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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2007 (31/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2007 346174 - Del 6 al 7 de junio de 2007 Sra. Liliana Honorio Malásquez - Del 6 al 8 de junio de 2007 Señores: Edgard Manuel Vásquez Vela Jorge Oscátegui Pérez Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Señores: Luis Alonso García Muñoz-Nájar, Eduardo Ferreyros Kuppers, Hortensia Elva Rodríguez Pastor, Edwin Benjamín Chávez Núñez de Prado, Luis Alberto Mesías Changa, Álvaro Díaz Bedregal, Cristina Sánchez Rocha, Vanessa Uchiyama de la Puente y Javier Rosas del Portal (Del 3 al 8 de junio de 2007): Pasajes (US$ 646,89 x 9) : US $ 5 822,01 Viáticos (US$ 200,00 x 6 días x 9) : US $ 10 800,00Tarifa CORPAC (US $ 30,25 x 9) : US $ 272,25 Señores: Gloria Ramírez y Álvaro Gálvez Calderón (Del 3 al 4 de junio de 2007) Pasajes (US$ 736,14 x 2) : US $ 1 472,28 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días x 2) : US $ 800,00Tarifa CORPAC (US $ 30,25 x 2) : US $ 60,50 Señores: César Llona Silva, Carlos Castro Serón y Mariella Amemiya Siu (Del 3 al 5 de junio de 2007) Pasajes (US$ 680,89 x 3) : US $ 2 042,67 Viáticos (US$ 200,00 x 3 días x 3) : US $ 1 800,00Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 3) : US $ 90,75 Señores: Jaime Dupuy Ortiz de Zevallos, Sandra Li Carmelino, Melissa Talleri Cavero-Egúsquiza (Del 3 al 6 de junio de 2007) Pasajes (US$ 646,89 x 3) : US $ 1 940,67 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 3) : US $ 2 400,00Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 3) : US $ 90,75 Sr. Juan Cipriano Gamero Alania (Del 4 al 5 de junio de 2007): Pasajes : US $ 736,14 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) : US$ 400,00Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Señoras: Marcela Patricia Zea Barreto, Ana Sandoval Pinto y María Beatriz Cubas Zanabria (Del 4 al 8 de junio de 2007): Pasajes (US$ 646,89 x 3) : US $ 1 940,67 Viáticos (US$ 200,00 x 5 días x 3) : US $ 3 000,00Tarifa CORPAC (US $ 30,25 x 3) : US $ 90,75 Señores: Sara Rosadio Colán, Pamela Ugaz Valenzuela, José Luis Cano Cáceres y José Luis Castillo Mezarina (Del 5 al 8 de junio de 2007): Pasajes (US$ 646,89 x 4) : US $ 2 587,56 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 4) : US $ 3 200,00Tarifa CORPAC (US $ 30,25 x 4) : US $ 121,00 Sra. María Liliana Honorio Malásquez (Del 6 al 7 de junio de 2007): Pasajes : US $ 736,14 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días) : US $ 400,00Tarifa CORPAC : US $ 30,25 Señores: Edgard Manuel Vásquez Vela y Jorge Oscátegui Pérez (Del 6 al 8 de junio de 2007): Pasajes (US$ 736,14 x 2) : US $ 1 472,28 Viáticos (US$ 200,00 x 3 días x 2) : US $ 1 200,00Tarifa CORPAC (US $ 30,25 x 2) : US $ 60,50 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución Suprema, deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 67215-6 Autorizan viajes de representantes del Ministerio a Uruguay y Taipei, para participar en eventos de ALADI y de APEC RESOLUCIÓN SUPREMA N° 076-2007-MINCETUR Lima, 30 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, del 5 al 6 de junio de 2007 se llevará a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, la II Reunión de Altos Funcionarios Responsables de las Políticas de Integración de los países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI; Que, dicho evento tiene por fi nalidad avanzar en los objetivos previstos en las resoluciones y recomendaciones diseñadas en el marco del programa de vinculación institucional entre la Secretaría General de la ALADI y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, como parte de las discusiones que se llevan a cabo en el seno del Comité de Representantes de la ALADI con miras al desarrollo y consolidación del Espacio de Libre Comercio (ELC) así como el tratamiento de las áreas temáticas priorizadas en la I Reunión de Altos funcionarios que comprenden: acceso a mercados, normas y disciplinas, reglas de origen, salvaguardias, solución de controversias, medidas sanitarias y fi tosanitarias, normas técnicas, cooperación y facilitación aduanera, apoyo a los países de menor desarrollo relativo y materias complementarias que potenciaría el ELC; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es el organismo público competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo y es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, el tal razón, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo considera necesaria la participación de su representante en dicha reunión, a cuyo efecto ha propuesto al Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior señor Eco. José Eduardo Brandes Salazar. Que, de acuerdo con la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, están prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 28927 antes citada, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM;