Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2007 (01/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

Nº DE ORD. REQUISITOS OBSERVACIONES

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

DERECHO DE PAGO (UIT) %

CALIFICACION DEPENDENCIA APROEVALUACION PREVIA BACION DONDE SE INICIA SUJETO A SUJETO A AUTOSILENCIO SILENCIO EL TRAMITE MATICA ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO POSITIVO NEGATIVO AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE RECURSOS ADMINISTRATIVOS Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento o autoridad delegada aprobara los Terminos de Referencia del Estudio de Impacto Ambiental.

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de noviembre de 2007

Ley Nº 29060 (07.07.07) Disp. Trans.Com.Final - Primera D.S Nº 002-VIVIENDA-2002 (09.09.02) Art. 33º

los aspectos ambientales que conforman su area de in uencia; con los posibles impactos ambientales que pudieran producirse; y con las medidas de prevencion, mitigacion o correccion previstas. b) Una propuesta de clasi cacion del proyecto. c) Una propuesta de Terminos de Referencia para el estudio de impacto ambiental respectivo. d) Certi cado de compatibilidad de uso de acuerdo a zoni cacion expedido por la Autoridad competente.

cuando el Proyecto es clasi cado en las categorias II o III) (1)

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EVALUACION DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) PARA PROYECTOS

- Solicitud dirigida a la Direccion Nacional competente establecida en el Procedimiento de Clasi cacion Ambiental de Proyectos. - Adjuntar dos (02) ejemplares del Estudio de Impacto Ambiental con los datos siguientes: a) Una descripcion del proyecto con los antecedentes de su area de in uencia. b) La identi cacion y caracterizacion de los im-

Estudio de Impacto Ambiental 54.91% (1)

30 dias habiles

Unidad de Tramite Documentario del Ministerio

La Direccion Nacional competente establecida en el Procedimiento de Clasi cacion Ambiental de Proyectos mediante Resolucion Directoral

Reconsideracion: La Direccion Nacional competente establecida en el Procedimiento de Clasi cacion Ambiental de Proyectos Apelacion: Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento o autoridad delegada

NORMAS LEGALES
(1) Los costos adicionales por inspeccion o MORDAZA publica deberan correr por cuenta del titular del proyecto, de considerarse necesarios.

Ley Nº 29060 (07.07.07) Disp. Trans.Com.Final - Primera Ley Nº 27446 (23.04.01) Art. 6º Ley Nº 28611 (15.10.05) Art. 17º, Num. 17.2, Art. 25º D.S Nº 002-2002 -VIVIENDA (09.09.02) Art. 27º, Inc. k), Art. 28º, Inc. h), Art. 31º, Inc. h), Art. 32º, Inc. j), D.S Nº 056-97-PCM (18.11.97) Art. 1º, y su modi catoria D.S Nº 061-97-PCM (03.12.97) - Art. 1º R.M Nº 022-2005-VIVIENDA (31.01.05) pactos ambientales durante todo el ciclo de duracion del proyecto. c) La estrategia de manejo ambiental o la de nicion de metas ambientales, segun sea el caso; junto con los planes de manejo, de contingencia, de compensacion y de abandono. d) El plan de participacion ciudadana del proponente e) Un resumen ejecutivo de facil entendimiento. - Adjuntar dos (02) CD´s del Estudio, incluyendo mapas. - Adjuntar MORDAZA del Informe de Opinion Tecnica del INRENA con relacion al Estudio de Impacto Ambiental.

NOTA:

(*) No se encuentran afectas al pago de derecho alguno, las solicitudes provenientes de entidades publicas que en el cumplimiento de sus funciones, soliciten informacion al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento.

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La forma de pago del Derecho de Tramitacion para todos los procedimientos administrativos puede ser en efectivo o con cheque de gerencia.

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