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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2007 353130 Regional Nº 031-2007-GRA/CR, se aprobó la relación de proyectos viales a ser ejecutados en el marco de los Decretos de Urgencia Nº 014 y 015-2007. Que, en ese sentido, atendiendo a que los proyectos priorizados por el Consejo Regional se someterán al procedimiento de selección abreviado establecido en el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, mediante O fi cios Nº 605 y 606-2007-REGIÓN ANCASH.GRI, el Gerente Regional de Infraestructura, solicita se emita la Resolución de aprobación de la relación de proyectos que se ejecutarán en mérito al Decreto de Urgencia Nº 014, 015-2007, de conformidad con lo previsto en el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006, la misma que deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. En atención a la competencia establecida en el artículo 26º de la Ley Nº 27867 y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la relación de proyectos priorizados por el Consejo Regional, a través de Acuerdo de Consejo Regional Nº 031-2007-GRA/CR, los mismos que se encuentran a nivel de per fi l, para su ejecución de conformidad con lo previsto en los Decretos de Urgencia Nº 014 y 015-2007 y que a continuación se detallan: • Mejoramiento de la Capacidad Operativa de los Servicios de Salud del Centro de Salud de Llamellín, Microrred Llamellín, Red Huari, DIRESA ANCASH. • Mejoramiento de la Carretera Motocache Jimbe• Mejoramiento y Reconstrucción de la Infraestructura de la Institución Educativa Nº 86049 C.N. José Carlos Mariátegui – Paltay. • Mejoramiento del Canal de Riego de la Localidad de Raquia, Distrito de Antonio Raymondi, Provincia de Bolognesi, Región ANCASH. Artículo Segundo.- DISPONER que el Secretario de Consejo Regional, remita copia del Acuerdo de Consejo Regional Nº 031-2007-GRA/CR y su anexo, a los diversos sectores involucrados para conocimiento y registro correspondiente, tal como lo prevé la parte fi nal del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 014-2007 modi fi cado por Decreto de Urgencia Nº 015-2007. Artículo Tercero.- DISPONER que dentro del tercer día hábil de emitida la presente resolución, Secretaría General del Gobierno Regional de Ancash, cumpla con publicarla en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Regístrese, comuníquese y archívese.RICHARD CABANA CHAUCA Gerente General Regional 106596-1 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Exoneran de proceso de selección la adquisición de fertilizantes químicos para afrontar consecuencias generadas por las bajas temperaturas, heladas y el friaje ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 068-2007-GRA/CR Ayacucho, 4 de setiembre del 2007POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 4 de setiembre del 2007, trató el tema relacionado Exoneración del Proceso de Selección para la Adquisición de Fertilizantes Químicos por Emergencia Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe Nº 003-GRA-DRAA/OPP- ROPE de fecha 8 de agosto 2007, el responsable de Operación de Emergencia Agraria emite el Informe Técnico para la Adquisición de Fertilizantes Químicos: Urea Agrícola, Fosfato Di-Amónico y Cloruro de Potación, en cumplimiento a la reunión del Consejo de Coordinación Regional del Sector Público Agrario de Ayacucho de fecha 7-8-07; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 018-2007, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de junio de 2007, establece disposiciones de orden presupuestal a favor del departamento de Ayacucho y otros, ampliando el plazo de declaratoria de emergencia hasta por sesenta días, que a su vez fue ampliado mediante el Decreto Supremo Nº 072-PCM, de fecha 19 de agosto de 2007, hasta por 30 días calendarios, período que debe computarse a partir del 20 de agosto de 2007; exceptuándose de las Normas de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para afrontar las bajas temperaturas, heladas y la inminencia del fenómeno conocido como friaje; asimismo, recomienda la adquisición de Fertilizantes Químicos: Urea Agrícola, Fosfato Di-Amónico y Cloruro de Potasio, de acuerdo a la Ficha Técnica aprobado por INDECI, en el marco de la EXONERACIÓN dispuesta mediante el Decreto de Urgencia Nº 018-2007; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional Agraria Ayacucho, mediante el Informe Legal Nº 051-2007-GRA/DRAA-OAJ de 8 de agosto de 2007, señala, que el informe técnico remitido por el responsable de Operación de Emergencia Agraria, Ing. Máximo Huamaní Quispe solicita el Informe Legal para la adquisición de fertilizantes Químicos: Urea Agrícola, Fosfato Di-Amónico y Cloruro de Potasio hasta por la suma de S/. 1´442,462.00 nuevo soles y concluye señalando a la luz de los documentos revisados la procedencia de la adquisición de fertilizantes dentro del marco de EXONERACION, por encontrarse la Región Ayacucho en estado de emergencia, aprobados mediante el Decreto de Urgencia Nº 018-2007, Decreto Supremo Nº 052-2007-PCM y el Decreto Supremo Nº 072-2007-PCM; Que, el Artículo 22º del Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, establece que la situación de emergencia se entiende como aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastró fi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; Que, conforme al artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prevé que las entidades deberán adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28986 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura del Acta, aprobó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- EXONERAR del Proceso de Selección, la adquisición de Fertilizantes Químicos: Urea Agrícola, Fosfato Di-Amónico y Cloruro de Potasio, conforme a la Ficha Técnica hasta por la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 Nuevos