Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2007 (08/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 128228-1

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Aprueban Convenio de Estabilidad Juridica a ser celebrado con la empresa INTERNEXA S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 649-2007 MTC/01 MORDAZA, 31 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de marzo de 2007, la empresa INTERNEXA S.A., empresa constituida en el Peru cuyo objeto social principal es dedicarse al desarrollo de actividades relacionadas con el subsector comunicaciones, solicita ante la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION la suscripcion de un Convenio de Estabilidad Juridica, el mismo que establece la obligacion de emitir participaciones de su capital por un monto de US$ 5 000,000.00 a favor de su inversionista INTERNEXA S.A. E.S.P., empresa constituida bajo las leyes de la Republica de Colombia; Que, la solicitud presentada se encuentra dentro de los alcances de lo establecido en los Decretos Legislativos Nº 662 y Nº 757, en la Ley Nº 27342, Ley que regula los Convenios de Estabilidad Juridica al MORDAZA de los Decretos Legislativos Nums. 662 y 757 y en el Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 162-92-EF; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27342, a efectos de acceder a la suscripcion del convenio de estabilidad juridica al MORDAZA de los mencionados decretos, los inversionistas deberan comprometerse a efectuar, como minimo, aportes dinerarios, canalizados a traves del Sistema Financiero Nacional al capital de una empresa establecida, por un monto que no sea inferior a US$ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America), observandose que la obligacion de INTERNEXA S.A. de emitir participaciones de su capital a favor del inversionista INTERNEXA S.A. E.S.P. cumple con el monto minimo legal requerido; Que, a traves del Informe Tecnico Nº 21/2007/ DE-JAI/PROINVERSION y de los Informes Legales Nºs. 215-2007-OAJ-AR y 387-2007-OAJ-AR, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, senalo que la empresa INTERNEXA S.A. ha cumplido con la MORDAZA de la informacion, documentacion y los requisitos establecidos en la normativa de la materia y en el Decreto Supremo Nº 191-2003-EF, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de PROINVERSION, para aprobar la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica; Que, mediante el Convenio de Estabilidad Juridica a ser suscrito, se otorgara a INTERNEXA S.A. durante el plazo de 10 anos, la garantia del regimen tributario del Impuesto a la Renta y la garantia de estabilidad de los regimenes de contratacion de los trabajadores; Que, de conformidad con el Articulo 30º inciso d) del Decreto Supremo Nº 162-92-EF y el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 136-97-EF, corresponde al Ministro de Transportes y Comunicaciones o quien este designe y a PROINVERSION en su condicion de organismo nacional competente, la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Juridica a ser celebrado entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION con la empresa INTERNEXA S.A., que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Viceministra de Comunicaciones, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el convenio a que se refiere el articulo anterior.

Modifican las Notas P48, P50 y P55 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 653-2007 MTC/03 MORDAZA, 5 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005MTC/03 se aprobo el Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF, documento tecnico normativo que contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 5182002-MTC/15.03, se designo a los miembros del Comite Consultivo del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas tecnicas relacionados a dicho Plan; Que, la nota P48 del PNAF establece que los titulares de asignaciones para servicios privados en las bandas 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 ­ 467,5 MHz deberan migrar a otras bandas de frecuencias en un plazo que no debera exceder del 30 de setiembre de 2007, de acuerdo a las condiciones que establecera el Ministerio con la finalidad de garantizar la continuidad de los servicios autorizados; Que, la nota P50 del PNAF establece que en el caso de la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, los titulares de asignaciones en la banda 452,35 - 454,84 MHz para la operacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion sonora en onda media y onda corta deberan migrar a otra banda de frecuencias destinada para tal fin, en un plazo que no debera exceder del 30 de setiembre de 2007, de acuerdo a las condiciones que establecera el Ministerio con la finalidad de garantizar la continuidad de los servicios autorizados; Que, la nota P55 del PNAF establece que los titulares de frecuencias en la banda 942 ­ 947 MHz para la operacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion sonora en FM, deberan migrar hacia la banda 947 ­ 960 MHz, de acuerdo a las condiciones que establecera el Ministerio con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio de radiodifusion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 898-2006MTC/03, publicada el 22 de diciembre de 2006, se dispuso la realizacion del Concurso Publico de Ofertas para seleccionar al operador al que se le asignara las frecuencias y de ser el caso, se otorgara la concesion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en las bandas 894 - 899 MHz y 939 - 944 MHz en la provincia de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao y las bandas de 894 - 902 MHz y 939 ­ 947 MHz en el resto del territorio nacional y se encargo a PROINVERSION la conduccion del referido Concurso y el otorgamiento de la buena pro; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 094-2007MTC/03 publicada con fecha 4 de marzo de 2007, se dispuso la realizacion del Concurso Publico de Ofertas para seleccionar al operador al que se le asignara las frecuencias y de ser el caso, se otorgara la concesion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico en la banda 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 ­ 467,5 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y se encargo a PROINVERSION la conduccion del referido concurso y el otorgamiento de la buena pro; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 094-2007-MTC/03 y las bases de los citados Concursos Publicos, los operadores que resulten adjudicatarios de las bandas 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 ­ 467,5 MHz, y las bandas 894 - 899 MHz y 939 - 944 MHz

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