Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2007 (18/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2007

a dietas fijadas por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. Que, el mismo articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades senala que el monto mensual de la remuneracion del MORDAZA es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, MORDAZA que se aplica en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 28212, que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-2007-CDB del 16 de enero de 2007, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades aprobo el monto del ingreso mensual del MORDAZA y las dietas de los senores regidores para el periodo 20072010. Que, sin embargo, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo de 2007, se establecen medidas sobre los ingresos que por todo concepto corresponden a los Alcaldes de las diferentes municipalidades del Peru, en el MORDAZA de la Ley Nº 28212, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006. Que, aun cuando los integrantes del Concejo Distrital de Bellavista concuerdan con los objetivos de austeridad y control del gasto publico que subyacen bajo el D.S. Nº 025-2007-PCM, es necesario advertir que dicha MORDAZA adolece de graves deficiencias de fondo y de forma que podrian hacerla inaplicable y susceptible de ser desconocida, toda vez que en muchos casos como el presente, se conmina a los Concejos Municipales a violar su propia Ley Organica a traves de un dispositivo de menor jerarquia normativa como es un Decreto Supremo; asimismo, su contenido ha generado polemica respecto a su presunta inconstitucionalidad y/o ilegalidad, circunstancia que no corresponde dilucidar al Concejo Distrital segun lo senalado por la Oficina de Asesoria Juridica en el Informe Nº 076-2007-MDB/OAJ y que resulta conveniente encauzar debidamente a traves de las instancias competentes. Que, en este contexto y orden de ideas, los integrantes del Concejo Distrital de Bellavista consideran conveniente disponer por iniciativa propia el reajuste de la remuneracion del MORDAZA y la dieta de los senores regidores, adecuandolas a la escala planteada por el Poder Ejecutivo, sin que ello implique el reconocimiento de la legalidad o constitucionalidad del Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM. Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo 1º.- Establecer en S/. 6,500.00 (seis mil quinientos y 00/100 nuevos soles) el ingreso mensual que el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Bellavista, percibira durante el periodo 2007-2010. Articulo 2º.- Establecer en S/. 975.00 (novecientos setenta y cinco y 00/100 nuevos soles), el monto que por concepto de dieta percibiran los senores Regidores del Concejo Distrital de Bellavista por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, durante el periodo 2007, con un tope MORDAZA de dos (2) sesiones rentadas al mes, a partir de la proxima Sesion de Concejo. Articulo 3º-. Encarguese a la Gerencia Municipal y Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 61742-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Nº 077-2007-MUDIBE/DPSC-DDC de la Division de Defensa Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 19338 se crea el Sistema Nacional de Defensa Civil como parte integrante de la Defensa Nacional, con la finalidad de proteger a la poblacion previniendo danos, proporcionando ayuda oportuna y adecuada y asegurando su rehabilitacion en caso de desastres o calamidades de toda indole, cualquiera que sea su origen. Que, el articulo 7º del Reglamento del Sistema de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, senala que los Comites de Defensa Civil son integradores de la funcion ejecutiva del Sistema Nacional de Defensa Civil; estableciendo ambos dispositivos y sus normas reglamentarias y complementarias la obligacion de los Gobiernos Locales de conformar Comites de Defensa Civil en el ambito de su jurisdiccion, los cuales se constituyen como las celulas basicas operativas del Sistema, generandose desde ellas todo el accionar de la Defensa Civil a nivel nacional. Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Division de Defensa Civil, Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades y la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil le confieren; DECRETA: Articulo 1º.- Constituyase el COMITE DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL DE BELLAVISTA ­ CALLAO, el cual estara conformado por: - El MORDAZA del distrito de Bellavista, quien lo presidira. - El MORDAZA MORDAZA del Concejo Distrital de Bellavista. - El Gobernador del distrito de Bellavista - El Comisario de Bellavista - El Comisario de La MORDAZA - Un representante del Gobierno Regional del Callao - Un representante del Obispado del Callao. - Un representante de la Fiscalia de Prevencion del Delito - Un representante de la V Comandancia Departamental del Callao del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios. - Un representante del Hospital de ESSALUD "Alberto Sabogal Sologuren" - Un representante de la Universidad Nacional del Callao - Un representante de la Direccion Regional de Salud I ­ MORDAZA CALLAO. - Un representante del Centro de Salud Bellavista ­ Peru Corea. - Un representante del Hospital MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Un representante de las Clinicas Privadas del Distrito. - Un representante del Rotary Club de Bellavista - Un representante de la Direccion Regional de Educacion del Callao - Un representante de la Asociacion de Tiro MORDAZA Grau Nº 1 de Bellavista. - Un representante de SEDAPAL - Un representante de EDELNOR - Un representante de Telefonica del Peru S.A. - Un representante de la Universidad Privada "San MORDAZA Bautista" - Un representante de las Juntas Vecinales reconocidas por la Municipalidad Distrital de Bellavista. - Un representante del Colegio Medico del Callao - Un representante del Colegio de Ingenieros del Callao - Un representante del Colegio de Arquitectos del Peru

Crean el Comite Distrital de Defensa Civil de Bellavista - Callao
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2007-MDB-AL Bellavista, 18 de MORDAZA de 2007

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