Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2007 (19/05/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

345650

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2007

Articulo 9º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- Dentro de los sesenta (60) dias habiles de notificada la presente resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al canon anual, caso contrario la autorizacion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 61636-2 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 160-2007-MTC/03 MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2007 VISTO, el Expediente Nº 2006-018753, presentado por la ASOCIACION HORIZONTE DEL MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada, en la localidad de Chocope-Ascope-Paijan-Casa Grande, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1606-2005MTC/17, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 101 y 748-2006-MTC/17, se aprobaron las Bases del Concurso Publico Nº 001-2005-MTC/17, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada en la localidad de ChocopeAscope-Paijan-Casa Grande; Que, los dias 9 y 16 de junio del 2006, se llevaron a cabo los Actos Publicos de MORDAZA de sobres Nºs. 1, 2, 3 y de Apertura del Sobre Nº 1, asi como la Apertura de los sobres Nºs. 2 y 3 y Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, otorgandose la Buena Pro para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada, en la localidad de Chocope-AscopePaijan-Casa Grande, departamento de La MORDAZA, a la ASOCIACION HORIZONTE DEL MORDAZA, conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, en el numeral 24 de las Bases del Concurso Publico Nº 01-2005-MTC/17 se establecio que los adjudicatarios de la Buena Pro que postularon en la modalidad educativa no podran modificarla, ni cualquier condicion u obligacion referida a la misma, en virtud del trato preferencial otorgado en el mencionado Concurso; Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones;

Que, mediante Informe Nº 1425-2006-MTC/17.01.ssr., MORDAZA mediante Informe Nº 1716-2006-MTC/17.01. ssr., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, considera que la ASOCIACION HORIZONTE DEL MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 20 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 001-2005-MTC/17, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida asociacion la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 001-2005-MTC/17, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 098-2004-MTC/03 y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la ASOCIACION HORIZONTE DEL MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada, en la localidad de Chocope-Ascope-Paijan-Casa Grande, departamento de La Libertad; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Ubicacion de la Estacion: Estudios y Planta : MORDAZA 22 de Enero "B"-Nº 25 de Garrapon, en el distrito de MORDAZA Grande, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. : Longitud Oeste : 79º 14' 25" Latitud Sur : 07º 43' 33.3" : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN FRECUENCIA MODULADA : 90.7 MHz : EDUCATIVA : OBQ-2J : 256KF8E : 0.50 Kw

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y del permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual la titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.