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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2007 357642 autorización de instalación y operación se otorgará por Resolución Directoral expedida por la DGH, para una capacidad y trayecto determinado, siendo aplicable las normas de procedimiento contenidas en el Capítulo Primero del Título II de dicha norma, en lo que resulte pertinente; Que, por lo antes expuesto, y habiendo cumplido la empresa EDEGEL S.A.A. con los requisitos establecidos en el ítem AH01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 061-2006-EM, corresponde autorizar a la referida empresa para la instalación y operación de un ducto de uso propio para el transporte de Diesel 2; Que, de otro lado, según el último párrafo del artículo 5° del Reglamento señalado en el considerando precedente, todos los ductos comprendidos dentro de dicho artículo, deberán cumplir con las Normas de Seguridad establecidas en su Anexo 1 y las Normas de Protección Ambiental establecidas en el Título IX; Que, el artículo 1° del Anexo 1 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 041-99-EM, dispone que las obligaciones establecidas por las Normas de Seguridad para el diseño, construcción, operación, mantenimiento y abandono del Sistema de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, también deberán entenderse como obligaciones para los Contratistas que operen Ductos Principales y para los titulares de autorizaciones de uso propio, según lo señalado en el artículo 5° de la citada norma; en este sentido EDEGEL S.A.A. deberá cumplir con todas las disposiciones de seguridad aplicables establecidas en dichas normas; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Transportes de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 041-99-EM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la empresa EDEGEL S.A.A. la instalación y operación de un ducto de transporte de Diesel 2 de uso propio, el mismo que se extenderá desde la Estación de Bombeo de la Refi nería La Pampilla hasta el ingreso a la Estación de Almacenamiento de la Central Térmica de Ventanilla, que se ubica en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima, según las siguientes características: Longitud (metros)Diámetro (pulgadas)Capacidad del DiseñoPunto de InicioPunto Final 2800 m. 8” 1200 GPM Estación de Bombeo de la Refi nería La Pampilla Coordenadas UTM: 8 681 325.060 N 268 053.755 E Ingreso a la Estación de Almacenamiento de la Central Térmica de Ventanilla Coordenadas UTM: 8 679 710.766 N 269 391.794 E Artículo Segundo.- La empresa EDEGEL S.A.A. durante la operación y mantenimiento del ducto de uso propio a la que se refi ere el Artículo Primero de la presente Resolución Directoral, deberá cumplir con las normas de seguridad contenidas en el Reglamento para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos aprobado mediante Decreto Supremo N° 041-99-EM, su Anexo y demás normas aplicables. Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO A. NAVARRO VALDIVIA Director General de Hidrocarburos 130572-1MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Encargan funciones de Jefa de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 554-2007-MIMDES Lima, 15 de noviemrbe de 2007Vistos, el Informe N° 092-2007-OGA/OCONT de fecha 23 de octubre de 2007 de la Jefa de la Ofi cina de Contabilidad; el Memorándum N° 368-2007-MIMDES/OGA de fecha 23 de octubre de 2007, de la Directora General de la Ofi cina General de Administración y el Memorando N° 542-2007-MIMDES/OGRH de fecha 6 de noviembre de 2007 del Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos del MIMDES; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial N° 678-2006- MIMDES de fecha 13 de setiembre de 2006 se designó a la señora Mimyrle Jesús Dioses Morán, en el cargo de Jefa de la Ofi cina de Contabilidad de la Ofi cina General de Administración del MIMDES; Que, mediante Resolución Directoral N° 59-2007- MIMDES/OGRH de fecha 29 de octubre de 2007 se concedió a doña Mimyrle Jesús Dioses Morán licencia por gravidez pre y post natal, desde el 23 de octubre de 2007 al 20 de enero de 2008; Que, por otro lado, el Cuadro Nominativo de Personal del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, aprobado por Resolución Ministerial N° 814-2005-MIMDES, de fecha 21 de diciembre de 2005, asignó a la servidora Betty Ruth Sava Melo, el cargo de Especialista Social de la Zonal Chiclayo de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 221-2007-FONCODES/DE de fecha 27 de setiembre de 2007, se autorizó a partir del 13 de agosto de 2007 y durante la vigencia de su contrato, el traslado de la servidora Betty Ruth Sava Melo a la Ofi cina de Tesorería de la Ofi cina General de Administración del MIMDES; Que, por Memorándum N° 368-2007-MIMDES/OGA de fecha 23 de octubre de 2007, la Directora General de la Ofi cina General de Administración solicitó se realicen los trámites necesarios para formalizar la encargatura de las funciones de Jefe de la Ofi cina de Contabilidad a la servidora Betty Ruth Sava Melo; Que, el inciso c) del artículo 71 del Reglamento Interno de Trabajo de FONCODES, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 015-2003-MIMDES-FONCODES/DE, establece que el desplazamiento de los trabajadores es un proceso que se genera, entre otras modalidades, por la de reemplazo o encargatura; Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 6.4 y 6.5 de la Directiva N° 03-2003-FONCODES/GAF/SGP “Lineamientos para la encargatura en niveles directivos y cargos de confi anza en FONCODES”, aprobada por el artículo 1 de la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 101-2003-FONCODES/DE, el encargo de funciones es la acción mediante la cual se autoriza el desempeño de funciones en razón a vacaciones, licencia, ausencia temporal del titular o por encontrarse en comisión de servicio; Que, el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece en su artículo 82, entre otros, que el encargo es temporal y que en ningún caso debe exceder el período presupuestal; Que, el numeral 3.6.2 del Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado por Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP