NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 46
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2007 353120 procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 101204-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen el traslado de magistradas a juzgados especializados de los Distritos Judiciales de La Libertad e Ica RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 178-2007-CE-PJ Lima, 7 de agosto del 2007VISTO:El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado presentada por la magistrada Ofelia Namoc López, Juez Titular del Primer Juzgado Especializado de Familia de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la solicitud de traslado presentada por la magistrada recurrente a una plaza de igual jerarquía en la especialidad penal del citado Distrito Judicial, se sustenta en que se ha especializado en dicha materia tanto en el ejercicio de la función jurisdiccional como por sus estudios de post grado; Que, la magistrada Ofelia Namoc López para acreditar su petición re fi ere que tiene más de 11 años de experiencia en la especialidad de Derecho Penal, habiéndose desempeñado como Fiscal Provincial Penal y Fiscal Adjunto en lo Penal durante 4 años y como Vocal Provisional en las Salas Penales de la Corte Superior de Justicia de La Libertad por el período de 7 años, como aparece de las documentales que obran de fojas 19 a 23 y de 35 a 39; asimismo, mani fi esta que ha realizado estudios de Post Grado en Derecho Penal y Ciencias Criminológicas en la Universidad Nacional de Trujillo, conforme consta de fojas 114, y ha seguido cursos en la misma especialidad; Que, sobre el particular, el artículo 9° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial podrá apreciar peticiones fundadas en situaciones extraordinarias no previstas; en consecuencia, al encontrarse vacante la plaza de Juez del Primer Juzgado Especializado Penal de Trujillo, como se desprende del O fi cio N° 1880-2007-P- CSJLL/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad de fojas 132, y valorando los argumentos expuestos por la nombrada magistrada, resulta procedente la petición formulada; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por artículo 82°, inciso 12, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe emitido por el señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado presentada por la magistrada Ofelia Namoc López, Juez Titular del Primer Juzgado de Familia de Trujillo del Distrito Judicial de La Libertad; en consecuencia, se dispone su traslado al Primer Juzgado Especializado Penal de Trujillo de dicha sede judicial. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de La Libertad, Gerencia General del Poder Judicial y a la interesada, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 107046-1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 189-2007-CE-PJ Lima, 9 de agosto del 2007 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado presentada por la magistrada Miriam Victoria Calmet Caynero, Juez Titular del Juzgado Especializado en lo Laboral de Coronel Portillo, Distrito Judicial de Ucayali; y, CONSIDERANDO: Que, la solicitud de traslado presentada por la magistrada recurrente, a una plaza de igual jerarquía y especialidad del Distrito Judicial de Ica; se fundamenta en razones de salud, por presentar dolores en la columna que se han venido incrementado constantemente; por ello el día 26 de octubre del 2006 acudió al Hospital Regional de Pucallpa; Que, del Informe Médico del Hospital Regional de Pucallpa de fojas 7, aparece que la magistrada Miriam Victoria Calmet Caynero fue atendida en el Consultorio Externo de Medicina la mencionada fecha, presentando dolor lumbar agudo con irradiación a la espalda ambos miembros inferiores, que no cede a los analgésicos ni antiin fl amatorios orales suministrados; diagnosticándosele Lumbalgia Aguda Severa y recomendándose tratamiento y exámenes especializados en la ciudad de Lima como Resonancia Magnética y otros, así como evitar climas húmedos y/o temperaturas elevadas para que no se presenten complicaciones en el estado de su salud; Que, la nombrada magistrada también re fi ere que al encontrarse de vacaciones en la ciudad de Ica, lugar donde residen su señora madre y hermanas, concurrió a la Red Asistencial de ESSALUD - Ica; Que, del Informe Médico de fojas 11, se desprende que la paciente Miriam Victoria Calmet Caynero fue atendida el 7 de febrero del año en curso, en el Servicio