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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (25/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de setiembre de 2007 354002 Que, se ha visto por conveniente designar a un Asesor para el Despacho Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al señor LUIS OLIVA FERNANDEZ PRADA como Asesor del Despacho Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 112490-3 ECONOMIA Y FINANZAS Ratifican Acuerdo de PROINVERSIÓN que acordó excluir del proceso de promoción de la inversión privada la ejecución de obras de infraestructura de tratamiento de agua del Proyecto “Abastecimiento de agua potable para Lima” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 080-2007-EF Lima, 22 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 122-2004-EF de fecha 8 de noviembre de 2004, se rati fi có el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de inversión privada, la entrega en concesión del proyecto “Abastecimiento de Agua Potable para Lima”; Que, mediante Resolución Suprema Nº 036-2005-EF de fecha 7 de marzo de 2005, se rati fi có el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, conforme al cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del proyecto “Abastecimiento de Agua Potable para Lima”, el mismo que fue modi fi cado por Resolución Suprema Nº 082- 2006-EF de fecha 4 de octubre de 2006; Que, de acuerdo al referido Plan de Promoción de la Inversión Privada, se establece que el proyecto “Abastecimiento de Agua Potable para Lima” estará conformado por los siguientes componentes: Obras e instalaciones de captación, regulación y trasvase de nuevas aguas a la vertiente del Pací fi co (Componente Trasvase) y Obras e instalaciones de captación, tratamiento, conducción y compensación hasta los diferentes puntos de entrega a la red de distribución a cargo de SEDAPAL (Componente Tratamiento); y que se podrán realizar dos o más concursos de proyectos integrales independientes, aplicados al Componente Trasvase o al Componente Tratamiento; Que, con fecha 11 de setiembre de 2007, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN acordó, entre otros, excluir del proceso de promoción de la inversión privada la ejecución de obras de infraestructura de tratamiento de agua del Proyecto “Abastecimiento de agua potable para Lima” a que se re fi ere la Resolución Suprema Nº 122- 2004-EF, y excluir del Plan de Promoción de la Inversión Privada la ejecución de las obras e instalaciones de captación, tratamiento, conducción y compensación hasta los diferentes puntos de entrega a la red de distribución a cargo de SEDAPAL (conos Norte y Sur) del Proyecto “Nuevo Sistema de tratamiento de agua para la ciudad de Lima” que integra el Proyecto “Abastecimiento de agua potable para Lima” a que se re fi eren las Resoluciones Supremas Nº 036-2005-EF y Nº 082-2006-EF; Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en virtud del cual se acordó, excluir del proceso de promoción de la inversión privada, la ejecución de obras de infraestructura de tratamiento de agua del Proyecto “Abastecimiento de agua potable para Lima” a que se re fi ere la Resolución Suprema Nº 122-2004-EF. Artículo 2º.- Excluir del Plan de Promoción de la Inversión Privada la ejecución de las obras e instalaciones de captación, tratamiento, conducción y compensación hasta los diferentes puntos de entrega a la red de distribución a cargo de SEDAPAL (conos Norte y Sur) del Proyecto “Nuevo Sistema de tratamiento de agua para la ciudad de Lima” que integra el Proyecto “Abastecimiento de agua potable para Lima” a que se re fi eren las Resoluciones Supremas Nº 036-2005-EF y Nº 082-2006-EF. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 112497-6 EDUCACION Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a fin de conformar la exposición “Tecnología Comparada: Más de dos mil años transformando el mundo”, a realizarse en España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 029-2007-ED Lima, 24 de setiembre de 2007 Visto, el O fi cio Nº 951-2007-INC/DN cursado por la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Expediente Nº 11613-2007/INC, el señor Jorge Wagensberg Lubinski, Director del Área de Medio Ambiente y Ciencia, Fundación “la Caixa” (España) solicitó autorización para la salida temporal del país de setecientos treinta (730) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, de propiedad del señor Ernesto Leistenschneider Hausen, a fi n que conforme la exposición denominada “Tecnología Comparada: Más de dos mil años transformando el mundo”, que se llevará a cabo del 2 de octubre de 2007 al 2 de octubre de 2008 en el Museo COSMOCAIXA de Madrid, España; Que, la Embajada de España, con Carta Nº 50 de fecha 6 de febrero de 2007, comunicó el auspicio de dicha representación diplomática para la realización de la exposición a que se re fi ere el considerando precedente; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito a la Póliza Nº 5705238 de la empresa AXA ART Versicherung, AG. Sucursal en España, con una cobertura que abarca desde el 1 de septiembre de 2007 al 30 de octubre de 2008; Que, el artículo 34º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para casos de exhibición con fi nes cientí fi cos, artísticos y culturales, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema;