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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2007 356950 distribución privada de emisiones y/o señales, otorgadas bajo la normativa vigente de aquel entonces, se enmarcan en la defi nición del servicio público de difusión: distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS) del antes citado artículo 94º; Que, si bien no se encuentra normado el procedimiento de adecuación de un servicio público de telecomunicaciones, este vacío legal no impide a la Administración absolver solicitudes de los administrados, por lo que, siendo una competencia del Ministerio otorgar las concesiones para la prestación de dichos servicios públicos a través de una Resolución Ministerial, corresponde a este Ministerio dar trámite a lo solicitado; Que, mediante Informe Nº 273-99-MTC/15.03.UECT se determinó que respecto al servicio otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 0025-82-TC/TEL, para el establecimiento del servicio público de distribución de telecomunicaciones por circuito cerrado, correspondía adecuarlo al servicio público de distribución de radiodifusión por cable en sus dos modalidades: (i) cable alámbrico u óptico, y (ii) sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS); Que, por Resolución Ministerial N° 232-2000- MTC/15.03 se adecuó la autorización del servicio público de distribución de telecomunicaciones por circuito cerrado, otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 0025-82-TC/TEL, al servicio público de distribución de radiodifusión por cable en lo que respecta a la modalidad de cable alámbrico u óptico, sustentado en el Informe Nº 273-99-MTC/15.03.UECT; quedando pendiente de resolver la adecuación del servicio en lo que respecta a la modalidad de sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS); Que, en consecuencia, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes, corresponde resolver la adecuación en lo que respecta a la modalidad de sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS) e incorporarla a la concesión otorgada para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, asimismo, deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 476-2007-MTC/03 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de agosto de 2007, que modifi ca la Nota P67 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, disponiendo que TC SIGLO 21 S.A.A. devolverá al Estado una porción de 36 MHz en la banda de 2500 – 2698 MHz, y la Resolución Viceministerial Nº 516-2007-MTC/03 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de agosto de 2007 que modifi ca la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03, respecto a la canalización de la banda de 2500 – 2692 MHz; Que, mediante Informe N° 201-2007-MTC/27 se concluye que corresponde adecuar el servicio público de distribución de telecomunicaciones por circuito cerrado y el servicio especial de telecomunicaciones: distribución privada de emisiones y/o señales, de los cuales es titular la empresa TC SIGLO 21 S.A.A., al servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS), de acuerdo a las normas legales vigentes en materia de telecomunicaciones, asimismo resulta procedente la solicitud de ampliación de área de concesión para la prestación del servicio de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS); debiendo aprobarse una adenda al contrato de concesión del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de alámbrico u óptico; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones;SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la adecuación del servicio público de distribución de telecomunicaciones por circuito cerrado y del servicio especial de telecomunicaciones: distribución privada de emisiones y/o señales, otorgados mediante Resolución Ministerial Nº 0025-82-TC/TEL y las Resoluciones Directorales Nºs 475-91-TC/15.17.li y 481-91-TC/15.17.li, de los cuales es titular la empresa TC SIGLO 21 S.A.A., al servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS), de acuerdo a las normas legales vigentes en materia de telecomunicaciones, en el área de la provincia de Lima, del departamento del Lima y la Provincia Constitucional de Callao; el cual se regirá por el contrato de concesión aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 232-2000-MTC/15.03 en cuanto a sus términos, condiciones y plazos. Artículo 2º.- Ampliar el área de concesión para la prestación del servicio de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS), adecuado en el artículo precedente, a nivel nacional, conforme al Anexo 1-A que forma parte de la adenda a aprobarse por la presente resolución y que se incorpora al Anexo 1 del Contrato de Concesión, aprobado por Resolución Ministerial N° 232-2000-MTC/15.03. Artículo 3º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área ampliada a que se refi ere el articulo precedente, conforme al Anexo 2-A que forma parte de la adenda a aprobarse por la presente resolución y que se incorpora al Anexo 2 del Contrato de Concesión aprobado por la Resolución Ministerial Nº 232-2000-MTC/15.03. Artículo 4º.- Aprobar la modifi cación de los numerales 3.01 y 3.02 y el literal d) del numeral 3.04, de la cláusula tercera y el numeral 6.01, de la cláusula sexta; y la incorporación del numeral 3.05, a la cláusula tercera en el contrato de concesión, aprobado por Resolución Ministerial Nº 232-2000-MTC/15.03. Artículo 5º.- Aprobar la adenda al contrato de concesión del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, mediante la cual se formaliza la adecuación del servicio de distribución de telecomunicaciones por circuito cerrado y del servicio especial de telecomunicaciones: distribución privada de emisiones y/o señales al servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de sistema de distribución multicanal multipunto (MMDS); así como, la modificación de los numerales 3.01, 3.02 y el literal d) del numeral 3.04, de la cláusula tercera, el numeral 6.01, de la cláusula sexta; la incorporación del numeral 3.05, en la cláusula tercera y la modificación de los Anexos 1 y 2 a fin de incorporar los Anexos 1-A y 2-A, al contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 232-2000-MTC/15.03. Artículo 6º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones encargado de las funciones de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, a suscribir la adenda que se aprueba mediante la presente Resolución, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del contrato de concesión y de las adendas que se suscriban al mismo. Artículo 7º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la adenda no es suscrita por el concesionario en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 128724-1