NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (15/09/2007)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de setiembre de 2007 353369 entidades públicas deberán adecuar sus TUPA’s a lo dispuesto en la mencionada Sentencia, suprimiendo las tasas o derechos de tramitación que se exijan para la interposición de los recursos administrativos en los procedimientos administrativos, incluyendo aquellos derivados de los procesos de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 035-2006- PCM se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, estableciendo en su Procedimiento Nº 7 “Recurso de Apelación en Procedimientos de Contrataciones y Adquisiciones”, el pago de una tasa equivalente a 0.069 UIT; Que, mediante la Ley Nº 28911 se modi fi có el artículo 54º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, disponiendo que las discrepancias que surjan entre la Entidad y los postores de un proceso de selección, solamente podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación, el cual será conocido y resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en el artículo 3º de la Ley Nº 28911 se estableció que ésta entraría en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del decreto supremo que apruebe las modi fi caciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus normas modi fi catorias, en lo relativo a lo señalado por dicha Ley; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 028-2007-EF se modi fi có el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fi n de adecuarlo a las normas de la Ley Nº 28911, señalando que el recurso de apelación se presenta ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual lo resuelve; Que, mediante el Comunicado Nº 003-2007 (PRE) del CONSUCODE, se señaló que conforme a lo establecido por la Ley Nº 28911 y el Decreto Supremo Nº 028-2007-EF, publicados en el Diario O fi cial El Peruano el 3 de diciembre de 2006 y el 3 de marzo de 2007, respectivamente, el régimen de solución de controversias durante el proceso de selección ha sido variado, siendo aplicables dichas modi fi caciones a todos los procesos de selección que se convoquen a partir del 4 de marzo de 2007; Que, de acuerdo con la información remitida por SUNASS, todos los procesos de selección que fueron convocados por dicha entidad antes del 4 de marzo de 2007 han concluido, no habiendo ningún recurso impugnativo en trámite; Que, el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; Que, en ese sentido, resulta pertinente derogar el Procedimiento Nº 7 “Recurso de Apelación en Procedimientos de Contrataciones y Adquisiciones” del TUPA de SUNASS; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi cación del TUPA de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS Deróguese el Procedimiento Nº 7 “Recurso de Apelación en Procedimientos de Contrataciones y Adquisiciones” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2006-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 108001-1Constituyen Comisión Multisectorial encargada de coordinar el cierre y liquidación del proyecto “Rehabili-tación de los Servicios Generales de los Hospitales Macro Regionales Norte, Sur, Centro y Oriente” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2007-PCM Lima, 12 de setiembre de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 030-98-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau -KfW, hasta por un monto de DM 15 000 000,00 (Quince Millones y00/100 Marcos Alemanes), destinado a fi nanciar parcialmente el proyecto “Rehabilitación de los Servicios Generales de los Hospitales Macro Regionales Norte, Sur, Centro y Oriente”; Que, teniendo en cuenta que a la fecha el proceso de cierre del aludido proyecto no ha concluido y que en el Acta Final de las Negociaciones Intergubernamentales celebradas entre el Gobierno Peruano y el Gobierno de Alemania en el año 2006, se acordó conformar una Comisión Multisectorial que se encargue de efectuar el cierre del referido proyecto; Que, la citada Comisión Multisectorial estará integrado por representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Salud, la Deutsche Gesellschaft fur Technische Zusammenarbeit - GTZ y el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 21292, Ley Nº 27594 y la Directiva Nº 001-86-PCM/SCI aprobada por Resolución Ministerial Nº 0014-86-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constitución y fi nes de la Comisión Multisectorial Constituir la Comisión Multisectorial encargada de coordinar el cierre y liquidación del proyecto “Rehabilitación de los Servicios Generales de los Hospitales Macro Regionales Norte, Sur, Centro y Oriente” que deben realizar el Ministerio de Salud y la GTZ, la cual estará adscrita al Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Conformación de Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial estará integrada por: a) Dos (2) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, uno de los cuales será de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y el otro de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, quien presidirá la Comisión; b) Un (1) representante del Ministerio de Salud;c) Un (1) representante de la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit - GTZ; y, d) Un (1) representante del Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW. Artículo 3º.- Designación de representantes ante la Comisión Multisectorial Las entidades mencionadas en los literales a) y b) del artículo anterior, designarán mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector correspondiente, a sus representantes dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicación de la presente Resolución. Asimismo, las entidades mencionadas en los literales c) y d) del artículo anterior, designarán mediante O fi cio remitido al Presidente del Consejo de Ministros, a sus representantes, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicación de la presente Resolución. Artículo 4º.- Deberes de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial deberá: