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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2007 357633 CONSTANCIA DE DAMNIFICADO BENEFICIARIO – DECLARACIÓN JURADA I DEL INMUEBLE (Para ser llenado por el Comité Distrital de Defensa Civil) Sobre la base de la veri fi cación realizada por el Comité Distrital de Defensa Civil que presido respecto del inmueble (Consignar ubicación del inmueble); el Jefe del Hogar ha sido identi fi cado como: Califi cación según el Comité Distrital de Defensa Civil Identi fi cación a. Propietario (Marcar con X) b. Poseedor inmediato, incluido el incluido el arrendatario formal.(Marcar con X) c. Poseedor ilegítimo de buena fe (Marcar con X) d. Poseedor precario que ejerce posesión sin título alguno (Marcar con X) e. Poseedor precario que ejerce posesión aún cuando el título que tenía ha fenecido, incluido el arrendatario precario.(Marcar con X) (FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL) II DEL JEFE DEL HOGAR Caso A Yo, (NOMBRES Y APELLIDOS) identi fi cado como (CALIFICACIÓN “a”, “c” Ó “d” DEL NUMERAL I PRECEDENTE) del (CONSIGNAR UBICACIÓN DEL INMUEBLE) por el Comité Distrital de Defensa Civil sobre la base de la veri fi cación realizada por el citado Comité; mani fi esto que he elegido recibir la subvención por pérdidas materiales de acuerdo con la alternativa No (CONSIGNAR N°). Alternativa Nº 1: Con vinculación a alguno de los Programas de Vivienda promovidos por el Estado disponibles en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007.Alternativa Nº 2: Sin vinculación a alguno de los Programas de Vivienda promovidos por el Estado, a través de la Tarjeta BANMAT. En caso de haber elegido la Alternativa Nº 1, declaro que he: a) Decidido acceder o postular a cualquiera de los Programas de Vivienda promovidos por el Estado disponibles en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007; y que b) Autorizo al Banco de Materiales S.A.C. o al Fondo MIVIVIENDA S.A., según corresponda, a solicitar el depósito de la subvención por pérdidas materiales. Caso B Yo, (NOMBRES Y APELLIDOS) identificado como (CALIFICACIÓN “b” Ó “e” DEL NUMERAL I PRECEDENTE EN ÁREA URBANA) del inmueble (CONSIGNAR UBICACIÓN DEL INMUEBLE) por el Comité Distrital de Defensa Civil sobre la base de la verificación realizada por el citado Comité, manifiesto que tengo conocimiento, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para el otorgamiento de la subvención por pérdidas materiales, que recibiré la referida subvención con vinculación a alguno de los Programas de Vivienda promovidos por el Estado, con excepción del Kit de Materiales y Herramientas para construcción. (FIRMA DEL JEFE DEL HOGAR) DNI 133083-1 Autorizan viaje de Ministra de la Mujer y Desarrollo Social a Costa Rica y encargan su Despacho a la Ministra de Justicia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 239-2007-PCM Lima, 15 de noviembre de 2007 Vista, la Carta DM-1034-10-07 de fecha 13 de noviembre de 2007, del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos de Costa Rica;CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos de Costa Rica, ha cursado una invitación a la Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Desarrollo Social para participar en el Seminario Latinoamericano “Programa de Transferencias Monetarias Condicionadas en América Latina y su Impacto en la Prevención y Eliminación del Trabajo Infantil”, organizado con la Ofi cina Internacional del Trabajo (OIT), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), que se llevará a cabo en la ciudad de San José, Costa Rica del 20 al 21 de noviembre de 2007; Que, el citado evento tiene como objetivo analizar la incidencia de los programas de transferencias condicionadas en efectivo en la prevención y erradicación del trabajo infantil, así como facilitar el intercambio de experiencias entre los países de la región, considerando que un mejor desarrollo de estos programas, en lo que a reducción de la pobreza y trabajo infantil concierne, contribuirá a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y de las metas planteadas en la Agenda Hemisférica; Que, el inciso e) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES, establece que es un objetivo general del MIMDES contribuir a superar las diversas formas de inequidad, exclusión y violencia social, especialmente de la infancia, la adolescencia, la mujer y el adulto mayor ejerciendo su función rectora en el marco de un Sistema Descentralizado de Garantías para el Desarrollo Humano y Social que articule los esfuerzos del Estado, la sociedad civil y el sector privado; Que, en este contexto, resulta necesario autorizar el viaje de la Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Desarrollo Social a la ciudad de San José, Costa Rica, a fi n de que participe en el citado evento, así como encargar las funciones de dicho Despacho Ministerial; Que, los gastos por concepto de pasajes, tarifa corpac y viáticos serán asumidos por el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos de Costa Rica, la Ofi cina Internacional del Trabajo (OIT), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619, Ley Nº 27793, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, modifi cada por el Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora VIRGINIA BORRA TOLEDO, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, a la ciudad de San José, Costa Rica del 19 al 22 de noviembre de 2007, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, tarifa corpac y viáticos serán asumidos por el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos de Costa Rica, la Ofi cina Internacional del Trabajo (OIT), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a la doctora MARÍA AMABILIA ZAVALA VALLADARES, Ministra de Justicia, a partir del 19 de noviembre de 2007, en tanto dure la ausencia de la Titular.