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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2007 345657 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Incorporan predios a la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales del Módulo Básico de Justicia de Huaycán, distrito de Ate, Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 077-2007-CE-PJ Lima, 10 de abril del 2007 VISTOS:El O fi cio Nº 568-2006-P-CSJL/PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y el Informe Nº 048-2006-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima remite a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 002-2006-LCT-ADP/CSJLI/PJ, elaborado por el Área de Desarrollo de dicha sede judicial, en el cual se recomienda ampliar la competencia territorial del Módulo Básico de Justicia de Huaycán, distrito de Ate Vitarte, provincia, departamento y Distrito Judicial de Lima; Que, el informe se sustenta en la existencia de predios ubicados frente a la carretera central, entre los kilómetros 14.000 y 17.600 y el Río Rímac, que se encuentran a diez minutos del Módulo Básico de Justicia de Huaycán y que pertenecen al distrito de Ate - Vitarte, los mismos que no han sido incluidos dentro de la competencia de los órganos jurisdiccionales de dicho Módulo Básico de Justicia, por lo que sus pobladores deben concurrir a los Juzgados de Paz Letrado de Ate Vitarte, para lo cual tienen que desplazarse durante treinta minutos, empleando medios de transporte público, lo que implica gastos de movilidad y mayor tiempo a los justiciables; Que, el Informe Nº 048-2005-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la incorporación de los predios ubicados entre los kilómetros 14.000 y 17.600 de la Carretera Central y el Río Rimac a la competencia territorial del Módulo Básico de Justicia de Huaycán; Por tales fundamentos, con arreglo a lo previsto en el artículo 82º, inciso 25, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Incorporar los predios ubicados entre los kilómetros 14.000 y 17.600 de la Carretera Central y el Río Rimac a la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales del Módulo Básico de Justicia de Huaycán, distrito de Ate Vitarte, provincia, departamento y Distrito Judicial de Lima; quedando modi fi cada la Resolución Administrativa Nº 088-2004-CE-PJ, de fecha 4 de mayo del 2004. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima a adoptar las acciones administrativas que sean necesarias, para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución en conocimiento del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 62486-1 Aprueban suscripción de Convenio para la elaboración de expediente técnico definitivo que permitirá la construcción de Centro de Diagnóstico y Rehabilitación Juvenil en la Corte Superior de Justicia de Loreto RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 089-2007-CE-PJ Lima, 2 de mayo del 2007VISTO:El O fi cio Nº 496-2007-PJ/CSJLO-P cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, solicitando autorización para la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Gobierno Regional de Loreto; y, CONSIDERANDO:Que, el convenio tiene como objetivo establecer los términos y lineamientos generales mediante los cuales el Gobierno Regional de Loreto y la Corte Superior de Justicia de Loreto, aunando esfuerzos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, ejecutarán los trabajos preliminares para la construcción del Centro de Diagnóstico y Rehabilitación Juvenil en dicha sede judicial; Que, en tal sentido, la Corte Superior de Justicia de Loreto se compromete a proporcionar el terreno destinado a la construcción del Centro de Diagnóstico y Rehabilitación Juvenil, debidamente saneado; el mismo que está ubicado a la altura del kilómetro 15.5 de la Carretera Iquitos - Nauta, distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas; Que, por su parte, el Gobierno Regional de Loreto elaborará el expediente técnico para la construcción del mencionado centro juvenil, que comprende también los trabajos de limpieza y nivelación de una extensión de tres hectáreas, donde se ejecutará la primera etapa de la obra; Que, la construcción del Centro de Diagnóstico y Rehabilitación Juvenil de Loreto permitirá propender a la rehabilitación de menores infractores y evitar que permanezcan en las comisarías durante el plazo que demora la investigación judicial; así como permitirá que sus familiares mantengan contacto con ellos para facilitar su reinserción social y evitar gastos a los justiciables y al Poder Judicial; Que, con la fi nalidad de implementar otras dependencias del servicio de administración de justicia, resulta conveniente que para la construcción del mencionado centro juvenil se destine dos hectáreas del terreno materia del convenio, reservándose una hectárea para otros fi nes que serán determinados por este Órgano de Gobierno; Por tales, fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con