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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (25/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2007 355980 legajo personal de cada servidor copia de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 124248-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran aprobada transferencia y reconocen a Studio Stereo S.A.C. como titular de la autorización otorgada mediante R.VM. Nº 654-2002-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 780-2007-MTC/02 Lima, 15 de octubre del 2007 VISTA, la solicitud registro Nº 2005-028237 del 6 de diciembre de 2005, presentada por la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L., sobre aprobación para transferir la autorización que le fue otorgada para prestar del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima, a favor de la empresa STUDIO STEREO S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 654-2002- MTC/03 del 11 de diciembre de 2002, se otorgó a la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L., hasta el 20 de junio de 2008, autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito de Mala, provincia de Cañete, departamento de Lima; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión concordado con el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidas, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, se ha verifi cado que la autorización otorgada a la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L., cumple con las condiciones para que opere la transferencia de la autorización, establecidas en el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, y que el adquirente, la empresa STUDIO STEREO S.A.C., sus accionistas y representante legal, no incurren en las causales de denegatoria establecidas en el artículo 23º de la Ley de Radio y Televisión para que se deniegue la aprobación de la transferencia realizada a su favor y no se encuentran comprendidos en los impedimentos establecidos en el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, de acuerdo a sus declaraciones juradas presentadas. Asimismo, se ha verifi cado que la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L. no tiene deudas con este Ministerio y el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 74º del acotado reglamento; Que, habiendo transcurrido el plazo máximo establecido en el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión e invocado el silencio administrativo positivo, por parte de la empresa STUDIO STEREO S.A.C., con escrito registro P/D Nº 055314, la solicitud presentada por la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L., ha quedado aprobada, en virtud de haberse confi gurado el silencio administrativo positivo a que se refi ere dicho artículo; Que, de acuerdo al Informe Nº 1631-2006-MTC/17.01. ssr de la entonces Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones y al Informe Nº 0364-2007-MTC/28 de la Dirección de General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, corresponde declarar aprobada la transferencia de la autorización solicitada por la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L. a favor de la empresa STUDIO STEREO S.A.C. y reconocer a esta última como titular de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 654-2002-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, así como de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; Que, mediante Memorándum Nº 109-2007-MTC/01 de fecha 4 de octubre de 2007, se dispuso que el Viceministro de Transportes conozca el procedimiento de transferencia de la autorización otorgada a la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L. mediante Resolución Viceministerial Nº 654-2002-MTC/03 a favor de la empresa STUDIO STEREO S.A.C., en atención a la abstención formulada por la Viceministra de Comunicaciones y de acuerdo al artículo 90º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 De conformidad con la Ley de Radio y Televisión-Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley Nº 27444, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar aprobada la transferencia y reconocer a la empresa STUDIO STEREO S.A.C. como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 654-2002-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, que fueron otorgadas a la empresa RADIODIFUSORA IMPERIAL E.I.R.L., asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS PUGA POMAREDA Viceministro de Transportes 123439-1 Otorgan autorización a Televisión Nacional Peruana S.A.C. para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en la localidad de Tacna RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 789-2007-MTC/03 Lima, 18 de octubre de 2007VISTO, el Escrito Registro Nº 09676002, del 16 de julio de 1999, presentado por la empresa TELEVISIÓN NACIONAL PERUANA S.A. (hoy Televisión Nacional Peruana S.A.C.), sobre otorgamiento de autorización por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión por televisión comercial en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Tacna; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Viceministerial Nº 242-98- MTC/15.03, del 3 de setiembre de 1998, se otorgó a la empresa TELEVISIÓN NACIONAL PERUANA S.A.C., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión por televisión comercial en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Tacna, resolución que fue publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de setiembre de 1998; Que, mediante Escrito con Registro Nº 09676002, la empresa TELEVISIÓN NACIONAL PERUANA S.A.C., solicita la inspección técnica de su estación de radiodifusión