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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (25/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de setiembre de 2007 354018 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Designan Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 063-2007-COFOPRI/DE Lima, 24 setiembre de 2007 VISTO:La Resolución Suprema Nº 008-2007-VIVIENDA que aprueba el Cuadro para Asignación del Personal - CAP del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046 que crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la misma que es modi fi cada por la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley del Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos por la de Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923 precitada, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de COFOPRI, quien ejercerá la titularidad del Pliego; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 025- 2007-VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF de COFOPRI, disponiendo su vigencia, al día siguiente de la publicación; como instrumento de gestión que desarrolla la estructura orgánica de la entidad, hasta el tercer nivel organizacional; cuya Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final faculta al titular dictar las normas complementarias para dicho cometido; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 008- 2007-VIVIENDA se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de COFOPRI, en tal virtud es necesario proceder a la designación del Director para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28923, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA y con el visado de la Secretaría General y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA a partir de la fecha, la encargatura del señor JULIO RICHARD COZ VARGAS en las funciones de Director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor JUAN ANGEL CANDELA GOMEZ DE LA TORRE, en el cargo de Director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Tercero.- La remuneración que percibirá el servidor designado, será aquella que corresponde a su nivel previsto en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la Entidad. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los Órganos Estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR QUEZADA MARTÍNEZ Director EjecutivoCOFOPRI 112303-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas o suspensión impuestas a los concesionarios postales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 534-2007/SUNAT/A Callao, 24 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que el artículo 114º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, dispone que las sanciones establecidas en la citada norma podrán ser aplicadas gradualmente en la forma y condiciones que se establezcan mediante Resolución de Superintendencia. Que mediante Decreto Supremo Nº 013-2005-EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas. Que corresponde emitir la norma que permita graduar la aplicación de las sanciones de multas o suspensión impuestas a los concesionarios postales por la comisión de alguna de las infracciones establecidas en el numeral 2 del inciso b); numerales 2,3 y 5 del inciso d) del artículo 103º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas; numeral 5 del inciso a) y numerales 5, 6 y 8 del inciso b) del artículo 105º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas. En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y en mérito a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multa o suspensión impuestas a los concesionarios postales, él cual está conformado por trece (13) Artículos, dos (2) Disposiciones Transitorias y un (1) Anexo, los que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia a los noventa (90) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DE MULTA O SUSPENSIÓN IMPUESTAS A LOS CONCESIONARIOS POSTALES Artículo 1º.- De fi niciones. Para efectos del presente Reglamento se entenderá por: Infractor. Al concesionario postal que incurra en cualquiera de las infracciones señaladas en el Anexo que forma parte integrante del presente Reglamento. De conformidad con el artículo 109º de la Ley General de Aduanas, los concesionarios postales serán considerados infractores, según su participación como transportista, agente de carga internacional, almacén aduanero, despachador de aduana, dueño, consignatario o consignante. Ley General de Aduanas. Al Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF.