Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2007 (08/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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B. RELACIONADAS CON LAS COMPATIBILIDADES DE USO

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 8 de octubre de 2007

B.5 En zonas calificadas como Vivienda Taller, se permitira el uso mixto de vivienda con otras actividades que se senalen en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, en lotes existentes con area igual o mayor de 120 m2. En nuevas habilitaciones se exigira el lote minimo de 180 m2. B.6 En las zonas Vivienda Taller se aceptara la permanencia de aquellos establecimientos exclusivamente industriales que actualmente existen, los cuales deberan adecuarse a las condiciones de funcionamiento y plazos que defina la MML a traves del Organo competente, en coordinacion con el Municipio Distrital. No se permitira la localizacion de nuevos establecimientos industriales. B.7 Los predios con calificacion Residencial, ubicados con frente a un Centro Comercial en funcionamiento y separados por calles locales, son compatibles con actividades comerciales, artesanales a pequena escala y oficinas administrativas, segun el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas correspondiente al nivel de Comercio Vecinal (CV). ESPECIFICA 1. Los lotes ubicados en la terraza superior del malecon que da frente al mar, MORDAZA No Monumental de los Distritos de Barranco y Chorrillos, tendran una altura MORDAZA de edificacion de 12 pisos y los proyectos deberan estar sustentados en estudios geotecnicos.

B.1 Cuando concluyan sus actividades educativas o de salud, los predios zonificados con Uso Educativo (E1, E2) o de Salud (H1, H2) podran optar por el uso residencial que corresponda a la MORDAZA, sin requerir de Cambio Especifico de Zonificacion cuando concluyan sus actividades educativas o de salud. B.2 En las Zonas Residenciales de Densidad Media o Alta (RDM o RDA), como uso complementario a la vivienda, se permitiran en el primer piso de edificaciones unifamiliares, oficinas administrativas y actividades artesanales a pequena escala, que ocupen hasta un MORDAZA del 35% del area del lote y con las actividades especificas compatibles senaladas en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas. B.3 En Zonas RDM y RDA ubicadas con frente a avenidas, se permitiran actividades comerciales y oficinas administrativas en el primer piso de edificaciones multifamiliares, siempre y cuando estas cuenten con ambientes especialmente disenados para tal fin y tengan acceso independiente desde la calle. B.4 Las viviendas unifamiliares existentes en Zonas Residenciales de Densidad Alta (RDA) con frente a vias metropolitanas o avenidas con separador central, podran destinar el 100% de la edificacion al funcionamiento de actividades administrativas o comerciales compatibles que se senalan en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas.

ANEXO Nº 03
CUADRO Nº 02 RESUMEN DE ZONIFICACION COMERCIAL AREA DE TRATAMIENTO II MORDAZA ALTURA EDIFICACION CM Comercio Metropolitano 1.5 (a+r) USO RESIDENCIAL COMPATIBLE RDA TAMANO DE LOTE Existente o Segun Proyecto CZ Comercio Zonal 1.5 (a+r) RDA - RDM Existente SegunProyecto CV (1) (2) (3) (4) Comercio Vecinal 5 pisos (1) RDM Existente o Segun Proyecto AREA LIBRE ESTACIONAMIENTO (3) No exigible para uso comercial Los pisos destinados a vivienda dejaran el area libre que se requiere segun el uso residencial compatible 1 cada 50 m2 (4) Se permitira hasta 7 pisos de altura en lotes mayores de 200 m2 ubicados frente a Avenidas con ancho mayor a 25 ml. Hasta 6 pisos de altura en lotes mayores a 200m2 con frente a avenidas con ancho entre 20 ml y 25 ml.,si se combina con el uso residencial o se destina a uso exclusivamente residencial. Se permitira utilizar hasta el 100% del area de los lotes comerciales para uso residencial El requerimiento de estacionamiento para establecimientos especiales se regira por lo senalado en las Especificaciones Normativas Las Municipalidades Distritales podran proponer requerimientos de estacionamiento distintos al senalado en el presente cuadro, para su ratificacion por la Municipalidad de Lima. 1 cada 50 m2 (4) 1 cada 50 m2 (4)

ANEXO Nº 03
CUADRO Nº 01 RESUMEN DE ZONIFICACION RESIDENCIAL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO II MORDAZA USOS PERMITIDOS Residencial de Densidad Baja RDB Unifamiliar Multifamiliar Residencial de Densidad Media Multifamiliar 200 10 Multifamiliar 120 120 150 6 6 8 Unifamiliar Multifamiliar LOTE MINIMO (m2) 200 200 FRENTE MINIMO (ml) 10 10 ALTURA DE EDIFICACION MORDAZA (pisos) 3 4 5 (1) 3 3 4 5 (1) 5 35% 1 cada 1.5 viv 30% 30% 35% 1 cada1.5 viv 1 cada 1.5 viv 30% 35% 1 cada 1.5 viv AREA LIBRE MINIMA ESTACIONAMIENTO MINIMO

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