NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (06/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 63
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2007 352721 agosto de 2007 alcanza a la Sub Gerencia de Abastecimiento el sustento Técnico para la ejecución de la Exoneración para Adquirir el producto de Leche Evaporada y Cereal Enriquecido Azucarado para los bene fi ciarios del Programa del Vaso de Leche, debido a que la Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2007-PVL-MPPI se encuentra suspendida a la espera de su pronunciamiento por el CONSUCODE, presentado el 06 de Junio de 2007, señalando que esta situación va generar que la O fi cina de Programas Sociales no cuenten con la disponibilidad de dichos alimentos para atender la necesidad y requerimiento de los bene fi ciarios, convirtiéndose en una condición de suma urgencia el proveer oportunamente los alimentos a fi n de evitar el desabastecimiento inminente. Asimismo, señala que el periodo de atención para cubrir las necesidades sería de cuatro meses aproximadamente, considerando el tiempo en que el Consejo Superior de Contrataciones del Estado –CONSUCODE- emita el Pronunciamiento fi nal correspondiente y el cumplimiento de la programación del calendario del proceso hasta el término del mismo, en este sentido el suministro total ha proveerse asciende a la adquisición de 18, 030 tarros de leche evaporada por 410 grs cada uno y 9, 015 bolsas de Cereal Enriquecido Azucarado por un kilogramo cada uno y comprende los meses de abril a Julio del 2007 inclusive, recalcando que la O fi cina de Programas Sociales cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para cubrir el costo del producto. Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de esta Municipalidad mediante su respectivo Informe señala que existe en la previsión presupuestal 2007 para el programa del Vaso de Leche la existencia de la disponibilidad presupuestal de la Actividad Asistencia de Alimentos a los Bene fi ciarios del Programa del Vaso de Leche, 01; Tarea Especí fi ca de Gasto: 5.3.11.24 Alimento de Personas. Que, la O fi cina de Asesoría Legal, mediante Informe Legal Nº 082-2007-AL-MPPI y el Informe Legal Nº 095-2007-AL-MPPI, y teniendo en cuenta el Informe Nº 065-2007-PS-PVL de fecha 16 de agosto de 2007 de la O fi cina de Programas Sociales así como lo estipulado en el artículo 4.1) de la Ley Nº 27470 “Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche”, que establece que el Programa mencionado deberá cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio de los siete días a la semana a los niños, para tal efecto, en los procesos de selección de proveedores, se deberá tener en cuenta criterios de evaluación mínimos, valores nutricionales, condiciones de procesamiento, porcentaje de componentes nacionales, experiencia y referencia de los consumidores bene fi ciarios del Programa, en este contexto la citada O fi cina de Programas Sociales y Asesoría Legal considera que resulta atendible el pedido de exoneración de proceso de selección solicitado al encontrarse éste previsto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S Nº 083-2004-PCM., y su Reglamento. De conformidad con lo opinado por la O fi cina de Asesoría Legal en su Informe Nº 082-2007-AL-MPPI y 095-2007-AL-MPPI; así como la O fi cina de Programas Sociales Programa del Vaso de Leche de su Informe Nº 065-2007-PS-PVL y por las consideraciones invocadas. Que, estando a lo indicado en el artículo 5º, 6º, 9º, 39º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y estando al Acuerdo señalado en la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 035-2007 de fecha 22 de agosto de 2007. ACORDÓ:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente hasta por 90 días al suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Puerto Inca, para lo cual deberán de iniciarse las acciones administrativas que correspondan a fi n de dejar claramente establecido la urgencia del suministro de los productos alimenticios. Artículo Segundo.- Exonerar el Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente para la Adquisición de 18, 030 tarros de leche evaporada por 410 gramos cada uno y 9, 015 bolsas de cereal enriquecido azucarado por un kilo cada uno, en cumplimiento de lo dispuesto por el Texto Único Ordenando de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM.,su Reglamento y demás Normas Legales emitidas para tal efecto.Artículo Tercero.- Se precisa que el valor referencial de la Adquisición asciende en total a la suma de S/. 77, 529.00 (Setenta y siete Mil quinientos Veintinueve y 00/100 Nuevos Soles) el mismo que será fi nanciado con cargo a los recursos asignados al Presupuesto 2007 de la Municipalidad Provincial de Puerto Inca a la O fi cina de Programas Sociales, Programa del Vaso de Leche. Artículo Cuarto.- Encargar a la O fi cina de Secretaría General publicar en el Diario O fi cial El Peruano el presente Acuerdo de Concejo en cumplimiento del inciso c) del artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y artículo 147º de su Reglamento. Artículo Quinto.- Encargar a la O fi cina de Secretaría General remitir copia del presente Acuerdo y de los Informes que lo sustentan de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y de Programas Sociales, Programa del Vaso de Leche, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Artículo Sexto.- Sin perjuicio de lo antes expuesto, se deja establecido que los funcionarios encargados del procedimiento de exoneración, bajo responsabilidad y en resguardo de los intereses de la Municipalidad Provincial de Puerto Inca, deberán adquirir estos alimentos, buscando la mejor calidad y mejor precio de los mismos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MELANIO L. NÚÑEZ VERA Alcalde 104561-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALLANCA Exoneran de proceso de selección la ejecución del Proyecto “Ampliación cambio de Red Eléctrica distrito de Huallanca”, mejoramiento y remodelación de redes ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2007/MDH Huallanca, 29 de agosto del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALLANCA, PROVINCIA DE BOLOGNESI, REGIÓN ANCASH VISTO: El Acuerdo de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 020-2007-MDH de fecha 29 de agosto del 2007, que consta en el Acta luego de la lectura y debatido el Informe Técnico Nº 01-2007-LNM-JURD-MDHCA., y el Informe Legal Nº 001-2007-AJMDH/A. CONSIDERANDO: Que, según el Art. 194º de la Constitución Política del Estado y su Modi fi catoria por Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades tiene Autonomía, Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia; Corresponde al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras y al Alcalde, las funciones ejecutivas (Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades); Que, la división de Desarrollo Urbano y Rural, mediante el Informe Técnico Nº 01-2007-LNM-JURD-MDHCA. Solicita en declarar en SITUACIÓN DE URGENCIA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “AMPLIACIÓN CAMBIO DE RED ELECTRICA DISTRITO DE HUALLANCA” Mejoramiento de la Red Primaria en 10 KW y Remodelación de las Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias de las SUBESTACIONES 03, 04, 05 Y 06, Obra Programada para el Ejercicio 2007 para el distrito de Huallanca – Bolognesi – Ancash;