Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2007 (08/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 8 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES
USOS PERMITIDOS (m2) (ml) 6 (1) 10 7 (1) 20 8 10 10 25 8 1.5 (a+r) (3) 1.5 (a+r) 3 (2) 8 40% 35% 35% 40% 50% 6 35% MORDAZA (pisos) MINIMO MINIMO EDIFICACION MINIMA LOTE FRENTE ALTURA DE AREA LIBRE MINIMO

355105
ESTACIONAMIENTO

MORDAZA

RDM Multifamiliar Conjunto Residencial Vivienda-Taller VT Multifamiliar Residencial de Densidad Alta Conjunto Residencial 2500 Multifamiliar 450 300 Multifamiliar Unifamiliar y 180 1600 300

1 cada 1.5 viv 1 cada 1.5 viv 1 cada 1.5 viv 1 cada 1.5 viv 1 cada 1.5 viv 1 cada 1.5 viv

(1) Frente a Parques y Avenidas con ancho mayor de 20 mts. (2) Si se destina el lote a uso de vivienda exclusivamente, se podra construir hasta la altura senalada para el uso Residencial de Densidad Media en el presente Cuadro, segun tamano del lote y ubicacion (3) Frente a Avenidas con ancho mayor de 20 mts. Frente a Parques se permitira hasta 15 pisos. En vias locales hasta 10 pisos Notas: a. Se considera un area minima de 75 m2 para departamentos de 3 dormitorios. Se podran incluir departamentos de 2 y 1 dormitorio con areas y en porcentajes a definir. Se contara como dormitorio todo ambiente cuyas dimensiones permitan dicho uso. b. En Zonas Residenciales se podra construir vivienda unifamiliar en cualquier lote superior a 90 m2 c. En las zonas calificadas como Vivienda Taller (VT), en lotes existentes con un area minima de 120 m2 se permitira el uso mixto de vivienda con otras actividades urbanas, segun el Indice de Usos y Niveles Operacionales En MORDAZA de Vivienda Taller se permitira la permanencia de aquellos establecimientos exclusivamente industriales que actualmente existen, los cuales deberan adecuarse a las condiciones de funcionamiento y plazos que se definan para tal efecto. No se permitiran nuevos establecimientos industriales. d. Las Municipalidades Distritales podran proponer requerimientos de estacionamiento distintos al senalado en el presente Cuadro, para su ratificacion por la MML.

117739-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Convenio sobre Facilidades Especiales de MORDAZA y Circulacion para el personal, equipos, maquinaria y vehiculos de los proyectos binacionales del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/230, comunica

que el "Convenio sobre Facilidades Especiales de MORDAZA y Circulacion para el personal, equipos, maquinaria y vehiculos de los proyectos binacionales del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza", formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota RE (GAB) Nº 6/9 y Nota Nº 7129-GM/SSNDF/PBDRF, MORDAZA de fecha 22 de febrero de 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 048-2007-RE, de fecha 11 de setiembre de 2007, publicado el 12 de setiembre de 2007, entro en vigencia el 22 de febrero de 2007. 116631-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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