, Comerciales y los resultantes de las actividades de Limpieza (Barrido) y su disposición fi nal en relleno sanitario”; Que, con fecha 19 de abril de 2007, el Departamento de Logística mediante el Informe Nº 199-2007-DL-MDMM, da cuenta que el Concurso Público Nº 001-2007-CE-MDMM “Recolección de Residuos Sólidos, Domiciliarios, Comerciales y los resultantes de las actividades de Limpieza Pública (Barrido) y su Disposición Final en relleno sanitario”, ha sido declarado desierto conforme consta en Acta Notarial de fecha 18 de abril de 2007, emitida por el Dr. Luis Dannon Brender (Notario), debido a que ninguno los adquirientes de las Bases del proceso se presentó a la etapa de presentación de propuestas y apertura de sobres; Que, conforme se señala en el Informe Nº 199-2007- DL-MDMM, la prestación del servicio de “Recolección de Residuos Sólidos, Domiciliarios, Comerciales y los resultantes de las actividades de Limpieza (Barrido) y su disposición fi nal en relleno sanitario”, por parte de la Empresa Industrias Argüelles y Servicios Generales E.I.R.L. (empresa que fue contratada por el período del desabastecimiento inminente), culminará el 30 de abril de 2007, y debido a que - como se señala en el considerando anterior - el Concurso Público Nº 0001-2007-CE-MDMM, ha sido declarado desierto, es necesario la realización de un nuevo proceso de selección en la modalidad de Concurso Público, debiéndose declarar en situación de Desabastecimiento Inminente el citado servicio en tanto dure dicho proceso de selección, el cual de acuerdo a la proyección realizada por el Departamento de Logística deberá ser de cuatro meses (mayo, junio, julio y agosto); Que, la Gerencia de Presupuesto y Plani fi cación, mediante Memorándum Nº 105-2007-GPP/MDMM de fecha 19 de abril de 2007, indica que el importe solicitado de S/. 384,375.00 Nuevos Soles para el servicio de recolección de residuos sólidos, domiciliarios, comerciales y los resultantes de las actividades de limpieza (barrido) y su disposición fi nal en relleno sanitario, se afectará en la especí fi ca de gasto 5.3.11.34, con cargo a la fuente de fi nanciamiento: 2 Recursos Directamente Recaudados, Rubro 09, Recursos Directamente Recaudados, que fue previsto en el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2007 aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 104-2006-MDMM; Que, mediante Informe Nº 341-07-GAJ-MDMM de fecha 23 de abril de 2007, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que los hechos indicados en los considerandos anteriores, efectivamente con fi guran una situación de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el cual establece que: “Se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial”. Al respecto, el numeral 3.1 del inciso 3 del Art. 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función exclusiva de las municipalidades distritales proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, relleno sanitario y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, conforme se desprende de los artículos 19º y 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, las exoneraciones de procesos de selección son aprobadas por Acuerdo de Concejo Municipal. Asimismo, dicho acuerdo, cuando es adoptado, deberá ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano y una copia del mismo y de los informes que lo sustentan debe remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Estando a los informes técnicos y legal elaborados por la Administración y de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modi fi catorias y demás normas aplicables, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD con el voto de los señores Regidores Rosa Elvira Quartara Carrión De Ruas, Javier Olazábal Raya, Napoleón Horna Mori, Ena Karina Ocaña Aranibar, Carlos Daniel Salcedo Mallqui, Max Ronald Franco Guardia, Gloria Alejandrina Reyes Mendoza, Donato Segovia Ramírez y Martín Fernando Celi Saavedra, el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección correspondiente, por la causal de DESABASTECIMIENTO INMINENTE, para la contratación del servicio de “Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, Comerciales y los Resultantes de las Actividades de Limpieza Pública (Barrido) y su Disposición Final en Relleno Sanitario”, de acuerdo a ley. Artículo Segundo.- Disponer que la contratación a que se re fi ere el artículo precedente la realice la Gerencia Municipal por un período de 4 meses (de mayo a agosto de 2007), según lo señalado en el Informe Nº 199-2007-DL-MDMM del Departamento de Logística y en atención al Informe Nº 341-07-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la normatividad de la materia. Artículo Tercero.- Disponer que la contratación a que se refi ere el presente Acuerdo se realice por un importe máximo de 384,375.00 Nuevos Soles, según lo señalado en el Informe Nº 199-2007-DL-MDMM del Departamento de Logística. Artículo Cuarto.- Precisar que el pago de la contratación indicada, se efectuará con cargo a la especí fi ca 5.3.11.34