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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2007 345643 en las Minas” , fue adoptado el 22 de junio de 1995, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; y aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 29012 de 27 de abril de 2007; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas” , adoptado el 22 de junio de 1995, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; y aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 29012 de 27 de abril de 2007. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 62659-3 Aprueban inafectación del IGV e ISC a favor de donaciones efectuadas a favor de instituciones privadas sin fines de lucro RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0459/RE Lima, 25 de abril de 2007Visto, el Expediente Nº 12116 - 2006, presentado por la asociación MISIÓN CRISTIANA CAMINO DE VIDA, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por Free Wheelchair Mission, con sede en Costa Mesa, California - Estados Unidos de América. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modi fi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación MISIÓN CRISTIANA CAMINO DE VIDA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema N° 508-93-PCM; Que, mediante Certi fi cado de Donación del 20 de noviembre 2004, legalizado por el Consulado del Perú en Los Angeles, California se observa que, Free Wheelchair Mission, ha efectuado una donación a favor de la asociación MISIÓN CRISTIANA CAMINO DE VIDA; Que, los bienes donados consiste en 1,224 bultos conteniendo 1,100 jgs. equipo de sillas de ruedas, 400 pzs. arnés ajustable, 120 pzs. cojín de esponja 3”, 100 jgs. equipo de herramientas, 100 pzs. Tubo Interior FWM, 1,100 pzs. Juego de parches, 40 pzs. in fl ador de pedestal 18”, 100 pzs. llave extra de 19 mm., 1,100 pzs. in fl ador manual; con un valor FOB de $ 33,950.00 (Treinta y Tres Mil Novecientos Cincuenta y 00/100 Dólares Americanos); con un peso bruto manifestado de 12,000 kgs. y un peso recibido de 21,690 Kgs.; enviados en dos (2) contenedores N°s. MSCU9867853/2147888 y MSCU9868947/2147829; amparados en la DUA N° 118-2004-10-161532-01-0. Los bienes donados serán destinados a personas discapacitadas de escasos recursos económicos; preferentemente en Chimbote, Arequipa, Trujillo, Lima, Huaraz y Madre de Dios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004- EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se re fi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Free Wheelchair Mission a favor de la asociación MISIÓN CRISTIANA CAMINO DE VIDA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Free Wheelchair Mission a favor de la asociación MISIÓN CRISTIANA CAMINO DE VIDA, consiste en 1,224 bultos conteniendo 1,100 jgs. equipo de sillas de ruedas, 400 pzs. arnés ajustable, 120 pzs. cojín de esponja 3”, 100 jgs. equipo de herramientas, 100 pzs. Tubo Interior FWM, 1,100 pzs. Juego de parches, 40 pzs. in fl ador de pedestal 18”, 100 pzs. llave extra de 19mm, 1,100 pzs. in fl ador manual; con un valor FOB de $ 33,950.00 (Treinta y Tres mil Novecientos Cincuenta y 00/100 Dólares Americanos); con un peso bruto manifestado de 12,000 kgs. y un peso recibido de 21,690 Kgs.; enviados en dos (2) contenedores N°s. MSCU9867853/2147888 y MSCU9868947/2147829; amparados en la DUA N° 118-2004-10-161532-01-0. Los bienes donados serán destinados a personas discapacitadas de escasos recursos económicos; preferentemente en Chimbote, Arequipa, Trujillo, Lima, Huaraz y Madre de Dios; Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 61051-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0460/RE Lima, 25 de abril de 2007Visto, el expediente Nº 12115 - 2006, presentado por la asociación MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por Free Wheelchair Mission, con sede en Costa Mesa, California - Estados Unidos de América. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2° y el segundo párrafo del artículo 67° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas – IGV e Impuesto Selectivo