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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2007 345647 SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi car la representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Comisión encargada de la transferencia de bienes, recursos, personal y materiales constituida por el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 003-2007-TR, la queda conformada de la siguiente manera: - El Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quién presidirá la Comisión; - Claudia Canales Mayorga, Jefa del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección; y, - Hugo Javier Rodríguez Espinoza, representante del PROMPYME. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 62654-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorizaciones a asociaciones y a persona natural para prestar servicios de radiodifusión sonora educativa y comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 157-2007-MTC/03 Lima, 15 de mayo del 2007VISTO, el Expediente Nº 2006-018758, presentado por la ASOCIACIÓN CULTURAL Y MORALIZADORA DE TARMA, sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada, en la localidad de Tarma, departamento de Junín; CONSIDERANDO:Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1606-2005- MTC/17 modi fi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 101 y 748-2006-MTC/17, se aprobaron las Bases del Concurso Público Nº 001-2005-MTC/17, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora y por televisión, en las modalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada en la localidad de Tarma; Que, los días 9 y 16 de junio del 2006, se llevaron a cabo los Actos Públicos de presentación de sobres Nºs 1, 2, 3 y de Apertura de sobre Nº 1, así como la Apertura de los sobres Nºs. 2 y 3 y Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, otorgándose la Buena Pro para la autorización del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, en la localidad de Tarma, departamento de Junín, a la ASOCIACIÓN CULTURAL Y MORALIZADORA DE TARMA, conforme se veri fi ca del Acta de los referidos Actos Públicos; Que, en el numeral 24 de las Bases del Concurso Público Nº 01-2005-MTC/17 se estableció que los adjudicatarios de la Buena Pro que postularon en la modalidad educativa no podrán modi fi carla, ni cualquier condición u obligación referido a la misma, en virtud del trato preferencial otorgado en el mencionado Concurso;Que, el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 1418-2006-MTC/17.01. ssr., ampliado con Informe Nº 1718-2006-MTC/17.01.ssr., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, considera que la ASOCIACIÓN CULTURAL Y MORALIZADORA DE TARMA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 20 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 001-2005-MTC/17, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida asociación la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Público Nº 001-2005-MTC/17, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03 y la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización a la ASOCIACIÓN CULTURAL Y MORALIZADORA DE TARMA, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada, en la localidad de Tarma, departamento de Junín; de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales : Modalidad : SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA Frecuencia : 98.5 MHz Finalidad : EDUCATIVACaracterísticas Técnicas: Indicativo : OAK-4I Emisión : 256KF8EPotencia Nominal del Transmisor : 0.25 Kw Ubicación de la Estación: Estudio y Planta : Cerro Penitencia, Comunidad Campesina de Ninatambo, distrito y provincia de Tarma, departamento de Junín Coordenadas Geográ fi cas : Longitud Oeste : 75° 41’ 16” Latitud Sur : 11° 24’ 34” Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66 dB ȝV/m La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes. El plazo de la autorización y del permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de noti fi cada la presente Resolución, la cual además será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2º .- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del