Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2007 (12/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES
VISTO:

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y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA Wong Kit Ching, Intendente del Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "A" y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente del Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la MORDAZA de Melbourne, Australia del 13 al 22 de setiembre de 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de su reincorporacion debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos, alojamiento y almuerzos seran financiados por el Australian APEC Study Centre, en tanto que los gastos por concepto de viaticos complementarios y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBSDIR-ADM-031-06, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos complementarios Tarifa CORPAC US$ 576,00 60,50

El Informe Legal Nº 000040-2007-GL, elaborado por la Gerencia Legal del OSINERGMIN; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5 de la "Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica", aprobada mediante la Resolucion OSINERG N° 329-2004-OS/CD, las empresas distribuidoras remitiran anualmente al OSINERGMIN las altas y bajas de sus instalaciones al 30 de junio de cada ano, teniendo como fecha limite el 30 de setiembre del mismo ano; Que, de acuerdo a lo senalado en el parrafo anterior, las empresas deben presentar el 30/09/2007 sus altas y bajas realizadas durante el periodo 01 MORDAZA 2006 ­ 30 junio 2007; Que, a la fecha la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria se encuentra verificando la informacion de altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2004 ­ 30 junio 2006, presentada por las empresas, con la finalidad de contar con informacion satisfactoria que permita determinar las altas y bajas respectivas, por lo que se encuentra en MORDAZA la aprobacion las altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2004 ­ 30 junio 2006, que establecera una base de datos de informacion tecnica; Que, previamente a la MORDAZA de la informacion de las altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2006 ­ 30 junio 2007 por parte de las empresas, se requiere aprobar las altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2004 ­ 30 junio 2006, con el fin de que dicha MORDAZA MORDAZA en cuenta la base de datos de informacion tecnica que aprobara el OSINERGMIN, por lo que es conveniente su postergacion; Que, asimismo, es necesario considerar que la elaboracion de la informacion de las altas y bajas por parte de las empresas, requiere de un trabajo significativo que comprende el analisis y desarrollo de sistemas informaticos para la recopilacion, carga y verificacion de la informacion, por lo cual resulta razonable dar un plazo de seis meses para la postergacion a que se refiere el parrafo anterior; Que, de acuerdo al MORDAZA de eficiencia y efectividad previsto por el articulo 14° del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por D.S. N° 054-2001-PCM, la actuacion del OSINERGMIN se guiara por la busqueda de eficiencia en la asignacion de recursos y el logro de los objetivos al menor costo para la sociedad en su conjunto. En tal sentido de acuerdo a las razones expuestas que sugieren la postergacion, la informacion que le sera de mayor utilidad al OSINERGMIN cuando deba procesarla, sera la que se entregue con posterioridad a la aprobacion de las altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2004 ­ 30 junio 2006, lo cual determina que de acuerdo al referido MORDAZA de eficiencia y efectividad, sea procedente efectuar la mencionada postergacion; Que, considerando lo senalado en los parrafos precedentes, resulta conveniente postergar la MORDAZA de la informacion de altas y bajas de las instalaciones de distribucion electrica del periodo 01 MORDAZA 2006 ­ 30 junio 2007, establecida para el 30/09/2007; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 00993-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- La fecha limite para la MORDAZA de la informacion de las altas y bajas de las instalaciones de distribucion electrica por parte de las empresas distribuidoras, correspondiente al periodo 01 MORDAZA 2006 ­ 30 junio 2007, a que se refiere el numeral 5 de la Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica, aprobada mediante la Resolucion OSINERG N° 329-2004-OS/CD, sera el 31 de marzo de 2008.

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 106167-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Establecen fecha limite para la MORDAZA de la informacion de altas y bajas de instalaciones de distribucion electrica por parte de empresas distribuidoras a que se refiere el numeral 5 de la Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 555-2007-OS/CD MORDAZA, 11 de setiembre de 2007

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