Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2007 (12/09/2007)
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TEXTO DE LA PÁGINA 51
El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2007
NORMAS LEGALES
VISTO:
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y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA Wong Kit Ching, Intendente del Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "A" y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente del Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, a la MORDAZA de Melbourne, Australia del 13 al 22 de setiembre de 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de su reincorporacion debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos, alojamiento y almuerzos seran financiados por el Australian APEC Study Centre, en tanto que los gastos por concepto de viaticos complementarios y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBSDIR-ADM-031-06, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos complementarios Tarifa CORPAC US$ 576,00 60,50
El Informe Legal Nº 000040-2007-GL, elaborado por la Gerencia Legal del OSINERGMIN; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5 de la "Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica", aprobada mediante la Resolucion OSINERG N° 329-2004-OS/CD, las empresas distribuidoras remitiran anualmente al OSINERGMIN las altas y bajas de sus instalaciones al 30 de junio de cada ano, teniendo como fecha limite el 30 de setiembre del mismo ano; Que, de acuerdo a lo senalado en el parrafo anterior, las empresas deben presentar el 30/09/2007 sus altas y bajas realizadas durante el periodo 01 MORDAZA 2006 30 junio 2007; Que, a la fecha la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria se encuentra verificando la informacion de altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2004 30 junio 2006, presentada por las empresas, con la finalidad de contar con informacion satisfactoria que permita determinar las altas y bajas respectivas, por lo que se encuentra en MORDAZA la aprobacion las altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2004 30 junio 2006, que establecera una base de datos de informacion tecnica; Que, previamente a la MORDAZA de la informacion de las altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2006 30 junio 2007 por parte de las empresas, se requiere aprobar las altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2004 30 junio 2006, con el fin de que dicha MORDAZA MORDAZA en cuenta la base de datos de informacion tecnica que aprobara el OSINERGMIN, por lo que es conveniente su postergacion; Que, asimismo, es necesario considerar que la elaboracion de la informacion de las altas y bajas por parte de las empresas, requiere de un trabajo significativo que comprende el analisis y desarrollo de sistemas informaticos para la recopilacion, carga y verificacion de la informacion, por lo cual resulta razonable dar un plazo de seis meses para la postergacion a que se refiere el parrafo anterior; Que, de acuerdo al MORDAZA de eficiencia y efectividad previsto por el articulo 14° del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por D.S. N° 054-2001-PCM, la actuacion del OSINERGMIN se guiara por la busqueda de eficiencia en la asignacion de recursos y el logro de los objetivos al menor costo para la sociedad en su conjunto. En tal sentido de acuerdo a las razones expuestas que sugieren la postergacion, la informacion que le sera de mayor utilidad al OSINERGMIN cuando deba procesarla, sera la que se entregue con posterioridad a la aprobacion de las altas y bajas del periodo 01 MORDAZA 2004 30 junio 2006, lo cual determina que de acuerdo al referido MORDAZA de eficiencia y efectividad, sea procedente efectuar la mencionada postergacion; Que, considerando lo senalado en los parrafos precedentes, resulta conveniente postergar la MORDAZA de la informacion de altas y bajas de las instalaciones de distribucion electrica del periodo 01 MORDAZA 2006 30 junio 2007, establecida para el 30/09/2007; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 00993-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- La fecha limite para la MORDAZA de la informacion de las altas y bajas de las instalaciones de distribucion electrica por parte de las empresas distribuidoras, correspondiente al periodo 01 MORDAZA 2006 30 junio 2007, a que se refiere el numeral 5 de la Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica, aprobada mediante la Resolucion OSINERG N° 329-2004-OS/CD, sera el 31 de marzo de 2008.
Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 106167-1
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Establecen fecha limite para la MORDAZA de la informacion de altas y bajas de instalaciones de distribucion electrica por parte de empresas distribuidoras a que se refiere el numeral 5 de la Guia de Elaboracion del Valor MORDAZA de Reemplazo (VNR) de las Instalaciones de Distribucion Electrica
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 555-2007-OS/CD MORDAZA, 11 de setiembre de 2007