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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2007 346178 Ratifican acuerdo de Proinversión referente a la incorporación al proceso de promoción de inversión privada de la entrega en concesión del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 043-2007-EF Lima, 30 de mayo de 2007 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el Numeral 2° del Artículo 6° del Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en Concesión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que deban ser entregadas en concesión al sector privado, estableciendo el Artículo 2° del Reglamento de dicho Texto Único Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo N° 060-96-PCM, que el Acuerdo de Consejo Directivo respectivo será rati fi cado mediante Resolución Suprema; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 8 de mayo de 2007, acordó incorporar al proceso de promoción de inversión privada la concesión del ferrocarril Huancayo – Huancavelica, que comprende la explotación, administración y mantenimiento de la vía, la adquisición de material rodante y la operación del servicio de transporte de pasajeros y carga, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN acordó asimismo, encargar la conducción de proceso de promoción privada antes referido, al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos constituido mediante Resolución Suprema N° 444-2001-EF, modi fi cada por la Resolución Suprema N° 228-2002- EF, por la Resolución Suprema N° 009-2003-EF y por la Resolución Suprema N° 065-2006-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de inversión privada la entrega en concesión del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica que comprende la explotación, administración y mantenimiento de la vía, la adquisición de material rodante y la operación del servicio de transporte de pasajeros y carga, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM. Artículo 2º.- Encargar la conducción del proceso de promoción de inversión privada referido en el artículo precedente al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos, constituido mediante Resolución Suprema N° 444-2001-EF, modi fi cada por la Resolución Suprema N° 228-2002-EF, por la Resolución Suprema N° 009-2003-EF y por la Resolución Suprema N° 065-2006-EF. Artículo 3°.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 67220-9Ratifican acuerdo de Proinversión que aprobó plan de promoción de la inversión privada para la selección de operador en la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones con sistemas de acceso fijo inalámbrico RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2007-EF Lima, 30 de mayo de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 094-2007- MTC/03, publicada con fecha 4 de marzo de 2007, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones encargó a PROINVERSIÓN la conducción del Concurso Público de Ofertas y el otorgamiento de la buena pro para la asignación de frecuencias y el otorgamiento de la concesión para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso inalámbrico en la Banda 452,5 – 457,5 MHz y 462,5 – 467,5 MHz en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las Bases del Concurso; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2007-EF, publicada con fecha 14 de marzo 2007, se rati fi có el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 13 de marzo de 2007, mediante el cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada la selección del operador al que se asignará las frecuencias y de ser el caso se otorgará la concesión para la prestación de los servicios públicos, utilizando sistemas de acceso fi jo inalámbrico en la Banda 452,5 – 457,5 MHz y 462,5 – 467,5 MHz en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Que, asimismo, mediante la citada resolución suprema se encargó al Comité de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos la conducción del proceso a que se refiere el considerando precedente; Que, de acuerdo a lo estipulado en el Numeral 3 del Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, corresponde al Consejo Directivo de PROINVERSIÓN aprobar, previamente a la ejecución del proceso, el Plan de Promoción de la Inversión Privada relativo a la concesión de una o varias obras públicas de infraestructura o de servicios públicos, debiendo dicho acuerdo ser rati fi cado mediante resolución suprema; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la selección del operador al que se asignará las frecuencias y de ser el caso se otorgará la concesión para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fi jo inalámbrico en la Banda 452,5 – 457,5 MHz y 462,5 – 467,5 MHz en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rati fi car el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, mediante el cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la selección del operador al que se asignará las frecuencias y de ser el caso se otorgará la concesión para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fi jo inalámbrico en la Banda 452,5 – 457,5 MHz y 462,5 – 467,5 MHz en la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. Artículo 2º.- La presente resolución será refrendada