NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 58
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2007 353132 Crean el Registro de Víctimas de la Región Junín ORDENANZA REGIONAL N° 065-2007-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL JUNÍN, POR CUANTO:El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 13 días del mes de agosto del año 2007, en la Sala Parroquial Franciscana de la Provincia de Satipo, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO:Que, la Comisión Permanente de Desarrollo Social, mediante Dictamen Nº 001-2007-GRJ/CPDS, de fecha 9 de agosto de 2007, presentó ante el Pleno del Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional que “Crea el Registro de Víctimas de la Región Junín para la Implementación del Registro Único de Víctimas, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28592, Ley que Crea El Plan Integral de Reparaciones”; Que, el Gobierno Regional Junín, es un organismo descentralizado de derecho público, con personería jurídica y autonomía política, administrativa y económica, que tiene por fi nalidad promover y fomentar el desarrollo social, económico y ambiental de su jurisdicción a través de planes, programas y proyectos, promoviendo la inversión pública y privada orientada a generar condiciones para el desarrollo y bienestar, revalorando sus patrones culturales, impulsando las obras de infraestructura básica, conservando los recursos naturales, garantizando los derechos humanos y la igualdad de oportunidades; Que, el Consejo de Reparaciones, creado por Ley Nº 28592, Ley que Crea el Plan Integral de Reparaciones, es el organismo técnico colegiado dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, responsable de la elaboración del Registro Único de Víctimas, de conformidad con lo establecido en el Art. 9º y la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la mencionada Ley; Que, el Registro Único de Víctimas, tiene por fi nalidad identi fi car a las víctimas de la violencia ocurrida en el Perú durante el periodo de mayo de 1980 a noviembre de 2000, para que puedan recibir los bene fi cios del Plan Integral de Reparaciones – PIR, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe Final de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación; Que, el Gobierno Regional Junín, con fecha 28 de junio de 2007, suscribió el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con la Presidencia del Consejo de Ministros a través del Consejo de Reparaciones, que tiene como fi nalidad el proceso Nacional de elaboración de “El Registro Único de Víctimas”, por lo cual el Gobierno Regional Junín debe contribuir al proceso de identi fi cación y certi fi cación de las víctimas individuales y grupos humanos afectados por la violencia, a fi n de que el Estado pueda cumplir con su deber de brindarles reparación por los daños sufridos como consecuencia de ésta; Que, es necesaria la Creación de un Registro de Víctimas de la Región Junín, para la recepción y recojo de información, reveri fi cación y certi fi cación de las víctimas bene fi ciarias, a fi n de apoyar en la implementación del Registro Único de Víctimas; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 vigente, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL REGISTRO DE VÍCTIMAS DE LA REGIÓN JUNÍN” Artículo Primero.- CRÉASE “El Registro de Víctimas de la Región Junín” para la Implementación del Registro Único de Víctimas, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28592, Ley que Crea el Plan Integral de Reparaciones. Artículo Segundo.- El Gobierno Regional destinará los fondos necesarios para la implementación de la presente norma Regional. Artículo Tercero.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social coordinará con el Consejo de Reparaciones el diseño y la implementación de la presente norma Regional de conformidad con el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional acotado. Artículo Cuarto.- DERÓGUENSE todas las normas que se opongan a la presente norma Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en el Sala Parroquial Franciscana de la provincia de Satipo, a los 13 días del mes de agosto del año 2007. MOISÉS ROLAND VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Delegado POR TANTO:Mando regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 21 días del mes agosto del año 2007. VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO Presidente 106118-1 Aprueban Políticas Regionales de Protección de Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud de la Región Junín ORDENANZA REGIONAL N° 066-2007-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO:El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 13 días del mes de agosto del año 2007, en la Sala Parroquial Franciscana de la Provincia de Satipo, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Comisión Permanente de Desarrollo Social, mediante Dictamen Nº 004-2007-GRJ/CPDS, ha presentado ante el Pleno del Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional que “Aprueba las Políticas Regionales de Protección de Derechos de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud de la Región Junín”; Que, la fi nalidad de la presente Ordenanza Regional es proteger los derechos de los usuarios y garantizar la calidad de los servicios de salud de la Región Junín, propiciando el desarrollo de acciones para la promoción de los derechos, la prevención de las vulneraciones y el acceso a mecanismos de justicia, teniendo como objetivo organizar un Sistema Regional de protección de los Derechos de los usuarios de los servicios de salud bajo los principios de equidad, justicia, neutralidad, participación para el ejercicio pleno de los derechos en el sistema prestacional de atención de la salud en el ámbito de la Región Junín; Que, en el marco Legislativo Internacional contenido en la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos,