Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2007 (23/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 23 de octubre de 2007

Publicada en www.elperuano.com.pe

6.4 Una vez aprobado el PMIP Regional o Local, la OPI comunica a la Oficina de Presupuesto, o al organo que haga sus veces, del Gobierno Regional o Gobierno Local, la relacion de los proyectos priorizados a ser incorporados en el presupuesto del Sector Publico del siguiente ano fiscal. Articulo 7º.- De la MORDAZA del PMIP Regional o Local. La OPI del Gobierno Regional o del Gobierno Local presenta el PMIP debidamente aprobado, bajo responsabilidad, a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico (DGPM), durante la fase de formulacion presupuestaria. Articulo 8º.- De la Publicacion del Programa Multianual de Inversion Publica. El Programa Multianual de Inversion Publica aprobado por el Organo Resolutivo sera publicado en la pagina web del Gobierno Regional o del Gobierno Local, segun corresponda. Los Gobiernos Locales que carezcan de pagina web realizaran la citada publicacion en carteles impresos ubicados en su local institucional. Articulo 9º.- De la revision y actualizacion del Programa Multianual de Inversion Publica. Hasta el treinta (30) de junio de cada ano, la OPI del Gobierno Regional y la OPI del Gobierno Local, en coordinacion con las entidades y empresas adscritas o que pertenecen a estos, revisan y actualizan el PMIP, considerando el siguiente ano fiscal como primer ano del periodo del PMIP. Una vez efectuada dicha actualizacion, es remitida a la DGPM por la OPI del Gobierno Regional o del Gobierno Local. Las modificaciones que se realicen al interior del PMIP aprobado por el Organo Resolutivo, deberan estar debidamente sustentadas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- PMIP 2009-2011 La presente Directiva sera de aplicacion a partir de los PMIP para el periodo 2009-2011, para lo cual las OPI de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales coordinaran con las entidades y empresas pertenecientes o adscritas a estos. Segunda.- Evaluacion de calidad de los PMIP La DGPM efectuara evaluaciones muestrales, con periodicidad anual sobre la calidad de los PMIP de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, estos ultimos sujetos al SNIP. La DGPM solicitara a las OPI de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la informacion que considere pertinente sobre los Programas Multianuales de Inversion Publica. Tercera.- Aplicacion a los Gobiernos Locales La presente Directiva sera de aplicacion a los Gobiernos Locales que se senalan a continuacion:
DEPARTAMENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PASCO MORDAZA MORDAZA TACNA TACNA PROVINCIA CASMA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANCHIS MORDAZA ESPINAR HUARAL MAYNAS ILO MUNICIPALIDAD MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MARISCAL MORDAZA MORDAZA PASCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO PAITA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA TALARA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA BASADRE MORDAZA BASADRE TACNA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA

Los Gobiernos Locales no senalados en la presente Disposicion, asi como las entidades o empresas pertenecientes o adscritas a mas de un Gobierno Local, aplicaran la presente Directiva de manera referencial. 123168-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Reglamento de la Ley de Promocion del Uso Eficiente de la Energia
DECRETO SUPREMO Nº 053-2007-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 8 de setiembre de 2000, fue publicada la Ley Nº 27345, Ley de Promocion del Uso Eficiente de la Energia, mediante la cual se declara de interes nacional la promocion del Uso Eficiente de la Energia (UEE) para asegurar el suministro de energia, proteger al consumidor, fomentar la competitividad de la economia nacional y reducir el impacto ambiental negativo del uso y consumo de los energeticos; Que, es necesario emitir las normas reglamentarias para la mejor aplicacion de la citada MORDAZA legal; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de la Ley de Promocion del Uso Eficiente de la Energia Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 27345, Ley de Promocion del Uso Eficiente de la Energia, que consta de seis Titulos, doce (12) articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, tres (03) Disposiciones Transitorias y un (01) Anexo de Definicion de Terminos, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas, y entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas REGLAMENTO DE LA LEY DE PROMOCION DEL USO EFICIENTE DE LA ENERGIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto La presente MORDAZA tiene por objeto reglamentar las disposiciones para promover el uso eficiente de la energia en el MORDAZA contenidas en la Ley Nº 27345, Ley de Promocion del Uso Eficiente de la Energia. El uso eficiente de la energia contribuye a asegurar el suministro de energia, mejorar la competitividad del MORDAZA, generar saldos exportables de energeticos, reducir el impacto ambiental, proteger al consumidor y fortalecer la toma de conciencia en la poblacion sobre la importancia del Uso Eficiente de la Energia (UEE). Articulo 2º.- Referencia legal y reglamentaria Cuando en el texto del presente Reglamento se indique el termino "Ley", se debe entender como referido

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