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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (08/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de octubre de 2007 355104 B. RELACIONADAS CON LAS COMPATIBILIDADES DE USO B.1 Cuando concluyan sus actividades educativas o de salud, los predios zoni fi cados con Uso Educativo (E1, E2) o de Salud (H1, H2) podrán optar por el uso residencial que corresponda a la zona, sin requerir de Cambio Especí fi co de Zoni fi cación cuando concluyan sus actividades educativas o de salud. B.2 En las Zonas Residenciales de Densidad Media o Alta (RDM o RDA), como uso complementario a la vivienda, se permitirán en el primer piso de edi fi caciones unifamiliares, o fi cinas administrativas y actividades artesanales a pequeña escala, que ocupen hasta un máximo del 35% del área del lote y con las actividades especí fi cas compatibles señaladas en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. B.3 En Zonas RDM y RDA ubicadas con frente a avenidas, se permitirán actividades comerciales y ofi cinas administrativas en el primer piso de edi fi caciones multifamiliares, siempre y cuando éstas cuenten con ambientes especialmente diseñados para tal fi n y tengan acceso independiente desde la calle. B.4 Las viviendas unifamiliares existentes en Zonas Residenciales de Densidad Alta (RDA) con frente a vías metropolitanas o avenidas con separador central, podrán destinar el 100% de la edi fi cación al funcionamiento de actividades administrativas o comerciales compatibles que se señalan en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas.B.5 En zonas cali fi cadas como Vivienda Taller, se permitirá el uso mixto de vivienda con otras actividades que se señalen en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas, en lotes existentes con área igual o mayor de 120 m2. En nuevas habilitaciones se exigirá el lote mínimo de 180 m2. B.6 En las zonas Vivienda Taller se aceptará la permanencia de aquellos establecimientos exclusivamente industriales que actualmente existen, los cuales deberán adecuarse a las condiciones de funcionamiento y plazos que de fi na la MML a través del Órgano competente, en coordinación con el Municipio Distrital. No se permitirá la localización de nuevos establecimientos industriales. B.7 Los predios con calificación Residencial, ubicados con frente a un Centro Comercial en funcionamiento y separados por calles locales, son compatibles con actividades comerciales, artesanales a pequeña escala y oficinas administrativas, según el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas correspondiente al nivel de Comercio Vecinal (CV). ESPECIFICA1. Los lotes ubicados en la terraza superior del malecón que da frente al mar, Zona No Monumental de los Distritos de Barranco y Chorrillos, tendrán una altura máxima de edifi cación de 12 pisos y los proyectos deberán estar sustentados en estudios geotécnicos. ANEXO Nº 03 CUADRO Nº 02 RESUMEN DE ZONIFICACION COMERCIAL AREA DE TRATAMIENTO II ZONA ALTURA USO RESIDENCIAL COMPATIBLETAMAÑO DE LOTEAREA LIBRE ESTACIONAMIENTO (3)EDIFICACIÓN CM Comercio Metropolitano 1.5 (a+r) RDA Existente o No exigible para uso 1 cada 50 m2 Según Proyecto comercial (4) Los pisos destinados a CZ Comercio Zonal 1.5 (a+r) RDA - RDM Existente vivienda dejarán el área 1 cada 50 m2 SegúnProyecto libre que se requiere (4) según el uso CV Comercio Vecinal 5 pisos (1) RDM Existente o residencial compatible 1 cada 50 m2 Según Proyecto (4) (1) Se permitirá hasta 7 pisos de altura en lotes mayores de 200 m2 ubicados frente a Avenidas con ancho mayor a 25 ml. Hasta 6 pisos de altura en lotes mayores a 200m2 con frente a avenidas con ancho entre 20 ml y 25 ml.,si se combina con el uso residencial o se destina a uso exclusiva mente residencial. (2) Se permitirá utilizar hasta el 100% del área de los lotes comerciales para uso residencial(3) El requerimiento de estacionamiento para establecimientos especiales se regirá por lo señalado en las Especi fi caciones Normativas (4) Las Municipalidades Distritales podrán proponer requerimientos de estacionamiento distintos al señalado en el presente cuadr o, para su rati fi cación por la Municipalidad de Lima. ANEXO Nº 03 CUADRO Nº 01 RESUMEN DE ZONIFICACION RESIDENCIAL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO II ZONA USOS LOTE FRENTE ALTURA DE AREA LIBRE ESTACIONAMIENTO PERMITIDOS MINIMO MINIMO EDIFICACION MINIMA MINIMO (m2) (ml) MÁXIMA (pisos) Residencial de Unifamiliar 200 10 3 30% Densidad Baja Multifamiliar 200 10 4 35% 1 cada 1.5 viv RDB 5 (1) Unifamiliar 120 6 3 30% 1 cada 1.5 viv Multifamiliar 120 6 3 30% Residencial Multifamiliar 150 8 4 35% 1 cada1.5 viv de Densidad 5 (1) Media Multifamiliar 200 10 5 35% 1 cada 1.5 viv