Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (01/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de noviembre de 2007 356453 para solicitar autorización como Centro de Reforzamiento establecidos en el numeral 6 y 7 de la Resolución Directoral N° 13290-2007-MTC/15, en efecto, se han presentado los siguientes documentos que acreditan su cumplimiento, para acceder a la autorización: - Solicitud fi rmada por el representante legal de la Universidad Católica Sedes Sapientiae. - Copia del asiento de la partida Nº 11819356 del Registro de Personas Jurídicas – Inscripción de Asociaciones donde consta la constitución y el acta de creación de la Universidad Católica Sedes Sapientiae. - Certifi cado de Vigencia de Poder del representante legal expedido por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. - Relación de la plana docente acompañado de 10 currículum vitae de cada uno de ellos en donde se acredite su experiencia, así mismo copia del título y certifi cado de colegiatura. - Declaración Jurada, suscrita por el representante legal, señalando que la infraestructura y el equipamiento mínimo están a disposición inmediata y uso exclusivo para el dictado de las Jornadas. - Copia simple de la fi cha o partida electrónica que acredita la propiedad del inmueble. - Carta Fianza del Banco Continental por el valor de 10 Unidades Impositivas Tributarias. De conformidad con la Ley Nº 27791; Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181; Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y el Decreto Supremo N° 018-2007-MTC y la Resolución Directoral N°13290-2007-MTC/15; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Universidad Católica Sedes Sapientiae como Centro de Reforzamiento para el dictado de las Jornadas de Reforzamiento en Valores Ciudadanos y Seguridad Vial, pudiendo operar como tal en los siguientes locales: Lima:- Calle Globo Terráqueo, Mz. T Lote 12, Urb. Sol de Oro, Los Olivos. - Av. Newton Nº 7356, Urb. Sol de Oro, Los Olivos.- Esquina de la Av. Constelaciones con Av. El Sol, Los Olivos. - Av. Salaverry Nº 740, Urb. Sta. Beatriz, Jesús María. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 119911-1 VIVIENDA Convocan a propietarios de inmuebles o ambiente(s) de inmuebles que reúnan los requisitos del Reglamento para la Entrega de Ayuda Económica - Social, a efectos de la elaboración de registro de inmuebles o ambientes aptos para alquiler RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 559-2007-VIVIENDA Lima, 31 de octubre de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 032-2007, se autorizó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la entrega de ayuda económico-social de S/. 200.00 (doscientos y 00/100 nuevos soles) mensuales a las familias damnifi cadas cuyas viviendas se encuentren totalmente destruidas, colapsadas o que sufrieron graves daños que imposibilitan su habitabilidad como consecuencia del sismo ocurrido el día 15 de agosto en las zonas declaradas en emergencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 515-2007- VIVIENDA, se aprueba el Reglamento para la Entrega de Ayuda Económico – Social dispuesta en el artículo 2° del Decreto de Urgencia Nº 032-2007, destinada a sufragar los gastos de alquiler de vivienda a favor de las familias damnifi cadas cuyas viviendas se encuentran totalmente destruidas, colapsadas o que sufrieron graves daños que imposibilitan su habitabilidad, según lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 068, 071 y 075-2007-PCM; Que, el Reglamento para la Entrega de Ayuda Económico - Social establece que VIVIENDA, convocará durante un plazo determinado de días a los propietarios de inmuebles o ambiente (s) apto para alquiler a efectos de la elaboración del registro de inmuebles o ambiente (s) aptos para alquiler; así como, a las familias damnifi cadas que pueden acceder a la Ayuda Económico - Social, a efectos de la elaboración de la lista correspondiente; De conformidad con las facultades y atribuciones conferidas en la Ley Nº 27792, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y el Decreto de Urgencia Nº 032-2007; SE RESUELVE: Artículo Único.- Convocatoria a propietarios de inmuebles o ambiente(s) de inmuebles aptos para alquiler Convóquese durante 15 días hábiles a los propietarios de inmuebles o ambiente(s) de inmuebles que reúnan los requisitos establecidos en el Reglamento para la Entrega de Ayuda Económica – Social aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 515-2007-VIVIENDA y modifi catoria, a participar en la Convocatoria a efectos de la elaboración del registro de inmuebles o ambiente(s) de inmuebles aptos para alquiler. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 127257-1 Modifican el Reglamento para la entrega de ayuda económico - social aprobado mediante R.M. N° 515-2007-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 560-2007-VIVIENDA Lima, 31 de octubre de 2007CONSIDERANDO:Que, como consecuencia del sismo ocurrido en el sur del país el día 15 de agosto de 2007, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, se declaró en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete, departamento de Lima, y se dispuso la ejecución de acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas; y por los Decretos Supremos N°s. 071 y 075-2007-PCM, se amplía la declaración de Estado de Emergencia a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y del distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y a toda la provincia de Yauyos del departamento de Lima;