NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (06/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 59
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2007 352717 Distrital de Lince, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Gerente Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de Lince: www.munilince.gob.pe POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 104415-2 Aprueban Directiva que dispone obligación de presentar Declaración Jurada de Información Complementaria para la Determinación de las Tasas por Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 11-2007 Lince, 5 de setiembre de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO:El Informe Nº 061-2007-MDL-OAT de la O fi cina de Administración Tributaria y el VºBº de la Gerencia Municipal: CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional estableció a través de la Sentencia recaída en el Expediente Nº 0053-2004-TC/PI, criterios básicos para la distribución del costo que demanda la prestación de los arbitrios municipales; Que, de las coordinaciones con el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, en relación con los datos del número de habitantes por predio se ha recepcionado una negativa formal respecto al acceso a terceros de contar con esta información; Que, en virtud a ello, y de manera complementaria resulta oportuno que los propios contribuyentes proporcionen información a la Administración Tributaria, que nos permita mejorar la determinación de los arbitrios municipales en este ítem; situación similar que se viene efectuando en otras municipalidades como la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de una Declaración Jurada de Información Complementaria para la determinación de la tasa de Arbitrios Municipales (Acuerdo de Consejo Directivo Nº 57-2007-CD-SAT); Que, teniendo en cuenta que el articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario señala que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, el cual podrá constituir la base de la determinación de la obligación tributaria; de lo cual se desprende que las declaraciones pueden ser o no determinativas para las obligaciones tributarias; Que estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva que establece la Obligación de Presentar Declaración Jurada de Información Complementaria para la Determinación de las Tasas por Arbitrios Municipales en la Jurisdicción de Lince, cuya regulación forma parte del presente Decreto de Alcaldía, y consta de seis (6) artículos y tres (3) Disposiciones Finales.Artículo Segundo.- Encargar a la O fi cina de Administración Tributaria, O fi cina de Tecnología de Información y Procesos y O fi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 104416-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 194-2007-MDL Mediante O fi cio Nº 100-2007-MDL-SG, la Municipalidad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 194-2007-MDL, publicada en nuestra edición del día 28 de agosto de 2007. EN EL ARTICULO QUINTODICE: LÍMITES DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL PERMISIBLES ZONIFICACION DIURNO DE 07:01 A 22:00 HRSNOCTURNO DE 22:01 A 07:00 HRS INDUSTRIAL 80 DECIBELES 60 DECIBELES (...) DEBE DECIR: LÍMITES DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL PERMISIBLES ZONIFICACION DIURNO DE 07:01 A 22:00 HRSNOCTURNO DE 22:01 A 07:00 HRS INDUSTRIAL 80 DECIBELES 70 DECIBELES (...) 104419-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban Estructura Orgánica, Regla- mento de Organización y Funciones y Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA Nº 276-CDLO Los Olivos, 5 de septiembre de 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 011-2007-MDLO/CAL de la Comisión Permanente de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, el Art. IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 contempla que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, siendo que el Art. X señala que promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la