Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2007 (27/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2007

Articulo 1º.- Designar en el cargo de Procurador Publico Municipal Adjunto, de la Municipalidad Distrital de Samegua, en el cargo de confianza al abogado MORDAZA MORDAZA FONTTIS MORDAZA, a partir del 1 de MORDAZA del 2007. Articulo 2º.- El funcionario designado percibira la remuneracion establecida para su nivel de acuerdo al Presupuesto Analitico de Personal (PAP). Articulo 3º.- Encarguese el cumplimiento de la presente a la Gerencia Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. RENSO M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 65020-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TINTA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de predio MORDAZA para la construccion de centro artesanal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2007-CM-MDT Tinta, 16 de MORDAZA 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TINTA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 15 de MORDAZA de 2007, bajo la presidencia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contando con la asistencia de los Senores Regidores: Sra. MORDAZA MORDAZA HUANCACHOQUE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CAHAUNTICO CAHUANTICO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los informes tecnico y legal sobre la Aprobacion de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion la Adquisicion de un terreno MORDAZA destinado a la construccion del Centro Artesanal de Tinta. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa, en asuntos de su competencia de conformidad con el Articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, reformado por la Ley Nº 27680 concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, el Art. 41 de la Ley Nº 27972 estable que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante Informe Tecnico Nº 027/MDT/ATOBARS/2007 de fecha 7 de MORDAZA del 2007, emitido por la Unidad de Infraestructura, senala que siendo la Municipalidad una organizacion que debe promover la actividad Artesanal, y para lo cual se debe implementar el proyecto de la Construccion del Centro Artesanal de Tinta, para lo cual es propicio y adecuado el terreno MORDAZA, ubicado en la MORDAZA MORDAZA del distrito de Tinta, de propiedad de la familia MORDAZA MORDAZA, que se encuentra en Venta y de no adquirirse el mencionado predio la Municipalidad no podra llevar adelante el proyecto en mencion, por lo que es necesario e imprescindible la adquisicion del terreno indicado, asimismo sugiere que sea elevado al Honorable Concejo Municipal para su

debate y aprobacion de conformidad a lo establecido por el Articulo 20° inciso c) del D.S. N° 083-2004-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Legal Nº 02-2,007-ALE-MDT de fecha 15 de MORDAZA de 2007, emitido por el Asesor Juridico Externo, es de la opinion por la procedencia de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de terreno ubicado en la MORDAZA MORDAZA del distrito de Tinta de propiedad de la familia MORDAZA MORDAZA, por ser un bien que no admite sustituto y exista proveedor unico, de conformidad a lo establecido en el Inciso e) del Articulo 19° del D.S. N° 083-2004PCM, asi mismo senala en el informe en mencion que el Acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiendo MORDAZA del mismo a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de la aprobacion; Que, el Inciso e) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones cuando los bienes y servicios no admiten sustituto o exista proveedor unico; Que, el Articulo 144° del D.S. N° 084-2004PCM del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Reglamento Interno del Concejo vigente (RIC), con MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo y con dispensa del tramite de aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion, por la causal senalada en el literal e) del Articulo 19° del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la adquisicion del predio MORDAZA, ubicado en la MORDAZA MORDAZA del distrito de Tinta, en una extension de 1221.00 m2 valorizado en la suma SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 78,174.00), para ejecutar el proyecto de Construccion del Centro Artesanal, con la fuente de financiamiento FONCOMUN, en merito a los considerandos expuestos precedentemente. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Abastecimiento la realizacion del MORDAZA de contratacion de la adquisicion exonerada a que se refiere el articulo primero y con tal fin se autoriza al Senor MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA la suscripcion de Minuta, Escritura Publica y tramites en Registros Publicos sobre la Compra Venta del terreno ubicado en la MORDAZA MORDAZA del distrito de Tinta, de propiedad de la familia MORDAZA MORDAZA, aprobado en el presente Acuerdo. Articulo Tercero.- REMITIR el presente Acuerdo e informes Tecnico Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE dentro del plazo de Ley. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la parte ejecutiva y administrativa de la Municipalidad el fiel cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 65070-1

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