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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (15/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de setiembre de 2007 353376 Que, dicha Feria es considerada una de las más importantes de España especializada en el sector de alimentos pesqueros congelados, que muestra la oferta de más de 450 expositores provenientes de 67 países, por lo que constituye una excelente oportunidad para la promoción del sector pesquero del Perú; Que, la participación de PROMPERÚ en dicho evento tiene por objetivo la diversi fi cación de mercados y la internacionalización de las empresas pesqueras, así como la difusión de la oferta actual y potencial de la oferta exportable en el sector pesca mediante diversos mecanismos de promoción comercial; Que, por tal razón, la Directora Ejecutiva (e) de PROMPERÚ solicita que se autorice el viaje de la señorita Gabriela Ysmena Millares Montezuma, profesional que presta servicios en la Gerencia del Sector Pesca y Acuicultura para que en representación de la entidad participe en la referida Feria, realizando acciones de promoción de exportaciones y coordinando cuanto se refi ere a la instalación del stand peruano; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, están exceptuados de la prohibición de realizar viajes al exterior, con cargo a recursos del Estado, los viajes que se efectúan para realizar acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807, el Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, el Decreto Supremo Nº 003-2007-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Gabriela Ysmena Millares Montezuma, profesional que presta servicios en la Gerencia del Sector Pesca y Acuicultura de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, a la ciudad de Vigo, Reino de España, del 28 de setiembre al 5 de octubre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 - Pasajes : US$ 2 416,80- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Titular de la Entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 108902-17Modifican R.S. Nº 126-2007-MINCETUR y autorizan viaje de profesional para participar en reuniones vinculadas a la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial con EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 132-2007-MINCETUR Lima, 14 de setiembre de 2007CONSIDERANDO:Que, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, se están llevando a cabo las reuniones con los representantes del Congreso americano, vinculadas a la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos de América; Que, se requiere la participación en dichas reuniones del señor Álvaro Díaz Bedregal, quien presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior; razón por la cual es necesario otorgar la autorización de viaje correspondiente; Que, al efecto, debe tenerse en cuenta que el señor Díaz Bedregal se encuentra en comisión de servicios en la ciudad de Ottawa, Canadá, participando en la II Ronda de Negociaciones para un Tratado de Libre Comercio Perú - Canadá, autorizado por Resolución Suprema Nº 126-2007-MINCETUR, del 29 de agosto de 2007; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 126-2007-MINCETUR, en la parte referida a la autorización de viaje del señor Álvaro Díaz Bedregal, autorizando adicionalmente su viaje a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 6 al 9 de setiembre de 2007, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe de las reuniones vinculadas con la aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 320,00 Viáticos (US$ 220,00 x 3 días) : US$ 660,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema Nº 126-2007-MINCETUR.