Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2007 (12/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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se considera la necesidad de acondicionar la MORDAZA en mencion con la propuesta del Plan Integral segun las necesidades, habiendo preparado la propuesta con la coordinacion de los representantes involucrados. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector y a pedido de los propietarios con frente al area de intervencion, ha realizado la inspeccion ocular al area de terreno que comprende el presente planeamiento integral, asi como la revision de los antecedentes y documentacion presentada por los interesados. Que mediante la aprobacion del PLANEAMIENTO INTEGRAL ­ PASAJE MORDAZA MORDAZA UGARTECHE, en el tramo comprendido entre la Av. MORDAZA MORDAZA y Pasaje MORDAZA Duenas de la Urb. Fundo MORDAZA, en relacion al trazado y definicion de los componentes de la via de conformidad con las normas del diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas - R.M. Nº 705-79-VC-5500 del 0312-79 y el Reglamentos de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II), permitira el acceso a los lotes de vivienda ubicadas en la Mzna. Y-2 y Z-2 con frente a la via en recurso, para lo cual se ha tenido en cuenta los antecedentes en relacion a lo fisicamente existente constatado en MORDAZA y necesidad de acceso vehicular manifestado por sus propietarios. Asimismo permitira la ejecucion de obras de pavimentacion respectiva. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores asistentes a la sesion de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LA SECCION Y MODULOS VIALES DEL PASAJE MORDAZA MORDAZA UGARTECHE, EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE LA AV. MORDAZA MORDAZA Y PASAJE MORDAZA MORDAZA DE LA URB. FUNDO MORDAZA Articulo 1°.- APROBAR el Planeamiento Integral que comprende la definicion de la seccion y modulos viales del Pasaje MORDAZA MORDAZA Ugarteche en el tramo comprendido entre la Av. MORDAZA MORDAZA y Pasaje MORDAZA Duenas de la Urb. Fundo MORDAZA, conforme al plano signado N° 003-2007-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2°.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas y veredas, correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Participacion Vecinal se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Articulo 4°.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, y la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Desarrollo Economico para su conocimiento y fines. Articulo 5°.- ESTABLECER que el presente planeamiento integral tendra una vigencia de 10 anos,

tomando en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendra caracter obligatorio, debiendo inscribirse en los Registros Publicos. Articulo 6°.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 106378-2

Modifican la Ordenanza Nº 156/MDA, que dispone el otorgamiento de plazo para la regularizacion de habilitaciones urbanas ejecutadas en el distrito y el beneficio de su exoneracion de multas y sanciones
ORDENANZA N° 162-MDA Ate, 28 de agosto de 2007 POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de agosto del 2007, visto el Dictamen N° 011-MDA-CDU-2007 de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194° (modificado por la Ley N° 27680), establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone en su Titulo Preliminar, Art. IV, que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico con los incisos 3.2 y 3.5 del numeral 3 y ultimo parrafo del Art.79º del referido Cuerpo Legal. Que, mediante Ordenanza Nº 156/MDA, publicada con fecha 8 de agosto del 2007, en el diario Oficial "El Peruano", se Dispuso el otorgamiento de un plazo de 120 dias habiles para la Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas en el Distrito de Ate y el Beneficio de su Exoneracion de Multas y Sanciones, estableciendose en su Articulo Primero que el plazo senalado sera computado a partir de la publicacion de la presente Norma. Que, en el Titulo y el Articulo Primero del referido MORDAZA Normativo el plazo senalado se encuentra expresado en dias habiles, excluyendose del computo aquellos no laborables y feriados no laborables de orden nacional . Que, el Art. 139º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece en su Numeral 139.1, y 139.2, que para el cumplimiento de actos procedimentales internos a cargo de la Entidad, la MORDAZA podra establecer su computo en dias calendarios o que el termino expira con la conclusion del ultimo dia, aun cuando fuera inhabil, circunstancia que debera ser advertida expresamente. Que, en efecto el plazo establecido de 120 dias, al ser computado en dias habiles se extiende a un plazo superior, no previsto y cuya finalidad no corresponde a la Naturaleza y el MORDAZA de la MORDAZA, en virtud de lo cual debera ser modificado dicho plazo expresando el mismo en dias calendarios, para el cumplimiento del objetivo trazado, que es la Regularizacion de aquellas Habilitaciones Urbanas que hayan sido ejecutadas en el Distrito de Ate. Que, el Art. 9º, numeral 8), de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece que es competencia

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