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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2007 346188 Anexo 1 CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN Aprobación de la RM Sábado 2007 Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Pruebas internasPruebas externas PERIODO DE PREPARACIÓNPERIODO DE ESTABLECIMIENTO PLAZO MÁXIMO DE IMPLEMENTACIÓN: 10 MESES2008 PERIODO DE PREPARACIÓN: En este periodo se deberá realizar lo siguiente:Actividad 1: Pruebas internasa. Cada empresa concesionaria del servicio público móvil deberá realizar al interior de su red pruebas para verifi car que se hayan realizado correctamente todas las adecuaciones necesarias en su red, en su sistema de facturación y de ser el caso en su plataforma de prepago. Dichas pruebas son de exclusiva responsabilidad de cada empresa concesionaria. b. El plazo máximo para concluir las pruebas internas es de nueve (9) meses, computados a partir de la aprobación de la entrada en vigencia de la presente Resolución. Actividad 2: Pruebas externas a. Las pruebas entre las empresas concesionarias de servicios públicos de telecomunicaciones se re fi eren al establecimiento de las comunicaciones en las cuales interviene más de un concesionario. b. Dichas pruebas deberán garantizar entre otros, lo siguiente: • El correcto enrutamiento de las comunicaciones hacia las redes destino. • El correcto envío de los números A y B para las comunicaciones. • El correcto funcionamiento de los sistemas de tasación y facturación. • El correcto funcionamiento de las grabaciones necesarias de información al público. c. Las empresas concesionarias de servicios públicos de telecomunicaciones efectuarán las pruebas externas respectivas y establecerán de común acuerdo sus respectivos cronogramas de pruebas. d. El plazo máximo para concluir las pruebas externas es de un (1) mes, computado a partir del día siguiente del cumplimiento de las pruebas internas. e. En el caso de pruebas fallidas, las empresas concesionarias involucradas deberán solucionar en el más breve plazo los problemas a fi n de reiniciar y culminar las pruebas. Plan de Información al PúblicoEste plan se iniciará en el mes nueve (9) de acuerdo al cronograma, cuyo objetivo es minimizar el impacto de la introducción del cambio de numeración en la red de los servicios públicos móviles. Este plan considera las siguientes actividades: Por el Estado:a. El MTC emitirá notas de prensa y difundirá el plan a través de la radio y televisión. b. El MTC a través de los medios establecidos para tal fi n (o fi cinas especializadas de la UIT), comunicará a los diferentes países la entrada en vigencia de la presente Resolución. c. El MTC y el OSIPTEL publicarán en sus respectivas páginas web la presente Resolución. Por las empresas concesionarias del servicio público móvil: a. Realizarán campañas de información masiva a los usuarios. b. Establecerán coordinaciones con sus corresponsales en otros países. c. Anexarán a sus facturas la información pertinente, según lo dispuesto en la presente Resolución.d. Prepararán grabaciones telefónicas que contendrá información clara, fácil, precisa y breve para que los usuarios a nivel nacional lleven a cabo sus comunicaciones, a fi n de reducir los errores en el uso de la nueva numeración. Los anuncios indicarán al usuario el modo de marcación de los números y la información general que se considere importante. La información de dichas grabaciones telefónicas será remitida a la Secretaría de Comunicaciones para su conformidad, a fi n de uniformizar la información que se brindará a los usuarios y cautelar que se cumpla con el objetivo del plan de información. PERIODO DE ESTABLECIMIENTO• Período en el cual únicamente se permitirá el funcionamiento del nuevo cambio de numeración aprobado de acuerdo a la presente Resolución. El MTC estará atento ante las eventualidades que puedan presentarse en este período. • Este período tendrá una duración de un mes (mes 11) de acuerdo al cronograma. • Durante este período deberá continuarse con el Plan de Información al Público sobre los cambios de numeración a fi n de minimizar el impacto. Dicho período contemplará las siguientes actividades: Por el Estado:a. El MTC continuará con notas de prensa y difusión a través de la radio y televisión. b. El MTC y el OSIPTEL continuarán con la publicación en sus respectivas páginas web de la presente Resolución. Por las empresas concesionarias del servicio público móvil: a. Continuarán con campañas de información masiva a los usuarios. b. Continuarán con anexar a sus facturas la información pertinente según lo dispuesto en la presente Resolución. c. Emitirán la grabación telefónica. 67218-1 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Chepén - Guadalupe RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 177-2007-MTC/03 Lima, 24 de mayo del 2007 VISTO, el Expediente Nº 2006-018359, presentado por don RAUL ENRIQUE VASQUEZ SANCHEZ, sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Chepén-Guadalupe, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO:Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral N° 1606-2005- MTC/17, modi fi cada por las Resoluciones Directorales N°s 101 y 748-2006-MTC/17, se aprobaron las Bases del Concurso Público N° 001-2005-MTC/17, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora y por televisión, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada en la localidad de Chepén-Guadalupe; Que, los días 09 y 16 de junio del 2006, se llevaron a cabo los Actos Públicos de presentación de sobres N°s 1, 2, 3 y de Apertura del Sobre Nº 1, así como la Apertura de los sobres N°s 2 y 3 y Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, otorgándose la Buena Pro para la autorización del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, en la localidad de Chepén-Guadalupe, departamento de La Libertad, a