Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2007 (15/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de setiembre de 2007

el Peru por COSMOS AGENCIA MARITIMA S.A.C., a realizar investigacion cientifica en aguas jurisdiccionales peruanas, consistente en recabar informacion sobre la distribucion, concentracion y caracteristicas biologicas de los recursos demersales y potenciales asociados a las condiciones del ambiente MORDAZA, en la region batial y MORDAZA arquibentonica hasta 1800 metros de profundidad; con el empleo del buque "MIGUEL OLIVER", de bandera espanola, de 744 Toneladas de Registro Neto y 2,480 Toneladas de Registro MORDAZA, a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial y por el periodo de treinta y un (31) dias calendario, en el area maritima comprendida desde el paralelo 03º 25' hasta el paralelo 07º 00' LS. Articulo 2º.- De no iniciarse las operaciones de investigacion dentro del plazo senalado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, la autorizacion caducara de pleno derecho. Articulo 3º.- El Peru se reserva cualquier mencion a un limite internacional maritimo por parte de los participantes de otros Estados en la expedicion cientifica, asi como en los documentos e informes que se pudieran generar como resultado de la investigacion. Articulo 4º.- La eficacia de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion Ministerial, queda supeditada a la obtencion del permiso de navegacion otorgado por el Ministerio de Defensa. Articulo 5º.- MORDAZA AGENCIA MARITIMA S.A.C. representante legal en el Peru de la SECRETARIA GENERAL DE PESCA MARITIMA DE ESPANA, debera cumplir con las siguientes obligaciones: a) Reservar acomodacion a bordo para un (1) cientifico de investigacion del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE. b) Presentar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y al Instituto MORDAZA del Peru el informe final sobre las operaciones de investigacion en un plazo de seis (06) meses contados a partir de la culminacion de la expedicion que se autoriza, y c) Remitir al Ministerio de la Produccion el Permiso de Navegacion otorgado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Articulo 6º.- Las operaciones de investigacion estan sujetas a lo dispuesto en el ordenamiento juridico pesquero vigente. Articulo 7º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 108796-1

Modifican R.M. Nº 618-95-PE y las RR.DD. Nºs. 272-2004-PRODUCE/ DNEPP y 129-2007-PRODUCE/DGEPP , en extremo referido a nombre de embarcacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 345-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 1 de agosto del 2007 Visto el escrito de registro Nº 00039302 de fecha 5 de junio de 2007 presentado por PESQUERA MORDAZA SAC. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 618-95-PE de fecha 6 de noviembre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, ente otros, a MORDAZA MORDAZA GUILARTE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "HUALLAGA I" de matricula CE-4021-PM, de 180 T.M. de capacidad de

bodega en la extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 117-2001PE/DNEPP de fecha 26 de junio de 2001, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 618-95-PE, en el extremo referido a la denominacion de la embarcacion pesquera "HUALLAGA I" por el de "RAQUELITA 3",aprobandose asimismo el cambio de titular de permiso de pesca para operar la citada embarcacion con matricula CE-4021-PM y con 202.22 m3 de capacidad de bodega, a favor de PESQUERA DE COMERCIALIZACION MARITIMA S.A.PESCOMAR S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 272-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 13 de octubre de 2004, se aprobo el cambio de titular de permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 618-95-PE, modificado por Resolucion Directoral Nº 117-2001-PE/DNEPP para operar la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3" con matricula CE-4021-PM en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado a favor de PESQUERA MORDAZA SAC; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 1292007-PRODUCE/DGEPP de fecha 6 de marzo de 2007, se modifica la Resolucion Ministerial Nº 618-95-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 117-2001PE//DNEPP de fecha 26 de junio de 2001 y la Resolucion Directoral Nº 272-2004-PRODUCE/DNEPP de fecha 13 de octubre de 2004, que otorgo el permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA SAC., para operar la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3" de matricula CE-4021-PM, solo en el extremo referido a la capacidad de bodega; entendiendose que la citada embarcacion cuenta con 310.71 m3 de volumen de bodega; Que a traves del escrito del visto, PESQUERA MORDAZA SAC., en su condicion de arrendataria financiera de la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3", solicita modificacion de Resolucion Autoritativa por cambio de nombre, acreditado con el correspondiente Certificado Compendioso de Dominio y el certificado de matricula vigente; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la administrada, se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Que asimismo, la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3" cuenta con permiso de pesca vigente para la extraccion de anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, encontrandose consignada en el Literal A del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE, con 310.71 m3 de capacidad de bodega a favor de PESQUERA MORDAZA SAC; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 375-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y, con la opinion favorable de la instancia correspondiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Ministerial Nº 61895-PE modificada por Resolucion Directoral Nº 117-2001PE/DNEPP de fecha 26 de junio de 2001 y la Resolucion Directoral Nº 272-2004-PRODUCE/DNEPP de fecha 13 de octubre de 2004, Resolucion Directoral Nº 129-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 6 de marzo de 2007 en el extremo referido al nombre de la embarcacion pesquera "RAQUELITA 3", cuya nueva denominacion en adelante sera "TIBURON 9" con matricula CE-4021-PM manteniendose inalterables las demas caracteristicas tecnicas de la referida embarcacion. Articulo 2º.- Excluir del Anexo I Literal A de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE, el nombre de la embarcacion "RAQUELITA 3" y en su reemplazo incorporar el MORDAZA nombre de la embarcacion pesquera "TIBURON 9" con matricula CE4021-PM, considerando la modificacion consignada en el articulo precedente.

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