Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2007 (16/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2007

Designan miembros del Directorio del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria CONEAU
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2007-ED MORDAZA, 15 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, se MORDAZA los procesos de evaluacion, acreditacion y certificacion de la calidad educativa, se define la participacion del Estado en ellos y regula el ambito, la organizacion y el funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE), a que se refieren los articulos 14º y 16º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion; Que, de conformidad con el articulo 29º de la Ley MORDAZA mencionada, el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU, es el organo operador encargado de definir los criterios, indicadores y estandares de medicion para garantizar en las universidades publicas y privadas, los niveles aceptables de calidad, asi como alentar la aplicacion de las medidas requeridas para su mejoramiento; Que, dicho Consejo cuenta con un organo de direccion constituido por un directorio conformado por seis (6) expertos de reconocida trayectoria en el MORDAZA de la evaluacion, acreditacion y certificacion, propuestos, uno por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, uno por las universidades publicas, uno por las universidades privadas, uno por los gremios empresariales, uno por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru, y uno por el Centro de Planeamiento Estrategico Nacional - CEPLAN; Que, las instituciones MORDAZA mencionadas han cumplido con designar a sus representantes, dentro del MORDAZA establecido en el articulo 60º del Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, con excepcion del Centro de Planeamiento Estrategico Nacional - CEPLAN, el mismo que no se encuentra en funcionamiento a la fecha; Que, la designacion del representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, ha sido realizado por su Presidente, de conformidad con lo establecido en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 0431-2007-ED, mediante el cual, se dictan medidas complementarias para la conformacion e instalacion de los Directorios de los Organos Operadores del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 32.1 del articulo 32º de la Ley Nº 28740 y en el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designacion del Directorio del CONEAU Designar a los miembros del Directorio del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU, el cual quedara integrado por las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA Viana MORDAZA, por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica CONCYTEC. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las universidades publicas; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las universidades privadas;

- MORDAZA Golergant Niego, por los gremios empresariales; y, - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru. Articulo 2º.- Del representante del CEPLAN El representante del Centro de Planeamiento Estrategico Nacional - CEPLAN, sera designado una vez que dicha institucion asuma sus funciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28522. Articulo 3º.- Del Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 133079-4

Autorizan viaje de estudiante a Turquia para participar en el Campeonato Mundial Juvenil de Ajedrez
RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2007-ED MORDAZA, 15 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 70289-2007, el Director de la Institucion Educativa Nº 0086 "Jose MORDAZA Arguedas" solicita al Gobierno Nacional brinde apoyo economico para cubrir el costo del viaje de la alumna Ann MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que pueda participar en el Campeonato Mundial Juvenil de Ajedrez, a realizarse del 17 al 29 de noviembre de 2007, en la MORDAZA de Antalya, Turquia; Estando a lo opinado por la Direccion de Promocion Escolar, Cultura y Deporte mediante Informe Nº 130-DPSI-DLS-DIPECUD-2007; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la estudiante Ann MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alumna de la Institucion Educativa Nº 0086 "Jose MORDAZA Arguedas", a la MORDAZA de Antalya, Turquia, del 17 al 29 de noviembre de 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran sufragados con cargo al presupuesto del Ministerio de Educacion, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos : US$ Tarifa CORPAC : US$ 1,525.00 30.25

Articulo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el Director de la Institucion Educativa Nº 0086 "Jose MORDAZA Arguedas", debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que sea su denominacion o clase a favor del estudiante, cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de dar cumplimiento a la oficializacion dispuesta en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

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