NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2007 353078 El Poder Ejecutivo de fi nirá, progresivamente, las entidades públicas, y los programas, actividades y proyectos que incorporen en la evaluación presupuestal dicha incidencia.” Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los siete días del mes de setiembre de dos mil siete. LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República ALDO ESTRADA CHOQUE Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de setiembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 107147-1 LEY Nº 29084 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2007, DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ZONAS ESPECIALES DE DESARROLLO AL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Artículo 1º.- Autorización de Transferencias de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 585 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En nuevos soles) SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL Comisión Nacional de Zonas PLIEGO 0204 : Especiales de Desarrollo FUNCIÓN 11 : Industria, Comercio y Servicios PROGRAMA 003 : Administración SUBPROGRAMA 0006 : Administración General FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados ACTIVIDAD 1 000267 : Gestión Administrativa 5 GASTOS CORRIENTES 1 149 166,00 1 Personal y Obligaciones Sociales 556 043,00 3 Bienes y Servicios 525 923,00 4 Otros Gastos Corrientes 67 200,00 1 023048 : Supervisión de los CETICOS y Zonas Francas5 GASTOS CORRIENTES 435 834,00 1 Personal y Obligaciones Sociales 317 034,00 3 Bienes y Servicios 118 800,00 TOTAL EGRESOS 1 585 000,00 A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección General de Administración – MINCETUR FUNCIÓN 11 : Industria, Comercio y Servicios PROGRAMA 040 : Comercio SUBPROGRAMA 0110 : Promoción Externa del Comercio FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados ACTIVIDAD 1 000485 : Supervisión y Control 5 GASTOS CORRIENTES 1 585 000,00 1 Personal y Obligaciones Sociales 873 077,00 3 Bienes y Servicios 644 723,00 4 Otros Gastos Corrientes 67 200,00 TOTAL EGRESOS 1 585 000,00 Artículo 2º.- Obligación de desagregar las Transferencias de Partidas Los pliegos habilitador y habilitado, comprendidos en el presente dispositivo, desagregan, en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo 1º, a nivel de categoría del ingreso, genérica del ingreso, subgenérica del ingreso y especí fi ca del ingreso. Los citados anexos son presentados a la Dirección Nacional del Presupuesto Público dentro de los cinco (5) días siguientes a la aprobación del presente dispositivo. Los gastos se desagregarán mediante resolución del Titular del Pliego a nivel de actividad, proyecto y genérica del gasto. La citada resolución se remite, a los cinco (5) días de aprobada la presente norma, a los organismos señalados en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 3º.- Codi fi caciones La O fi cina de Presupuesto de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.- Notas de modi fi cación presupuestaria Las O fi cinas de Presupuesto, o las que hagan sus veces en los Pliegos comprometidos, instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Para los efectos de la aplicación de la Transferencia dispuesta en el artículo 1º, delégase al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2007, autorizado mediante Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, correspondiente al Pliego Comisión Nacional de Zonas Especiales de Desarrollo, dentro de los cinco (5) días calendario, a partir de la vigencia de la presente Ley y de la aprobación de la desagregación de la Transferencia de Partidas del Pliego habilitador, autorizada por la presente Ley. Copia de la resolución de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura será remitida, dentro del mencionado plazo, a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los siete días del mes de setiembre de dos mil siete. LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República ALDO ESTRADA CHOQUE Primer Vicepresidente del Congreso de la República