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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2007 357640 toda la infraestructura estatal educativa ubicada en dicha región; Que, a consecuencia del sismo antes indicado, mediante el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM de fecha 15 de agosto de 2007, se declaró el Estado de Emergencia en el departamento de Ica y la provincia de Lima, por el plazo de sesenta (60) días naturales, el mismo que con el Decreto Supremo Nº 084-2007-PCM de fecha 12 de octubre de 2007, ha sido prorrogado por un período sesenta (60) días; Que el Informe Técnico señala que se hace necesario atender a la brevedad un primer grupo conformado por 5 Instituciones Educativas Públicas afectadas por causa del acontecimiento catastrófi co antes mencionado, las mismas que cuentan con anteproyecto arquitectónico, levantamiento topográfi co, estudio de suelos y módulos sistémicos entregados por la OINFE; Que, conforme se aprecia en el Informe Nº 242- 2007-ME/VMGI-OINFE-ESTUDIOS Y PROYECTOS, el mismo que se adjunta al Informe Técnico, las instituciones que requieren pronta atención son IE 23001 Sebastián Barranca (Chincha), I.E José Pardo y Barreda (Chincha), I.E. Nuestra Señora del Carmen (Chincha), I.E. Nº 22454 Miguel Grau Seminario (Pisco) y la I.E. Nuestra Señora de las Mercedes (Ica), ubicadas en la Región Ica; Que, asimismo el Informe Técnico de Vistos recomienda disponer la exoneración del proceso de selección para la culminación de los expedientes técnicos y la ejecución de las obras a través de la modalidad de concurso oferta, lo cual garantizará la pronta atención en una primera etapa de las instituciones educativas públicas antes aludidas; Que, de conformidad con el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, “Se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso la Entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley. El Reglamento establecerá los mecanismos y plazos para la regularización del procedimiento correspondiente.” Que, mediante los documentos del Vistos, las Ofi cinas de Infraestructura Educativa y de Asesoría Jurídica, respectivamente, señalan que la situación producida se enmarca en las disposiciones del artículo 22º de la Ley y artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, mediante Informe Técnico Nº 616 - 2007 – ME/ SG-OGA-UA-AEM de fecha 13 de noviembre de 2007, el Área de Estudio de Mercado, dependiente de la Unidad de Abastecimiento determina como valor referencial total de la contratación objeto de exoneración, la suma de S/. 22´052,717.50 (Veintidós millones cincuenta y dos mil setecientos diecisiete con 50/100 nuevos soles); Que, dicho valor referencial incluye los costos de elaboración del expediente técnico, ejecución de las obras y supervisión de las mismas; Que, los proyectos que comprenden las obras a realizarse cuentan con los siguientes códigos SNIP: 67808 (I.E. Sebastián Barranca), 67727 (I.E. José Pardo y Barreda), 67714 (I.E. Nuestra Señora del Carmen), 67700 (I.E. Miguel Grau Seminario) y 34083 (I.E. Nuestra Señora de las Mercedes) por lo que es viable su ejecución; Que, mediante Informe Nº 601-2007-ME/VMGI- OINFE-PP de fecha 13 de noviembre de 2007 se emite la correspondiente previsión presupuestal; Que, asimismo, el artículo 20º literal a) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que todas las exoneraciones, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad y que la facultad de aprobar exoneraciones es indelegable; En uso de las facultades otorgadas en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-ED, y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Licitación Pública por causal de situación de emergencia, la elaboración de expedientes técnicos, ejecución de obras y supervisión de las mismas de cinco (5) instituciones educativas públicas ubicadas en la Región Ica, hasta por un monto de S/. 22´052,717.50 (Veintidós millones cincuenta y dos mil setecientos diecisiete con 50/100 nuevos soles) de acuerdo al siguiente detalle: Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Ofi cina General de Administración efectúe las contrataciones necesarias utilizando la modalidad de concurso oferta en lo que corresponda, a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución, previa inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 108. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado –SEACE en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, cumpliendo con las comunicaciones a la Contraloría General de la República y a la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 132882-2Institución Educativa Expediente Técnico Ejecución de Obra Supervisión Total Sebastián Barranca S/. 25,000.00 S/. 2´935,124.00 S/. 146,756.00 S/. 3’106,880.00José Pardo y Barreda S/. 21,500.00 S/. 8’450,605.00 S/. 253,518.00 S/. 8’725,623.00Nuestra Señora del Carmen S/. 25,000.00 S/. 2’804,925.00 S/. 110,837.00 S/. 2’940,762.00Miguel Grau Seminario S/. 20,000.00 S/. 2’538,738.50 S/. 126,935.00 S/. 2’685,673.50Nuestra Señora de las Mercedes S/. 30,000.00 S/. 4’388,249.00 S/. 175,530.00 S/. 4’593,779.00