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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2007 353081 Exoneran a la Municipalidad Distrital de Vista Alegre, provincia de Nasca de los alcances de prohibición a que se refiere la Ley Nº 28927 para la adquisición de vehículo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 164-2007-PCM Lima, 11 de setiembre de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 281-2007-MDVA el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Vista Alegre, provincia de Nasca solicita trámite de exoneración de la prohibición para la adquisición de vehículos, establecida en el literal c) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, con la fi nalidad que le permita adquirir Una (1) Camioneta 4x4 Doble Cabina, la cual se incorporará a la fl ota existente, a efectos de supervisar las obras del distrito; Que, de acuerdo con el Informe Nº 045-2007-MDVA- Presupuesto de fecha 24.7.2007, que forma parte del Ofi cio antes citado, la O fi cina responsable de Presupuesto, comunica que con Resolución Municipal Nº 162-2006-MDVA/N del 27 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2007, incluyendo una asignación para la ampliación de vida útil de vehículos dentro de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinativos por S/. 200,000.00 y bajo la Estructura de Gastos 6 Gastos de Capital, 5 Inversiones, 11 Aplicaciones Directas, 50 Servicios de Terceros-Obras por contrato (Título Oneroso) o convenio (Título Gratuito); Que, asimismo el Informe señalado en el párrafo precedente indica que en sesión extraordinaria de Concejo Nº 24 de fecha 13 de julio del 2007 acuerda modi fi car la ampliación de vida útil, por la adquisición de una camioneta valorizada en S/. 86,814.00 la misma que se efectuará a través del Proyecto “Adquisición de una Camioneta 4x4 Doble Cabina, para el área de Obras de la Municipalidad Distrital de Vista Alegre” por un valor de S/. 105,441.00. Por lo que concluye que la Municipalidad Distrital de Vista Alegre provincia de Nasca cuenta con la disponibilidad presupuestal por S/. 86,814.00 y que los trámites de modi fi cación presupuestal se realizarán una vez publicada la Resolución Suprema de Exoneración; Que, el literal c), del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certi fi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario su fi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar de los alcance señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, a la Municipalidad Distrital de Vista Alegre provincia de Nasca; con la fi nalidad que le permita adquirir Una (1) Camioneta 4x4 Doble Cabina, destinada a supervisar las obras de la Municipalidad Distrital de Vista Alegre provincia de Nasca. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 107147-11Designan miembro del Consejo Directivo del OSIPTEL RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 165-2007-PCM Lima, 11 de setiembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se han dictado lineamientos y normas de aplicación general a todos los Organismos Reguladores; Que, de acuerdo con el artículo 6º de la Ley Nº 27332, el Consejo Directivo de cada Organismo Regulador está conformado, entre otros, por un miembro a propuesta del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, siendo que su designación se realiza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el ministro del sector al que pertenece la actividad económica regulada; Que, asimismo el numeral 6.6 del citado artículo incorporado por la Ley Nº 28337 dispone que son causales de vacancia del cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, entre otros, la renuncia aceptada, por lo que el Sector al que corresponda designará un reemplazante para completar el período correspondiente; Que, mediante Resolución Suprema Nº 007-2004-PCM se designó al doctor César Fuente Cruz como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, a propuesta del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en consecuencia, es necesario aceptar la renuncia formulada y designar al funcionario que desempeñará dicho cargo a propuesta del INDECOPI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27332 y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor CÉSAR FUENTES CRUZ al cargo de miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señorita MARTHA CAROLINA LINARES BARRANTES como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, a propuesta del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 107147-12