NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2007 353084 3.7. Convenio Financiero: acuerdo que le permite al Gobierno Local recibir recursos de los Componentes del PTRD. Servirá de sustento a la Resolución Ministerial del MTC que autoriza la transferencia fi nanciera de los recursos correspondientes al (a los) Componente (s), previstos en el PAT 2007. 3.8.Validación: acción mediante la cual la Secretaría de Descentralización veri fi ca el cumplimiento de los mecanismos de veri fi cación, sobre la base de la documentación presentada por los gobiernos locales. 4. ALCANCESLas disposiciones contenidas en la presente Norma Especí fi ca son de aplicación a los Titulares de Pliego, Funcionarios y Servidores Públicos, y Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, que laboran en las Entidades del Gobierno Nacional y en los Gobiernos Locales, que se encuentren vinculados con la entrega y recepción de los Fondos, Proyectos y Programas y las Funciones Sectoriales incluidas en el Plan Anual de Transferencias 2007. 5. DISPOSICIONES GENERALES5.1. Le alcanza responsabilidad funcional y administrativa, según las atribuciones y funciones que les han sido asignadas conforme a las disposiciones legales pertinentes, a los Titulares de Pliego, Funcionarios y Servidores Públicos, y/o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, que laboran en las Entidades del Gobierno Nacional, y en los Gobiernos Locales, en los casos de incumplimiento, según el caso, de la suscripción de Actas, Informes, y Convenios, en la elaboración total o parcial de los Expedientes en que se sustenta la transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas, así como en la negativa a la entrega o recepción de los mismos. 5.2. Los Titulares de Pliego, Funcionarios y Servidores Públicos, y/o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, que laboran en las Entidades del Gobierno Nacional que por efecto de la transferencia se extingan y/o desactiven, formularán al término de sus actividades la correspondiente entrega de cargo y la respectiva Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, conforme a ley. 5.3. Corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y previa opinión favorable de la Secretaría de Descentralización sobre la validación de los Gobiernos Locales Provinciales, disponer mediante Resolución Ministerial la transferencia fi nanciera de los recursos correspondientes a los Componentes del Programa de Transporte Rural Descentralizado (PTRD) previstos en el Plan Anual de Transferencia del 2007, mediante Convenio Financiero, referido a la ejecución de los Componentes respectivos del PTRD, según sea el caso. 5.4. Corresponde a la Contraloría General de la República ejercer el control gubernamental respecto de la veracidad de la información sustentatoria de las transferencias fi nancieras que realice el Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, para lo cual, pondrá en conocimiento de dichos Gobiernos Locales Provinciales los resultados de la labor de control que realice con arreglo a sus competencias, correspondiendo al Gobierno Nacional la responsabilidad de la información sustentatoria de las citadas transferencias. 6. MECANISMOS DE VERIFICACIÓN 6.1 Los Gobiernos Locales Provinciales (GLP) comprendidos en la transferencia de los componentes del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVÍAS DESCENTRALIZADO del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC, que no hayan sido validados para la transferencia de la Gestión Vial en los años 2003, 2004, 2005 y 2006, deberán de cumplir con presentar los siguientes Mecanismos de Veri fi cación: a. La Ordenanza Municipal que crea el Instituto Vial Provincial (IVP) y aprueba su correspondiente Estatuto y el Acta de Instalación del Comité Directivo del IVP.b. Resolución del GL aprobando el Plan Vial Provincial Participativo (PVPP) o Acta del Comité Directivo del IVP (Alcalde Provincial y Alcaldes Distritales), indicando que se encuentra en proceso de elaboración, según sea el caso. c. Resolución de Alcaldía designando al Gerente General y Jefe de Operaciones, asegurando la participación de los mismos durante el proceso de ejecución de los Componentes de la transferencia de recursos, y dotación del equipo mínimo de O fi cina para su normal funcionamiento. 6.2 Con relación a los GL – IVP que están participando del proceso de Transferencia 2007 y que ya han sido Validados en años anteriores para recibir componentes del MTC – PROVÍAS DESCENTRALIZADO, no requerirán presentar nuevamente los Mecanismos de Veri fi cación. 7. PROCEDIMIENTOS PARA LA TRANSFERENCIA7.1. La Transferencia de los Componentes del Programa de Transporte Rural Descentralizado (PTRD) del PROVÍAS DESCENTRALIZADO, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se realizará de conformidad con las disposiciones de la presente Norma Especí fi ca. 7.2. La transferencia de recursos de inversión, ejecutada como transferencia fi nanciera, que el PROVÍAS DESCENTRALIZADO efectúe a favor de los GLP, están referidos a los Componentes del PTRD, de elaboración de estudios –de rehabilitación de caminos vecinales y de mejoramiento de caminos de herradura, y la ejecución de obras de mantenimiento periódico, de aquellos caminos vecinales cuya rehabilitación ha cumplido su período de vida útil; dichos componentes están comprendidos en los Planes Viales Provinciales Participativos (PVPP) que implementan los IVP respectivos. Los recursos de inversión se detallan en los Convenios Financieros suscritos por el PROVÍAS DESCENTRALIZADO con cada GLP, sobre la base de los componentes del PTRD asignados a la provincia respectiva. 7.3. La transferencia fi nanciera de recursos es autorizada mediante Resolución Ministerial del Titular del Pliego del MTC, de conformidad a lo dispuesto por la primera Disposición Final de la Ley Nº 28979 que autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y en el marco del literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927 de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, además la Resolución Ministerial se sustenta en el Convenio Financiero suscrito entre el GLP y el PROVÍAS DESCENTRALIZADO. 7.4 Los GLP participantes en el PAT 2007, durante el proceso de preparación de la ejecución de la transferencia fi nanciera de recursos, deberán suscribir con el PROVÍAS DESCENTRALIZADO, los siguientes documentos: i) Convenio de Cooperación que asegure que durante el año 2007 los GLP – IVP recibirán los instrumentos, capacitación y asistencia técnica, que les permita realizar la gestión del (de los) Componente (s) cuyos recursos recibirán en transferencia del PROVÍAS DESCENTRALIZADO. ii) Convenio de Gestión que determine los indicadores de gestión que serán utilizados para medir el desempeño de los GLP – IVP en la ejecución del (de los) Componente (s) cuyos recursos serán recibidos en transferencia, por parte del PROVÍAS DESCENTRALIZADO. iii) Convenio Marco de Adhesión, sobre el compromiso de participar en el Programa de Transporte Rural Descentralizado (PTRD). iv) Convenio Financiero que le permita al GLP recibir recursos para la ejecución de los Componentes del PTRD previstos en el Plan Anual de Transferencia (PAT) del 2007. El Convenio Financiero sustentará la Resolución Ministerial del MTC que autoriza la Transferencia Financiera de los recursos correspondientes al (a los) Componente (s), previstos en el PAT 2007. 7.5 La transferencia fi nanciera de recursos de los Componentes del PTRD se organiza a través de un Expediente de Transferencia que contendrá los Convenios indicados en el punto anterior, la Resolución Ministerial del MTC que autoriza la transferencia fi nanciera de los recursos y, en el caso de los GLP – IVP nuevos, los documentos probatorios del cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación. El Expediente de Transferencia será remitido por el PROVÍAS DESCENTRALIZADO a los GLP