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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (25/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de setiembre de 2007 354012 en situación de desabastecimiento inminente el servicio de consultoría de evaluación estructural de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en la Avenida Salaverry 655, por las consideraciones que expondremos en los párrafos subsiguientes; Que, la situación de desabastecimiento inminente regulada en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, prescribe lo siguiente: “Se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda...”; Que, la situación de desabastecimiento inminente tiene su origen en una situación extraordinaria e imprevisible para la Entidad -en principio no imputable a ésta ni a sus agentes- , que va a conllevar a que ésta no pueda ejercer de forma regular sus funciones y servicios que tiene a su cargo, y a la necesidad de contar con determinados bienes, servicios u obras, que inicialmente no fueron previstos -o no fueron previstos en la cantidad su fi ciente- por la Entidad al momento de formular su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) ; Que, esta tesis se centra en la necesidad de habilitar a la Entidad, a que supere el procedimiento regular de contratación -por la demora que implica éste- , para que ésta en un plazo determinado adquiera determinados bienes, servicios y obras, para que pueda ejercer de forma regular sus actividades tanto internas como de cara al exterior - con los administrados usuarios de la Entidad o con otras instituciones públicas o privadas- . Es decir, la situación de desabastecimiento inminente postula a recomponer -a su estado regular- las actividades rutinarias de la Entidad o programadas por ésta durante un determinado Ejercicio; Que, en el caso concreto del requerimiento contenido en el O fi cio Nº 270-2007/MTPE/4/10.120, es claro que ésta se enmarca dentro de la situación de desabastecimiento inminente, atendiendo que el servicio requerido, sustentado en un hecho extraordinario e imprevisible, tiene como objetivo que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo pueda nuevamente ejercer sus actividades de forma regular; Que, adicionalmente, la Superintendencia de Bienes Nacionales ha cedido temporalmente el uso de parte del predio ubicado en la Avenida Canadá 1470 del Distrito de San Borja, dejando constancia que la presente entrega es por 12 meses - según Acta de Recepción y Entrega Provisional del 24.AGO.07- . Este lapso de tiempo, considerando la duración del estudio de estructuras - 40 días calendario según los Términos de Referencia adjunto al Informe Nº 321-2007-MTPE/4/10.105- y las acciones que, entre otras, implican las eventuales refacciones o la implementación del nuevo local institucional, de ser el caso, se condice con las acciones antes indicadas, por lo que se justi fi ca la inmediatez de requerir con el servicio de consultoría materia de esta exoneración; Que, este lapso de tiempo además de justi fi car la inmediatez de contratar con el servicio de consultoría materia de exoneración, sustenta la inminencia del desabastecimiento del local o locales institucionales donde operan las diferentes dependencias de la Entidad, de no tomarse las acciones pertinentes dentro del lapso de tiempo otorgado por la Superintendencia de Bienes Nacionales en el Acta de Recepción y Entrega Provisional del 24.AGO.07; Que, este requerimiento tiene como fi nalidad que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo pueda ejercer de forma regular sus actividades tanto internas como de cara al exterior, considerando que éstas se han visto mermadas como consecuencia del evento extraordinario e imprevisible, en este caso inhabitabilidad temporal del inmueble donde operaba la sede central producida como consecuencia del movimiento telúrico acaecido el 15.AGO.07 - según el Acta de Visita de Inspección de Defensa Civil, de fecha 16.AGO.07, elaborada por el INDECI- , y la necesidad de restablecer sus actividades de forma regular; Que, en ese orden, el O fi cio Nº 270-2007/MTPE/4/10.120 donde señala que luego de efectuarse el estudio de mercado, se ha establecido el costo del servicio de consultoría sobre la evaluación estructural de daños post sismo a la infraestructura física de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ascienden a S/. 51 000,00; la que cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal conforme al Informe Nº 364-2007-MTPE/4/9.220 y el O fi cio Nº 1055-2007-MTPE- MTPE/4/9.2, elaborados por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; Que, por las consideraciones expuestas en los considerandos precedentes corresponde autorizar la exoneración del proceso de selección correspondiente, para la contratación del servicio de consultoría para el estudio estructural de la edi fi cación de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en la Avenida Salaverry 655, por la suma de S/. 51 000,00; Con los vistos buenos de los Directores Generales de la Ofi cina de Administración, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 20º inciso a) del D.S. Nº 083-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del Año Fiscal 2007, incluyendo el proceso de adjudicación directa selectiva, para la contratación del servicio de consultoría para el estudio estructural de la edi fi cación de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en la Avenida Salaverry 655. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del proceso de selección referido en el artículo 1 º de la presente resolución, por causal de desabastecimiento inminente, para la contratación, por única vez, del servicio de consultoría para el estudio estructural de la edi fi cación de la sede central del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicada en la Avenida Salaverry 655, por el lapso de cuarenta días calendario, hasta por la suma que asciende a S/. 51 0000,00, incluyendo los tributos y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo en la ejecución de este servicio; ambos con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, Especí fi ca 33 Servicio de Consultoría. Artículo 3º.- Encargar a la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares para que efectúe las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, la que deberá ser tramitada considerando los principios contenidos en el artículo 3º del D.S. Nº 083-2004-PCM. Artículo 4º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General para que remita copia de la presente resolución, así como el informe técnico y el informe legal que la sustentan, al CONSUCODE y la Contraloría General de la República, dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Artículo 5º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General tramitar la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el SEACE, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 112487-1 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Padre Abad para la ejecución de proyectos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 486-2007-VIVIENDA Lima, 24 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del