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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2007 356963 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 212-2007-CE-PJ Lima, 4 de setiembre del 2007VISTOS:El Ofi cio N° 442-2007-P-CSJJU/PJ, cursado por Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín y el Informe N° 060-2007-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Mallampampa, Distrito de Huancabamba, Provincia de Oxapampa y Departamento de Pasco, a pedido de las autoridades y pobladores de la referida comunidad; Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 1,363 habitantes; así como, en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra en el Distrito de Huancabamba a 24 kilómetros de distancia y 02 horas de viaje en vehiculo de transporte de carga; asimismo, a 22 kilómetros de distancia del Juzgado de Paz Letrado ubicado en la Provincia de Oxapampa, recorrido que tarda 02 horas adicionales en vehículo de transporte público, por cuya razón no tienen acceso oportuno al servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 060-2007-SEP-GP-GG- PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial concluye que es factible la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Mallampampa; incluyéndose los límites geográfi cos del citado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal y familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24° del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Luís Alberto Mena Núñez, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Mallampampa, Distrito de Huancabamba, Provincia de Oxapampa, Departamento de Pasco y Distrito Judicial de Junín, con competencia en todo el centro poblado y la Comunidad Campesina de Mallampampa, con sus respectivos Anexos y Caseríos: Huaylamayo (capital del Centro Poblado, sede del Juzgado de Paz), Santa Rosa, Anana, Santa Isabel, Mirafl ores, Chuquimayo, San Pedro, Huarancayo, Lucma y Acomayo. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el Informe N° 060-2007-SEP-GP-GG-PJ elaborado por la Gerencia General del Poder Judicial, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 128428-8Crean Juzgados de Paz en los Asentamientos Humanos San Pedro y Juan Parra del Riego, Distrito Judicial de Junín RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 210-2007-CE-PJ Lima, 4 de setiembre del 2007VISTOS:El Ofi cio N° 046-2007-P-CSJJU/PJ, cursado por Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín y el Informe N° 075-2007-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Asentamiento Humano Municipal San Pedro, Distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo y Departamento de Junín, a pedido de los representantes de los pobladores de la referida comunidad; Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 953 habitantes; así como, en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra a 10 minutos de la Plaza Principal del Anexo de Saños Chicos, sin embargo, este órgano jurisdiccional atiende a 5,076 habitantes; asimismo, a 8 kilómetros de distancia de las sede de los Juzgados de Paz Letrado de El Tambo, por cuya razón no tienen acceso oportuno al servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 075-2007-SEP-GP- GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial concluye que es factible la creación de un Juzgado de Paz en el Asentamiento Humano Municipal San Pedro; incluyéndose los límites geográfi cos del citado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que beneficiaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal y familiar; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24° del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Asentamiento Humano Municipal San Pedro, Distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo, Departamento y Distrito Judicial de Junín, con competencia en toda la circunscripción de la mencionada comunidad. Artículo Segundo.- Los límites geográficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el Informe N° 075-2007-SEP-GP-GG-PJ elaborado por la Gerencia General del Poder Judicial, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín y a la Gerencia