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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2007 353093 públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Chile, del Personal Militar FAP que participará en la XVII Conferencia Bilateral de Inteligencia entre las Fuerzas Aéreas de Chile y Perú, a realizarse en la ciudad de Santiago, del 24 al 29 de setiembre de 2007: Jefe de la DelegaciónMayor General FAP ANGULO MONTOYA Luis AlbertoDelegado/Expositor Comandante FAP MENDIOLA LOMPARTE Gregorio César Capitán FAP CAMPOS FLORES Christian Eduardo Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 577,15 x 3 personas Viáticos: US$ 200.00 x 6 días x 3 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 3 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 107147-18 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática orientada a continuar con las actividades de los Censos Nacionales 2007 DECRETO SUPREMO Nº 140-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, es prioridad de la política social del Estado, reducir los niveles de pobreza a través de los programas sociales, para lo cual es necesario disponer de estadísticas confi ables, oportunas y al menor nivel de desagregación geográ fi ca; Que, los Censos Nacionales de Población y Vivienda constituyen la fuente más importante para focalizar a nivel de centros poblados a la población más vulnerable y en estado de pobreza extrema al captar información demográ fi ca, económica y social de los habitantes, así como información relativa a las viviendas, sus características estructurales, servicios que dispone, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 093-2006-PCM se declaró de prioridad nacional la ejecución de los Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007; el cual posibilitará al país disponer de estadísticas preliminares en el 2007 y de fi nitivas en el primer trimestre del 2008 a nivel de centros poblados y áreas menores lo que permitirá ubicar y caracterizar a la población de menores recursos y por tanto focalizar el gasto social, haciendo más e fi caz y e fi ciente la asignación de los recursos del Estado; Que en aplicación de lo antes señalado y a fi n de continuar con las actividades de los Censos Nacionales 2007: XI de Población y VI de Vivienda, el Instituto Nacional de Estadística e Informática a través del O fi cio Nº 417-2007-INEI/J ha solicitado la transferencia de partidas por la suma de NUEVE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 000 000,00), que será destinada a las acciones de empadronamiento, así como para la primera fase del procesamiento de las cédulas censales y para la difusión censal; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con saldos que permiten dar cobertura al requerimiento efectuado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de NUEVE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 000 000,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de NUEVE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 000 000,00), la cual será destinada a continuar con las actividades de los Censos Nacionales 2007 : XI de Población y VI de Vivienda, de acuerdo al detalle siguiente: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 9 000 000,00 ------------------ TOTAL 9 000 000,00 ========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática