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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2007 357638 - Jonathan Golergant Niego, por los gremios empre- sariales; y, - Segundo Amador Vargas Guerra, por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú. Artículo 2º.- Del representante del CEPLAN El representante del Centro de Planeamiento Estratégico Nacional - CEPLAN, será designado una vez que dicha institución asuma sus funciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28522. Artículo 3º.- Del Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 133079-4 Autorizan viaje de estudiante a Turquía para participar en el Campeonato Mundial Juvenil de Ajedrez RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2007-ED Lima, 15 de noviembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Expediente Nº 70289-2007, el Director de la Institución Educativa Nº 0086 “José María Arguedas” solicita al Gobierno Nacional brinde apoyo económico para cubrir el costo del viaje de la alumna Ann Lindsay Chumpitaz Carbajal, a fi n de que pueda participar en el Campeonato Mundial Juvenil de Ajedrez, a realizarse del 17 al 29 de noviembre de 2007, en la ciudad de Antalya, Turquía; Estando a lo opinado por la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte mediante Informe Nº 130-DPS-I-DLS-DIPECUD-2007; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la estudiante Ann Lindsay Chumpitaz Carbajal, alumna de la Institución Educativa Nº 0086 “José María Arguedas”, a la ciudad de Antalya, Turquía, del 17 al 29 de noviembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1,525.00 Tarifa CORPAC : US$ 30.25 Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Director de la Institución Educativa Nº 0086 “José María Arguedas”, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que sea su denominación o clase a favor del estudiante, cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, a fi n de dar cumplimiento a la ofi cialización dispuesta en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.Designan miembros del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2007-ED Lima, 15 de noviembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, se norman los procesos de evaluación, acreditación y certifi cación de la calidad educativa, se defi ne la participación del Estado en ellos y regula el ámbito, la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE), a que se refi eren los artículos 14º y 16º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; Que, de conformidad con el artículo 29º de la Ley antes mencionada, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU, es el órgano operador encargado de defi nir los criterios, indicadores y estándares de medición para garantizar en las universidades públicas y privadas, los niveles aceptables de calidad, así como alentar la aplicación de las medidas requeridas para su mejoramiento; Que, dicho Consejo cuenta con un órgano de dirección constituido por un directorio conformado por seis (6) expertos de reconocida trayectoria en el campo de la evaluación, acreditación y certifi cación, propuestos, uno por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, uno por las universidades públicas, uno por las universidades privadas, uno por los gremios empresariales, uno por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú, y uno por el Centro de Planeamiento Estratégico Nacional - CEPLAN; Que, las instituciones antes mencionadas han cumplido con designar a sus representantes, dentro del marco establecido en el artículo 60º del Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, con excepción del Centro de Planeamiento Estratégico Nacional - CEPLAN, el mismo que no se encuentra en funcionamiento a la fecha; Que, la designación del representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, ha sido realizado por su Presidente, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0431-2007-ED, mediante el cual, se dictan medidas complementarias para la conformación e instalación de los Directorios de los Órganos Operadores del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 32.1 del artículo 32º de la Ley Nº 28740 y en el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designación del Directorio del CONEAU Designar a los miembros del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU, el cual quedará integrado por las siguientes personas: - José María Viaña Pérez, por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. - Juan Bautista Gómez Flores, por las universidades públicas; - Jaime Zárate Aguilar, por las universidades privadas;