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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2007 (18/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de mayo de 2007 345621 - Un representante del Colegio de Psicólogos del Perú - Un representante del Colegio de Periodistas del Perú - Un representante del Colegio de Abogados del Callao - Un representante del Diario El Callao- Un representanta de Radio Callao- Un representante de la Cruz Roja Peruana.- Un representante del Club de Leones- Un representante del Hospital de Salud y Centro Médico Naval - Un representante del Ministerio del Interior.- Un representante de OSINERG- Un representante de PRAXAIR PERU S.A.- Un representante de OWENS ILLINOIS S.A.- El Jefe de la División de Defensa Civil, quien actuará como Secretario Técnico. Artículo 2º.- El Comité Distrital de Defensa Civil ejercerá las funciones previstas en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, Reglamento del Sistema de Defensa Civil. La Secretaría Técnica mantendrá actualizado el registro de integrantes y representantes de las instituciones que conforman el Comité Distrital. Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente disposición municipal a la Gerencia Municipal y a la División de Defensa Civil. Regístrese y comuníquese.JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 61741-1 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Encargan la oficina de Ejecutoría Coactiva al Gerente de Asesoría Jurídica RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 210 -2007/MDV-CMD Ventanilla, 9 de mayo de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 050-2007/ MDV-ALC de fecha 4 de enero del 2007, se resuelve declarar infundada la nulidad presentada por don Edwin Solórzano Maguiña, asimismo se resuelve cesar temporalmente en el ejercicio de sus funciones sin goce de remuneraciones al mencionado, en su condición de Ejecutor Coactivo de esta corporación edil. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 061- 2007/MDV-ALC de fecha 9 de enero del 2007, se resolvió encargar la o fi cina de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, al señor Luis Ventura López, en su calidad de Gerente de Asesoría Jurídica, mientras dure la ausencia del titular. Que, mediante Resolución Nº 203 -2007-MDV-ALC de fecha 7 de mayo del 2007, se designó en el cargo de Gerente de Asesoría Jurídica al Dr. José Luis Hinojosa Sopla. Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar y el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que son actos administrativos las declaraciones de las entidades en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 061-2007/MDV-ALC de fecha 9 de enero del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR la o fi cina de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, al Dr. José Luis Hinojosa Sopla, actual Gerente de Asesoría Jurídica, mientras dure la ausencia del titular. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y presupuesto, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Personal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese y comuníquese.OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 60975-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATI Declaran en situación de desabastecimiento inminente el Programa del Vaso de Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 122-2007-A-MDE/LC Echarati, 20 de abril del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATI VISTOS:Los Informes Técnicos Nº 101-2007-GA-MDE/LC, de fecha 17 de abril del 2007, emitido por la Gerencia de Administración, sobre Informe Técnico Legal y Emisión de Resolución por desabastecimiento inminente, el Informe Nº 0037-PVL-MDE/LC-07, de fecha 17 de abril del 2007, emitida por la Coordinadora del Programa de Vaso de Leche, profesora Norma Castro Dorado, así como el Informe Nº 038-2007-MDE/LC/UL, de fecha 27 de marzo del 2007, emitida por el Jefe de la Unidad de Logística, sobre Adquisición Programa Vaso de Leche, y el Informe Legal Nº 020-2007-MDE/LC/ALE, de fecha 20 de abril del 2007, emitido por la Oficina de Asesoría Legal Abogado Henry J. Delgado Urrutia, sobre Adquisiciones de Productos de Vaso de Leche; Y CONSIDERANDO:Que, conforme se desprende de lo previsto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, establece que las municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a Ley, son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, esto en concordancia con el Artículo I del Título Preliminar, referidos a los Gobiernos Locales, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, prevé que los gobiernos locales, son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los