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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de octubre de 2007 355100 en el Gasto para el ejercicio 2007, estableciéndose en el Numeral 4.2.4. que excepcionalmente se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS, invitados para participar en eventos, conferencias u otros, cuyos pasajes, estadía y otros gastos sean cubiertos íntegramente por las entidades organizadoras, como es el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán fi nanciados íntegramente por GAFISUD y la OTA, no irrogando gasto alguno a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Ertha María León Elguera y Daniel Alejandro Linares Ruesta, Analistas del Departamento de Análisis y la señora María Fanny Moscoso Piñas, Supervisor de UIF del Departamento de Supervisión de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 15 al 27 de octubre y del 12 al 24 de noviembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, por concepto de pasajes y viáticos serán fi nanciados íntegramente por el GAFISUD y la OTA, no irrogando gasto alguno a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese y comuníquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones 117574-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONSEJO Nº 069-2007-CR/GRL Mediante O fi cio Nº 0777-2007-GRL-SGRAJ, el Gobierno Regional de Lima solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Consejo Nº 069-2007-CR/GRL, publicada en nuestra edición del día 26 de setiembre de 2007. DICE: VISTOS: El pedido del señor Consejero Regional por la Provincia de Cañete, ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, respecto a disponer también de los recursos correspondientes a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión provenientes del canon, sobrecanon y regalías mineras con el fi n de destinarlo a la asistencia y ayuda de la población damni fi cada de las provincias de Cañete y Yauyos, como consecuencia del sismo del 15 de agosto del 2007; DEBE DECIR: VISTOS: El pedido del Señor Consejero Regional por la Provincia de Cañete, Ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, respecto al incremento presupuestal en el marco de la Ley 29076 de lo aprobado por Acuerdo de Consejo Nº 060-2007-CR/GRL, por existir mayores recursos recaudados por concepto de canon, sobrecanon y regalías mineras, incluido también el 20% del canon a transferirse a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, con el fi n de destinarlos exclusivamente a la asistencia y ayuda de la población damni fi cada por dicho desastre natural, así como a la reconstrucción, rehabilitación y reparación de la infraestructura afectada; DICE: Artículo Primero.- REMITIR el pedido del Consejero Regional por la Provincia de Cañete, ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, respecto a disponer también de los recursos correspondientes a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión provenientes del canon, sobrecanon y regalías mineras con el fin de destinarlo a la asistencia y ayuda de la población damnificada de las provincias de Cañete y Yauyos, como consecuencia del sismo del 15 de agosto del 2007, a la Comisión Ordinaria de Planificación Estratégica, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y Administración y Adjudicación de tierras de propiedad del Estado, que esta presidida por la Consejera Regional, doctora Marianela Teresa Junco Barrera e integrada por los Consejeros Tito Germán Hurtado Ruiz e ingeniero Santos Tomás Quispe Murga. DEBE DECIR: Artículo Primero.- REMITIR a la Comisión Ordinaria de Planificación Estratégica, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y Administración y Adjudicación de tierras de propiedad del Estado, que esta presidida por la Consejera Regional, doctora Marianela Teresa Junco Barrera e integrada por los Consejeros Tito Germán Hurtado Ruiz e ingeniero Santos Tomás Quispe Murga, el pedido del Consejero Regional por la Provincia de Cañete, Ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, respecto al incremento presupuestal en el marco de la Ley 29076 de lo aprobado por Acuerdo de Consejo Nº 060-2007-CR/GRL, por existir mayores recursos recaudados por concepto de canon, sobrecanon y regalías mineras, incluido también el 20% del canon a transferirse a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión, con el fin de destinarlos exclusivamente a la asistencia y ayuda de la población damnificada por dicho desastre natural, así como a la reconstrucción, rehabilitación y reparación de la infraestructura afectada. 117404-1