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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de mayo de 2007 346038 mencionados en el acápite c) mediante el Sistema de Adopción y sometidos a Discusión Pública por un período de 30 días y, los restantes, mediante el Sistema Ordinario y sometidos a Discusión Pública por un período de 60 días contados a partir del 17 de marzo del 2007; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley 25868, el Decreto Legislativo 807 y la Resolución 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 16 de mayo del 2007. RESUELVEPRIMERO.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 111.028:2007 GAS NATURAL SECO. Vehículos para el transporte de pasajeros y de mercancías.1ª Edición NTP 011.031:2007 PRODUCTOS NATURALES. Pulpa de Camu Camu ( Myrciaria dubia H.B.K. Mc Vaugh ). De fi niciones y Requisitos.1 a Edición NTP 208.006:2007 CACAO Y CHOCOLATE. Manteca de cacao.3ª Edición Reemplaza a la NTP 208.006:1999 NTP 208.007:2007 CACAO Y CHOCOLATE. Cacao en polvo (Cocoa) y mezclas secas de cacao y azúcar. Requisitos. 3 a EdiciónReemplaza a la NTP 208.007:1999 NTP 208.012:2007 CACAO Y CHOCOLATE. Cacao en pasta (licor de cacao/chocolate) y torta de cacao. 3ª Edición Reemplaza a la NTP 208.012:1999 SEGUNDO.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 208.006:1999 CACAO Y CHOCOLATE. Manteca de cacao. NTP 208.007:1999 CACAO Y CHOCOLATE. Cacao en polvo (Cacao) y mezclas secas de cacao y azúcar. Requisitos NTP 208.012:1999 CACAO Y CHOCOLATE. Cacao sin cáscara ni germen, cacao en pasta, torta de prensado de cacao y polvillo de cacao ( fi no de cacao) para uso en la fabricación de productos de cacao y chocolate. Regístrese y publíquese.Con la intervención de los señores miembros Augusto Ruiloba Rossel, Fabián Novak Talavera, Julio Paz Soldán Oblitas y Jaime Miranda Souza Díaz. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 65072-4 Aprueban Norma Metrológica sobre pesas RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES N° 047-2007/INDECOPI-CRT Lima, 9 de mayo de 2007CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley N o 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, entre otras funciones, aprobar las normas sobre metrología legal; Que, con fecha 12 de diciembre de 2006, el Servicio Nacional de Metrología presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión el Informe Técnico SNM Nº 034-2006, a través del cual propone la adecuación de la Norma Internacional OIML R 111-1:2004 Weight of classes E 1, E2, F1, F2, M1, M1-2, M2, M2-3 and M3. Part 1: Metrological and technical requirements, como Norma Metrológica Peruana; Que, luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica recomendó a la Comisión la aprobación del siguiente Proyecto de Norma Metrológica Peruana: PNMP 004:2006 PESAS DE LAS CLASES E 1, E2, F1, F2, M1, M1-2, M2, M2-3 y M3 Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley No 25868, el Decreto Legislativo No 807, la Comisión, con el acuerdo unánime de sus miembros reunidos en su sesión de fecha 9 de mayo de 2007; RESUELVE:Primero.- Aprobar como Norma Metrológica Peruana, con carácter obligatorio, la siguiente: NMP 004:2007 PESAS DE LAS CLASES E 1, E2, F1, F2, M1, M1-2, M2, M2-3 y M3. 2ª Edición Reemplaza a la NMP 004:1996 Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente Norma Metrológica Peruana: NMP 004:1996 PESAS DE LAS CLASES E1, E2, F1, F2, M1, M1-2, M2, M2-3 y M3. 1ª Edición Regístrese y publíquese.Con la intervención de los señores miembros Fabián Novak Talavera, Julio Paz Soldán Oblitas, Jaime Miranda Souza Díaz, Jorge Danós Ordóñez y Antonio Blanco Blasco. ANTONIO BLANCO BLASCO Vicepresidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 65072-3 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto nombramiento y designan Ejecutora Coactiva de la Intendencia Regional Arequipa RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 100-2007/SUNAT Lima, 25 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia N° 092-93-EF/SUNAT, se nombró como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Arequipa, a la señora abogada Claudia Escobar Guzmán;