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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (23/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de octubre de 2007 355877 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por EDPYME EDYFICAR solicitando autorización de esta Superintendencia para el traslado de su ofi cina principal ubicada en el distrito de Mirafl ores, provincia de Lima, departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, en sesión ordinaria de Directorio de fecha 27.08.07 se aprobó el traslado de domicilio de su ofi cina principal; Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifi can el traslado de domicilio solicitado de su ofi cina principal, habiéndose cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgànica de la Superintendencia de Banca y Seguros-Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME 0118-2005 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005 y de la Resolución SBS Nº 1162-2007 del 16.08.07; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Edyfi car el traslado de su ofi cina principal ubicada en Av. General Córdova Nº 591, Urb. Santa Cruz, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima hacia Paseo de la República Nºs. 3717, 3705 y 3715 y Calle Manuel Gonzáles Olaechea Nº 408 Urb. Limatambo, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Bancay Microfi nanzas (e) 123039-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Designan Director de la Dirección de Proyectos de PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR EJECUTIVO Nº 081-2007 Lima, 19 de octubre de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660, se determina la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, como organismo público descentralizado adscrito al sector economía y fi nanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2006-EF, en su inciso 5 establece la facultad del Director Ejecutivo para aprobar la estructura y organización interna de la institución, designar a sus empleados de confi anza y nombrar a sus funcionarios, autorizar la contratación del personal así como asignar sus funciones y competencias;Que, mediante Resolución del Director Ejecutivo Nº 059-2007 de fecha 29 de agosto de 2007, se encargó al señor Alex Roberto Albújar Cruz, a partir del 1 de setiembre de 2007, la Dirección de Proyectos de PROINVERSIÓN; Que, resulta necesario dar por concluido dicho encargo y efectuar la designación defi nitiva; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar, al señor Alex Roberto Albújar Cruz, a partir del 22 de octubre de 2007, como Director de la Dirección de Proyectos de PROINVERSIÓN. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las Resoluciones del Director Ejecutivo Nº 037-2007 y Nº 059-2007, con efectividad al 22 de octubre de 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDIN Director Ejecutivo 122864-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Institucionalizan la conmemoración del Día Mundial de la Mujer Rural, en el ámbito del Gobierno Regional Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2007-CR-GRH. Huánuco, 15 de octubre del 2007EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. POR TANTO:Visto, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 10 de octubre del 2007, el dictamen Nº 009-2007-CPDS-GRH, de la Comisión Permanente de Desarrollo Social, relacionado a la “...Conmemoración del día Mundial de la Mujer Rural”, en el Ámbito del Gobierno Regional Huánuco; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º, 5º de la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, encontrándose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los artículos 15º, 16º y 17º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, expresan su decisión sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional mediante Acuerdos de Consejo Regional; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 60º Inc. f) y g) de la Ley Nº 27867-Orgánica de los Publicación Digital elaborada en Editora Perú Publicada en www.elperuano .com.pe Descargue la Versión Oficial desde www.elperuano .com.pe